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Alcalde de Tepetzintla entra al registro nacional de violentadores

  • Alba Alemán
El alcalde, Roberto Miguel Galván, fue acusado de no dejar entrar a las sesiones de Cabildo a la síndica del ayuntamiento

Xalapa, Ver.- El alcalde de Tepetzintla, Veracruz, Roberto Miguel Galván, fue sancionado por violencia política en razón de género realizada en contra de la sindica del ayuntamiento; por este hecho será inscrito en el Registro Nacional de Violentadores durante 6 años. 

La Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) notificó al Organismo Público Local Electoral de la resolución judicial en la que los magistrados encontraron elementos suficientes para que el presidente municipal sea fichado y registrado en la plataforma nacional del Registro Nacional de Violentadores.  

¿Cómo fueron los hechos?

En el 2022, la sindica del ayuntamiento, Martha Angélica Cristobal Lotina, presentó una queja en contra del alcalde, además de la secretaria Nazaria Morales Azuara y de la tesorera Yazmín de la Cruz debido a que le obstaculizaban el acceso a las sesiones de Cabildo y otras actividades oficiales.

La Sindica expuso que no les informaban sobre las reuniones y no se le permitía el uso de la voz durante las sesiones; solo le pedían firmar los documentos. 

La Comisión de Quejas y Denuncias del OPLE acreditó que sí existía la violencia política en razón de género y turnó su expediente al Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) para su resolución. 

El expediente fue analizado por los magistrados quienes como medida cautelar emitieron  la inscripción de los tres servidores públicos en el Registro Nacional del Violentadores por violencia política en razón de género

Sin embargo, los denunciados apelaron esta decisión y la Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral Poder Judicial de la Federación analizó el caso y posteriormente la sentencia fue modificada. El único que fue inscrito al Registro Nacional de Violentadores fue el alcalde. 

En el caso de la tesorera hubo una modificación en sus sanciones y en el caso de la secretaria sobreseyeron la demanda ya que consideraron que esta última carece de interés jurídico para contravenir. 

Debido a ello, el alcalde tendrá que ser registrado en un lapso máximo de 48 horas ya que sus acciones fueron consideradas y comprobadas como violencia política en razón de género por el hecho de ser mujer.