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¿No presentaste tu declaratoria anual ante el SAT? Esto puede ocurrir

  • La Silla Rota
Si no presentaste la Declaración Anual, el SAT te podría aplicar cuando menos 5 castigos, lo cual podría ser una muy mala noticia

Si a pesar de estar obligado no presentaste la Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal del año en curso, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría aplicar cuando menos 5 ´castigos´ que van desde multas hasta dejar en ´muerte civil´ a las personas físicas que están por honorarios o en el régimen de actividad empresarial.

 

El periodo de declaración anual concluyó este año el lunes 31 de mayo, por lo que las personas físicas que presentaron su declaración el 1 de junio o en días siguientes, ya se encuentran en incumplimiento y para el fisco el trámite será considerado extemporáneo, lo que puede acarrear sanciones.

 

Si la declaración se presenta después del 31 de mayo, se tratará de una declaración extemporánea a pesar de que el contribuyente la haya presentado de forma espontánea, es decir, sin requerimiento de SAT, de acuerdo con el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

La gente percibe que lo peor que les puede pasar es que el SAT los multe y deban pagar un poco más, pero a veces no es poquito más, es mucho más caro no cumplir porque hay cargos que se actualizan con inflación y puedes dejar de emitir facturas.

 

Si estás en el supuesto de incumplimiento, estos son 5 ´castigos´ del SAT:

1. Actualizaciones y recargos

Cuando no se cubren las contribuciones en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, su monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además deberán pagarse recargos por concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno.

 

Si tu declaración es extemporánea y encima resulta un saldo en contra, tendrás que pagar actualizaciones y recargos que toman en cuenta la inflación, un factor de actualización que se multiplica por la contribución omitida y la tasa de recargo.

 

2. Multas

El Código Fiscal de la Federación califica como infracción no presentar las declaraciones en los medios electrónicos (sitio web del SAT) estando obligados a presentarla. Ante el incumplimiento, el fisco impone multas a los contribuyentes que van desde los mil 560 pesos hasta los 38 mil 700 pesos, el monto dependerá de la situación del contribuyente.

 

A pesar de ello, para las personas físicas que no presentaron las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, o bien, la presentaron fuera del plazo, la multa específica va de 15 mil 860 a 31 mil 740 pesos.

3. Antecedente de incumplimiento ante SAT

No cumplir con la declaración genera un antecedente negativo ante el SAT, lo que es una consecuencia que no todas las personas físicas perciben.

 

El SAT lo que busca es minimizar riesgos, entonces va "calificando" de manera automática al contribuyente tomando en cuenta toda la información que está precargada en los sistemas.

 

4. Determinación de utilidad

Si pasa un mes de que venció el plazo de la declaración, es decir, no la presentaste en mayo ni en junio, la autoridad puede aplicar una estimativa, es decir, una determinación de los ingresos del contribuyente en la que aplica un factor para presumir la utilidad de la persona física.

 

Ese factor es de 20 por ciento genérico, pero en el caso de honorarios es de hasta un 50 por ciento.

 

Por ejemplo, en el caso de dentistas, médicos, contadores o abogados que están por honorarios. Esas personas físicas están dadas de alta como honorarios (servicios profesionales) y probablemente han emitido CFDI que ya tiene el SAT en sus bases de datos, eso los obliga a presentar declaración anual a pesar de que no hayan recibido ingresos.

 

5. Cancelación de sellos digitales

Por no presentar la declaración anual estando obligado, el SAT también puede restringir temporalmente el certificado de sello digital, lo que es conocido como  "la muerte civil". En este caso el contribuyente no podrá emitir comprobantes fiscales (facturas) hasta que se acerque con la autoridad, aclare el asunto y reactive el sello de nuevo.