• Congreso

Doce años de cárcel a quien venda alcohol a menores de edad

  • e-consulta Veracruz
El Congreso del Estado aprobó por unanimidad las modificaciones que imponen cárcel a quien facilite bebidas embriagantes a menores de edad.

Xalapa, Ver.- A pesar de que se rechazó la posibilidad de que el gobierno ingrese las multas por la venta de alcohol después de las dos de la mañana, se aprobaron por unanimidad las modificaciones que imponen cárcel de hasta doce años a quien facilite bebidas embriagantes a menores de edad.

El diputado local Domingo Bahena Corbalá subió a tribuna para exponer el punto de vista de la fracción del PAN y aseguró que la venta de alcohol a menores la consideran una acción criminal.

“Pero si bien esta propuesta se anunció como una medida para combatir el alcoholismo, sólo un lector distraído no advertirá que esta iniciativa es realmente una medida de recaudación, es para obtener mayores ingresos para el Estado, a partir de la sanción a micro y pequeños empresarios, disfrazando medidas de verificación de establecimientos mercantiles, como medidas sanitarias que son de naturaleza totalmente distinta”.

Aclaró que una cosa es la verificación del incumplimiento de actos administrativos de funcionamiento mercantil, y otra es la verificación de condiciones de sanidad en los establecimientos mercantiles.

Recordó que el reglamento para la venta de bebidas alcohólicas tenía 24 años sin que se le hiciera una sola modificación y ahora se plantean cambios que solo tiene por objetivo incrementar los ingresos de la hacienda estatal,

“El dictamen hace referencia a un Reglamento, y ya vimos cómo se ejerce esa facultad reglamentaria y ahí nos preocupa que, por no hacer caso de nuestras observaciones, se lesione la autonomía municipal y la economía de los veracruzanos”.

Ejemplificó que un error de las modificaciones legales, era la inminente invasión de competencias, ya que el Código Hacendario Municipal claramente señala que quien expide la licencia para la venta de bebidas alcohólicas es el Ayuntamiento.

Luego entonces, si la revocación es una decisión unilateral decretada por la misma autoridad que emitió el acto administrativo, para dejarlo sin efectos, entonces, no puede corresponder a una Secretaría, en este caso la de Salud, sino al Ayuntamiento.

Otro error, detalló, es dejar a los propietarios de establecimientos mercantiles en estado de inseguridad jurídica, ya que no pueden quedar en un acuerdo administrativo un tema tan importante como lo es “quién sanciona”, “quién verifica” y “quién va a imponer sanciones”.

Si bien el artículo 117 constitucional faculta al estado para dictar leyes encaminadas a combatir el alcoholismo; ello muy distinto a mezclar la sanidad con la regulación y verificación del funcionamiento de establecimientos mercantiles, en perjuicio de las facultades municipales.

“No llevemos a la Secretaría de Salud a realizar funciones inquisitivas que no le corresponden; a ella le corresponde el control sanitario, esa es la naturaleza de su tarea”.

A pesar de esa postura, el PAN determinó validar la modificación al código penal y la ley de salud, pues de lo contrario habría críticas a su postura. 

Avc