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Sesver debe publicar resultados de análisis de agua del Grupo MAS

  • Alba Alemán
Un juez federal concedio un amparo que obliga a Sesver a entregar informes de inspección que demuestren la calidad de agua en Veracruz.

Xalapa, Ver.- Un tribunal federal con sede en Boca del Río otorgó un amparo que obliga a la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Veracruz a entregar información detallada y comprobable sobre las inspecciones y análisis de agua realizados en instalaciones operadas por el Grupo MAS. La resolución surge de un amparo promovido por ciudadanos preocupados por la calidad del agua en Veracruz.

Mediante un acuerdo emitido el 11 de diciembre de 2025, el juzgado señaló una omisión crítica: la autoridad estatal había notificado la calendarización de las visitas de verificación, pero falló en presentar la evidencia de los resultados obtenidos. Por ello, se fijó un plazo perentorio para que se dé cumplimiento puntual al requerimiento judicial.

La omisión del certificado de condición sanitaria

El mandato judicial abarca la revisión de cinco sistemas clave de suministro de agua potable. El juicio de amparo fue interpuesto por residentes de la zona, quienes argumentaron que los sistemas carecen del certificado de condición sanitaria del agua potable. Este documento es obligatorio para garantizar la seguridad del líquido destinado al consumo humano.

Al analizar el fondo del asunto, la justicia federal determinó conceder el amparo, considerando probada la omisión de contar con dicho certificado. Su posesión es exigida por las normas oficiales mexicanas (NOM-230-SSA1-2002 y NOM-179-SSA1-1998), que establecen los parámetros y métodos para la vigilancia y el monitoreo constante de la calidad del agua en veracruz.

Responsabilidad compartida y derechos vulnerados

Durante el desarrollo del proceso, el juzgado recibió oficios tanto de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios como de Grupo MAS y del Instituto Metropolitano del Agua, en los que se reportaron mesas de trabajo y cronogramas. Sin embargo, en la resolución se estableció que tanto la empresa concesionaria como las autoridades sanitarias del estado comparten responsabilidad frente a la queja ciudadana.

En su demanda, los promoventes sostuvieron que la falta del certificado de condición sanitaria vulnera sus derechos fundamentales a la salud y al acceso a agua potable segura para uso doméstico. Este derecho implica que la calidad del agua debe ser inobjetable y documentada.

Posibles sanciones para Grupo MAS

El juzgado recordó que el título de concesión de Grupo MAS contempla la obligación de prestar servicios continuos y conforme a estándares de calidad.

El documento judicial también advierte que el incumplimiento de dichas obligaciones puede derivar en sanciones económicas y, en casos reiterados, incluso en la cancelación de la concesión otorgada a la empresa operadora en Veracruz y Medellín.

La entrega de la información requerida es el paso inmediato para acatar el Amparo Grupo MAS.