Sobre el nuevo decreto que se emitió sobre temas laborales
- Juan José Llanes
Javier Duarte tenía "decretitis". En esa tónica, en septiembre de 2015 emitió un decreto inútil e irrelevante, que denominó "Decreto Administrativo por el que se instruyen medidas de control jurídico en materia laboral para la Administración Pública Estatal".
En síntesis, ese decreto ordenaba:
1.- Que para despedir a un empleado de una entidad pública, era necesario tener, previamente, una "opinión favorable" de las áreas jurídicas. Ello, en virtud de que múltiples despidos eran fruto de auténticos caprichos. Simple: se decretó la obligación de consultar abogados antes de correr a alguien, para no provocar despidos indefendibles en los tribunales. Era una medida perogrullesca, porque un elemental sentido de responsabilidad de cualquier servidor público dicta que antes de ejecutar acciones que perjudiquen a terceros y al erario, es indispensable realizar las consultas pertinentes.
A "Viades, Llanes y Asociados", se le comentó el contenido de ese Decreto -por parte del área jurídica del Gobierno de Duarte- con tono de celebración, quizás en espera de una nota laudatoria: "ya no habrá despidos a lo pendejo". Y es que, de acuerdo con aquel Decreto, los funcionarios debían "abstenerse de efectuar despidos por vía de hecho o derecho, sin la previa asesoría e intervención de sus correspondientes unidades administrativas y áreas jurídicas, debiéndose integrar debidamente el expediente, de conformidad con las disposiciones laborales aplicables". Esto es, crearon un laberinto para despedir.
Pero los despidos arbitrarios continuaron, claro. En el duartismo, cada quien hizo lo que quiso, sin consecuencias.
Para entonces, el pasivo laboral rozaba los 5 mil millones de pesos, fincados en condenas de los tribunales laborales.
2.- En segundo lugar, se establecía que las entidades públicas debían:
a).- Tener un "registro" de pasivos laborales. Esto es: saber a quién se le debe, y cuánto se le debe.
b).- Tener a la mano los expedientes de los que emanaban condenas de tribunales sobre temas laborales.
c).- Tratar de llegar a "acuerdos conciliatorios", que no era otra cosa que intentar pagar menos, y a plazos. Sobre este tema, nuestro corporativo jurídico le preguntó expresamente a los que representaban a las entidades públicas: Si la banca no le da crédito al Gobierno de Veracruz, ¿porqué lo tiene que hacer un trabajador?
d).- "Solicitar autorización de la unidad administrativa correspondiente y del área competente de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para contar con Dictamen de Suficiencia Presupuestal..." En su momento, lo dijimos claramente (lo que fue retomado por algunos medios de comunicación independientes). El gobierno de Duarte creo un laberinto burocrático para despedir y otro para evadir el pago de las deudas que tenía con trabajadores.
3.- Finalmente, estipulaba consecuencias administrativas para los servidores públicos de no acataran el Decreto.
La realidad es que nada pasó.
Los despidos continuaron. Nada se concilió. Rara vez se consultaba a los abogados de las entidades públicas antes de correr trabajadores; y el laberinto burocrático que comenzaba con una "solicitud de autorización" a una unidad administrativa, luego a la Sefiplan para obtener un Dictamen de Suficiencia Presupuestal, y luego la autorización de la Tesorería, rindió el fruto que esperaba el Gobierno: no pagar.
Leemos ahora, con curiosidad el "Decreto que abroga el Decreto Administrativo por el que se instruyen medidas de control jurídico en materia laboral para la Administración Pública Estatal". Lo confieso: me parece un galimatías. No obstante, lo que intenta expresar (entre tantas palabras), es:
1.- Que la atribución de nombrar y remover personal la tienen los titulares de las entidades públicas. Ello no es novedad: estaba ya en la ley.
2.- Que se suprime el laberinto para despedir. Total, si alguien lo hace mal, para éso está la Ley de Responsabilidades.
3.- De acuerdo con ello, también quedaría suprimido el laberinto para pagar los laudos... veremos.
Nos preocupa, claro, la pluralidad de interpretaciones que tendrá el nuevo Decreto. Es necesario enfatizar:
1.- Los derechos de los trabajadores no quedan cancelados.
2.- Nadie está autorizado para despedir arbitrariamente.
3.- Si alguien es despedido arbitrariamente, puede -válidamente- hacer valer sus derechos ante los tribunales.
Si los funcionarios del yuneslinarismo lo interpretan como una patente de corso, multiplicarán los problemas que dejó el duartismo.
En síntesis: es una medida más bien cosmética.
Los temas de fondo se pueden formular como preguntas:
1).- ¿Se cumplirán los mandatos judiciales que le ordenan al gobierno pagar a trabajadores?
2).- ¿Se fincarán -por fin- responsabilidades a quienes abusen del poder y despidan arbitrariamente, afectando a trabajadores, a sus familias y, de paso, al erario?