- Estado
Senado aprueba la Ley contra la Desaparición Forzada
El Senado aprobó en lo general y en lo particular la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desapariciones cometidas por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
La nueva ley que crearon los senadores sanciona y tipifica el delito con hasta 90 años de prisión.
La Ley autoriza la creación de un Registro Nacional de Fosas, de un Banco Nacional de ADN, del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y una Comisión Nacional de Búsqueda.
En el texto que aprobaron los legisladores se precisa que el delito de desaparición forzada no prescribirá.
El texto de la Ley General de Desaparición Forzada de Personas fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión.
En la ley se indica que recibirán de 15 a 20 años de prisión todos aquellos que con la intención de ocultar la comisión de un delito desechen, incineren, sepulten, inhumen, desintegren o destruyan, total o parcialmente restos de un ser humano.
Se precisa que si un acusado colabora en la búsqueda y localización de la víctima se le podrían reducir hasta 20 años de prisión.
Con información de E-Consulta
[relativa1]
[relativa2]
[relativa3]