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Equivocada reforma al Artículo 158 del Delito de Contagio

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Imponer de 6 meses a 5 años de prisión y multa de hasta 50 días de salario a quien trasmita de manera "dolosa" una ETS, va contra leyes.

Xalapa, Ver.- La reforma al artículo 158 al Código Penal del estado de Veracruz, con el Delito de Contagio imponen de seis meses a cinco años de prisión y multa de hasta cincuenta días de salario a quien padezca una Infección de Transmisión Sexual (ITS) o VIH Sida y que de manera "dolosa" ponga en peligro de contagio a otra.

En conferencia de prensa los integrantes del Grupo Multisectorial VIH - ITS de Veracruz refirieron que los diputados y diputadas locales reformaron el artículo bajo el argumento de proteger la salud de las personas, particularmente de las mujeres y las niñas, así como prevenir la transmisión de las ITS.

La integrante del Grupo Multisectorial, Patricia Ponce explicó que esta reforma contradice las directrices internacionales sobre VIH y Derechos Humanos, los cuales "no leyeron" los diputados locales al legislar.

Refirió que es difícil establecer quien transmite el VIH a quien, especialmente cuando ambas partes han tenido más de una pareja sexual, y tal vez la información sólo depende de un testimonio, por lo tanto las personas acusadas de haber contagiado, pueden ser penalizadas "por error".

Además la persona afectada por el virus puede argumentar que desconocía su seropositividad y las formas de transmisión.

Esta ley, promueve "el miedo, el estigma y la discriminación, además fortalece la idea de que quien tiene VIH Sida, es peligroso, criminal e inmoral, y se propagan los mitos de la desinformación".

Al finalizar mencionó que el grupo Multisectorial "condena y reprueba" la modificación del artículo porque daña a la población, y pone de manifiesto que los diputados y diputadas ni siquiera leyeron la ley penal, ni los fundamentos de Derechos Humanos.

Avc