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Estos son los reveses de la SCJN al Congreso de Veracruz en 2022

  • Marcelo L. Bermúdez
En diversas observaciones, la SCJN llevó a que el Congreso de Veracruz revirtiera aprobaciones de diputados

Durante 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación corrigió la plana al Congreso de Veracruz en diversas ocasiones, revirtiendo las aprobaciones de los actuales diputados en la LXVI Legislatura.

La más reciente, fue al resolver un incidente de suspensión de una controversia constitucional, que determinó que no es posible que los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa sean cesados de su cargo, como planeaban el Congreso y el Poder Ejecutivo.

Algunos de los reveses no fueron precisamente contra actos soberanos o leyes creadas en esta Legislatura, sin embargo, los ministros exhibieron que los legisladores jarochos tuvieron oportunidad de actualizar o realizar reformas y optaron por no hacerlo.

Este es un recuento del año que terminó:

DELITO DE ULTRAJES A LA AUTORDAD

https://e-veracruz.mx/nota/2022-10-28/estado/gaceta-oficial-lo-confirma-publican-invalidez-del-delito-de-ultrajes

En febrero, la SCJN inició el estudio de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en contra de una reforma publicada el 11 de marzo de 2021 a diversos artículos del Código Penal local, lo que terminó en la invalidación total del delito de ultrajes a la autoridad que fue propuesto por el Gobernador, Cuitláhuac García Jiménez y reformado en marzo de 2021. 

El tipo penal estaba previsto en el artículo 331, fracciones I, II y IV del Código Penal del Estado de Veracruz. 

La decisión de la Corte se basó en el contenido de una restricción al derecho de libertad de expresión, por lo que debía ser sometida a un test tripartito. 

“Escrutinio que no supera, debido a que no cumple con el principio de taxatividad. Es decir, no limita razonablemente el tipo de conductas que pueden actualizarlo, lo que genera incertidumbre en los destinatarios de la norma y un efecto inhibitorio en el ejercicio de este derecho (libertad de expresión)”, declaró la SCJN. 

De igual manera, declaró la invalidez del artículo 371, fracción II del Código Penal para el Estado de Veracruz, que sancionaba poseer, portar o utilizar equipos de comunicación de cualquier tipo para obtener y comunicar, sin un fin lícito, información sobre las acciones, actividades o labores de los integrantes de las instituciones de seguridad pública estatal o municipal.

MATRIMONIO IGUALITARIO

https://e-veracruz.mx/nota/2022-06-02/estado/historico-aprueban-matrimonio-igualitario-en-veracruz

Para mayo, aunque no se trató de una reforma impulsada por esta legislatura, la SCJN ordenó al Congreso de Veracruz legislar sobre matrimonio igualitario.

Y es que, para aquel mes, en el Congreso ya existían dos iniciativas para para reformar el artículo 75 del código civil que regularía el matrimonio igualitario; el 30 de mayo, la Corte dijo que el pleno debía discutir el tema.

Lo anterior, al declarar inconstitucional un paquete de artículos del código civil del Estado, que limitan el concepto de matrimonio y familia a la unión de un hombre y una mujer.

En la sesión plantearon que el código de Veracruz incurre en “un modelo específico de familia que, si bien está incluido en la Constitución Política, se debe considerar una evolución en la formación de esta, para protegerlas en todas sus dimensiones.”

Es excluyente de parejas del mismo sexo, por lo que viola los derechos de igualdad y no discriminación, que además va impregnada de prejuicios sociales a las personas que integran el colectivo de la diversidad sexual.

En la misma fecha, también invalidó una porción normativa del párrafo segundo del artículo 4° de la Constitución del Estado de Veracruz que reconocía el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural, publicado el 23 de agosto de 2016.

La Corte sostuvo que el legislador local carece de facultades para modificar el núcleo esencial del derecho a la vida; además, la regulación en tales términos permitía restringir otros derechos fundamentales, especialmente de mujeres y personas gestantes. Además, la disposición vulneraba los principios de interdependencia e indivisibilidad.

AMPARAN A MAGISTRADA

En julio, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo a Martha Ramírez Trejo, magistrada del Poder Judicial del Estado de Veracruz en contra de su remoción.

La SCJN examinó los alcances de las determinaciones “soberanas” del Congreso y en esencia, inatacables mediante juicio de amparo; sin embargo, del análisis del mismo determinó proceder en contra de la porción normativa del artículo 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la entidad, que prevé que la ratificación de magistrados en el estado dependerá de forma “soberana” del Congreso local, lo cual vulnera la independencia judicial prevista en el artículo 116, fracción III, de la Constitución Federal, así como las exigencias constitucionales de fundamentación y motivación.

Al resolver el caso, la Sala estableció que el juicio de amparo sí es procedente contra la no ratificación de un magistrado, debido a que no se trata de un acto soberano ni discrecional del Congreso estatal, pues es un proceso que reviste de reglas y requiere la participación de otro poder para la decisión final.

Ello, en virtud de que la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la entidad exigen, entre otros requisitos, la elaboración de un dictamen técnico por el Consejo de la Judicatura del estado, el cual, si bien no es vinculatorio, sí debe estudiarse para que el Poder Legislativo decida, con una debida fundamentación y motivación, sobre la ratificación.

Se detalló que la expresión “soberana” en la norma impugnada origina inseguridad jurídica puesto que, en este tipo de resoluciones, el Congreso local no puede decidir libre e independiente, al estar sujetas al control racional del derecho.

FRENAN EXTINCIÓN DEL TEJAVl

Otro de los reveses más fuertes antes de terminar el año fue el que le asestaron al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJAV), al resolver la controversial constitucional 266/2022.

Al resolver sobre el incidente de suspensión, la Corte determinó concederla para el efecto de que los magistrados Roberto Alejandro Pérez Gutiérrez, Pedro José María García Montañez, Luisa Samaniego Ramírez y Estrella Alhely Iglesias Gutiérrez continúen en funciones hasta que se resuelva si es constitucional la extinción del TEJAV.

Es decir, los nuevos seis magistrados nombrados por el Congreso y a propuesta del gobernador, no podrán tomar posesión de dichos cargos, ante la decisión de la Corte, pues no hay certeza jurídica del procedimiento para desaparecer al TEJAV y crear un nuevo tribunal.

CORTE Y LA 4T 

Desde la llegada de la autonombrada 4T a Veracruz y con el Congreso controlado por Morena, el de Veracruz se ha convertido en el Poder Legislativo más combatido en el máximo tribunal y con mayor número de decretos impugnados.

De 2018 a 2021 sumó 17 acciones de inconstitucionalidad, y de estos, el máximo tribunal invalidó 15 decretos.

Entre las resoluciones del Congreso que recibieron revés de la Corte sobresale la denominada Reforma Electoral, contenida en el decreto 576 con fecha 20 de julio de 2020. En este, el Poder Legislativo dispuso recorte a las prerrogativas de los partidos, la eliminación de los 212 consejos municipales electorales, y el no someter a consulta ciudadana la revocación del cargo del Gobernador del Estado.

También la Primera Sala declaró la inconstitucionalidad de la intervención de la Tesorería del Ayuntamiento de Mixtla de Altamirano, dictaminada por el Congreso.

Se declaró igualmente la invalidez de las leyes de ingresos 2020 de los 212 municipios, aprobadas previamente por la LXV Legislatura. Lo anterior, luego de que el máximo tribunal del país determinó que los cobros de los Ayuntamientos a las actas de nacimiento extemporáneas vulneraban el derecho a la identidad de las personas, además de vulnerar el derecho a la información pública. 

Comparativamente, la 65 Legislatura es la que más acciones de inconstitucionalidad tiene, después de la LXIII Legislatura (2013-2016) con nueve acciones de inconstitucionalidad promovidas, todas, con sentencias en contra del Congreso, aunque de estas, tres fueron parcialmente fundadas, aunque la Corte declaró inválidos los artículos puestos a discusión.

 

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