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SSP ya investiga a policías que incriminaron a jóvenes de ultrajes

  • Carlos Caiceros
La Contraloría del Estado remitió la queja de la CNDH al órgano interno de control de la SSP, confirmó Mercedes Santoyo

La Contraloría General del Estado ya turnó al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) la queja de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de al menos 7 policías de la dependencia bajo el mando de Hugo Gutiérrez Maldonado.


Se trata de los elementos Luis Fernando Hernández Solís; Esteban Daniel Tiel Rivas, Rocío Nava Hernández, Filiberto García Reyes, César Eduardo García Morales, Lizbeth Solano Santiago y Jesús Carlos Flores Rivera.


Cabe recordar que dichos efectivos detuvieron arbitrariamente a 6 jóvenes en Xalapa acusándolos falsamente del delito de ultrajes a la autoridad para ponerlos a disposición de la Fiscalía General del Estado, según la recomendación 146 /2021 de la CNDH.


Al respecto, la contralora general Mercedes Santoyo Domínguez, dijo que en su momento solicitará al órgano interno de la SSP dar un informe respecto a la investigación que realice.

“Sí nos llegó, se turnó al Órgano Interno de Control respectivo y ya inició y abrió carpeta de investigación precisamente ellos tienen que ir avanzando y seguramente, más adelante, solicitaré que vayan a darme un informe”, declaró en entrevista.


Explicó que se trata de un procedimiento administrativo y es necesaria una investigación interna antes de resolver si se procede con una sanción o se procede por la vía penal.


Explicó que el Órgano Interno de Control deberá analizar y revisar cada caso y si hay más elementos de la dependencia involucrados.


Cabe recordar que, en su fracción tercera, la CNDH solicitó al Gobernador, Cuitláhuac García Jiménez, colaborar ampliamente con la autoridad investigadora, en la presentación y seguimiento de la queja que presente en la Contraloría General del Estado de Veracruz.


“(…) en contra de AR1, AR2, AR3, AR4, AR5, AR6, AR7 y demás personas servidoras públicas de la SSPV involucradas, por los hechos y observaciones de la presente Recomendación, y se remitan en su oportunidad las constancias con que se acredite su cumplimiento”.