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Base para empleados de confianza con 6 meses de antigüedad

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Según lo publicado en la gaceta extraordinaria 316, todos aquellos trabajadores que tenían contrato eventual, podrán obtener prestaciones

Xalapa, Ver.- De acuerdo al “Reglamento para la formalización de las relaciones laborales del personal de base en la administración pública centralizada en el Poder Ejecutivo del estado de Veracruz”, todas aquellas personas de confianza con al menos seis meses de antigüedad tendrán derecho a obtener una plaza laboral.

Según lo publicado este martes en la gaceta extraordinaria 316, todos aquellos trabajadores que tenían contrato eventual, como empleado temporal administrativo o bajo el régimen de honorarios asimilado a salarios pagados exclusivamente con recursos estatales, podrán obtener prestaciones de ley.

Para filtrar los nombramientos de los trabajadores de base, se determinó que deberán ser expedidos por los Titulares de las dependencias centralizadas de la administración pública estatal que correspondan.

Y para garantizar el pago del IPE, se estableció en el quinto transitorio, que se descontará del salario integrado de cada trabajador y la autorización se da al momento de que firman-recepción del nombramiento.

Después de que se otorguen los nombramientos la Sefiplan tendrá un plazo de 90 días, -antes de que concluya la actual administración- para crear el profesiograma, es decir, justificar los puestos de trabajo: la denominación de los nombramientos, su descripción profesional, técnica, orgánica y otras características y necesidades que se pudieran requerir.

Los burócratas deberán cubrir un horario laboral de nueve de la mañana a las seis de la tarde y contarán con estabilidad laboral y seguridad social que incluya: servicios médicos e incorporación al régimen de pensiones previsto en la Ley del Instituto de Pensiones del Estado, así como el otorgamiento de las prestaciones establecidas en las condiciones generales de trabajo.

Tendrán derecho a un salario integrado que comprende la remuneración, retribución, percepción o cuota diaria que reciban, el sobresueldo en su caso, así como las gratificaciones, premios, compensaciones, habitación, primas, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, prestaciones en especie o cualquier otra cantidad o prestación entregada al trabajador por su trabajo regular y ordinario de todos y cada uno de los días de jornada laboral, inclusive los de descanso.

Ningún trabajador podrá ocupar dos plazas al mismo tiempo y se determinó que el salario integrado y los conceptos que comprende, será el establecido en el tabulador de sueldos autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda.

El texto explica que los nombramientos de los trabajadores de base serán expedidos por los titulares de las dependencias centralizadas de la administración pública estatal que correspondan, los cuales deberán contener los datos que previene el artículo 24 de la Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz.

“Se entenderá como horario general de la jornada de trabajo el de las nueve a las dieciocho horas, con una hora intermedia para la ingesta de alimentos, el cual se tendrá como inserto en el nombramiento que se extienda a favor del trabajador; salvo en aquellos caso”, establece el artículo 9.

En el caso de los organismos descentralizados se determina que las plazas dependerán de: la disponibilidad presupuestal; la programación administrativa que efectúen cada uno de los órganos de gobierno con la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la debida validación de los procedimientos aplicables, y de conformidad con los criterios y lineamientos que emitan la Secretaría de Finanzas y Planeación y la Contraloría General, ambas dependencias del Poder Ejecutivo del Estado

Se determinó que bajo ninguna circunstancia ni excepción implicará incremento de sueldos o salarios ni podrán ser superiores a los que actualmente se perciben, tampoco reducción de la jornada laboral.

Avc