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Agravar delitos, la medida fallida de Yunes que ahora propone Cuitláhuac

  • Carlos Caiceros
De manera similar a su antecesor, el Ejecutivo morenista anunció que buscarán prisión preventiva para responsables del delito de extorsión

Xalapa, Ver.- Al anunciar el impulso de reformas a nivel federal para agravar el delito de extorsión, el Gobernador Cuitláhuac García retomó un reclamo semejante al de su antecesor, Miguel Ángel Yunes, quien pidió a la Federación aprobar la aplicación de prisión preventiva oficiosa por la portación de armas exclusivas del Ejército y el huachicoleo.

En 2019, la entidad cerró el año como la cuarta más afectada por el delito de extorsión, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Sin embargo, para convertir extorsión en un delito grave que amerite prisión preventiva oficiosa, se tendría que cubrir un proceso legislativo prácticamente imposible, según opinaron expertos en Derecho. Lo anterior, ya que el Ejecutivo local requiere sortear diversos trámites para presentar dicha iniciativa ante el Congreso de la Unión.

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SUEÑOS GUAJIROS DE YUNES 

El 26 de julio de 2017, el entonces gobernador, Miguel Ángel Yunes Linares, pidió al Congreso iniciar las reformas necesarias para endurecer las penas contra delincuentes.

Lo anterior, concisamente contra dos delitos: la portación de armas de fuego y el robo de combustible; los cuales, desde el punto de vista del mandatario postulado por el Partido Acción Nacional, debían reclasificarse como "graves".

Además, enfatizó que el Congreso requería revisar de manera urgente el nuevo sistema de justicia penal y adecuarlo para evitar impunidad.

"Que se apruebe la Ley de Seguridad Interior y que se aprueben las reformas que se requieran al nuevo Sistema de Justicia Penal, para hacer más estricta la aplicación de la Ley en contra de los delincuentes", urgió el mandatario.

Lo anterior, durante un mensaje ofrecido desde Parque Juárez en la capital del Estado, en una ceremonia de destrucción de armas. En ese entonces, enfatizó que el Congreso de la Unión debía iniciar un periodo de sesiones y abordar el punto.

"No es posible que cuando hay una evidente falla en el nuevo Sistema de Justicia Penal, que dejó fuera delitos como la posesión de armas de fuego de alto poder, al no clasificarlos como delitos graves; o delitos como el robo de combustible, que tanta violencia genera", expuso.

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PROPUESTA DE LA 4T

Luego de concluir la Mesa de Coordinación para la Construcción de la Paz, este viernes 7 de febrero, Cuitláhuac García publicó en sus redes sociales la intención de formular ante el Poder Legislativo la propuesta de incluir el delito de extorsión dentro del catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa para los presuntos responsables.

Lo anterior, dada su facultad para proponer todo tipo de leyes e iniciativas ante el Congreso del Estado.

A la vez, en un post publicado en Twitter, García Jiménez anunció el acuerdo de reformar el Código Penal para agravar el delito de extorsión.

"Esta mañana, en la Coordinación para la Construcción de la Paz, acordamos reformar el Código Penal para agravar el delito de extorsión, incluyendo la modalidad de secuestro virtual, para que los presuntos responsables obtengan prisión preventiva oficiosa".

Sin embargo, el 25 de julio pasado, el pleno de la LXV Legislatura aprobó incrementar la penalidad  de cuatro a10 años de prisión la pena vigente contra dicha conducta, como resultado de la iniciativa presentada el pasado 9 de mayo por la diputada Mónica Robles Barajas.

De esta manera se establece en el artículo 220 del Código Penal que:

A quien por cualquier medio obligue a otro a dar, hacer o dejar de hacer algo contra sus propios bienes patrimoniales o los de un tercero, para procurarse a sí mismo o a otro un lucro indebido, se le impondrán de cuatro a diez años de prisión y multa hasta de 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Además, se le aplicará al responsable de este delito, además de las sanciones anteriores, de dos a seis años de prisión cuando se actualice cualquiera de las siguientes hipótesis: intervenga más de una persona; se realice por una o más personas armadas o bien portando instrumentos peligrosos o se emplee violencia física o moral.

También cuando sea empleado cualquier mecanismo o amenaza, para hacer creer a la víctima, la supuesta intervención en el delito de algún grupo vinculado a la delincuencia organizada, sin que ello sea cierto, aun cuando ello sea únicamente para lograr que la víctima acceda de manera pronta y con mayor facilidad a alguna de las peticiones que se le hagan o bien para que no denuncie el hecho.

Asimismo, cuando la víctima sea una persona de 70 años o mayor, o sea mujer y se encuentre en estado de gravidez o cuando se allane el inmueble de la víctima o donde ésta se encuentre para ejercer la conducta delictiva; que el o los autores tengan vínculos de parentesco, amistad, gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o persona relacionada con ésta; o si el sujeto activo por extorsión telefónica o por cualquier medio electrónico fuere interno procesado o sentenciado.

Las penas se duplicarán cuando el o los autores sean servidores públicos, además se impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión, y se inhabilitará de uno a seis años para desempeñarse en cualquier cargo público de los tres órdenes de Gobierno.

Igualmente se duplicarán las penas cuando el o los autores sean o hayan sido integrantes de alguna institución o corporación de seguridad pública o privada, de procuración o administración de justicia, o de las Fuerzas Armadas, o se ostenten como tales sin serlo.

También se impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión, y se inhabilitará de uno a seis años para desempeñarse en cualquier cargo público de los tres órdenes de Gobierno.

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PUNTO EN CONTRA

Una postura alejada de la propuesta del Ejecutivo la aporta el abogado Víctor Flores, y como primer punto advierte que “la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar excepcional, es decir antes de que un Juez de Control la decrete debe analizar la imposición de otras medidas cautelares proporcionales al caso, y sin hacerse uso indiscriminado de prisión preventiva oficiosa o justificada, ya que no es el espíritu del Sistema Penal Acusatorio”.

El segundo punto, es que la aplicación de la medida cautelar de la prisión preventiva oficiosa trae como consecuencia la saturación del sistema penitenciario, causando hacinamiento de internos procesados. 

Dijo, “independientemente de un gasto mayor al Estado, es por ello que debe aplicarse esta medida cautelar a los delitos que se encuentran comprendidos en el catálogo de la reciente reforma del artículo 19 Constitucional. Así mismo no es necesariamente que el delito merezca prisión preventiva oficiosa, porque también la prisión preventiva justificada puede decretarse, inclusive en un delito como el que se menciona en esta propuesta”, dijo el penalista. 

En todo caso, dicho tema es de debate exclusivo en el parlamento federal, o bien desde la Cámara de Diputados o en la de Senadores.

Aunque añadió que el propio Gobernador o uno de los integrantes de la 65 Legislatura pueden presentar el proyecto ante el Pleno y de ahí turnarlo al Congreso de la Unión.

"Es necesario (que la extorsión) tenga la medida de prisión preventiva oficiosa, pero esa no es la solución, al final de cuentas la solución es la prevención". 

Enfatizó por lo anterior que será "complicado" la modificación del catálogo dada la necesidad de realizar una nueva reforma Constitucional para agregar el delito de extorsión como grave y que merezca prisión preventiva oficiosa.

"Está entre las atribuciones del Gobernador, pero no es el Congreso del Estado la vía de su aprobación; sí lo pueden aprobar, pero lo deben presentar ante el Congreso de la Unión", expuso.