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Video: Jueza niega libertad a acusada de ultrajes, pese a fallo de SCJN
Dos días después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) notificó al Congreso de Veracruz la declaratoria de inconstitucionalidad al delito de ultrajes a la autoridad y ordenara su aplicación retroactiva inmediata para las personas detenidas bajo estos cargos, la jueza de control Mónica Segovia Jácome y la Fiscalía General del Estado evitaron que una extrabajadora de la propia FGE obtuviera su libertad por sobreseimiento.
Incluso, un día antes de aquel 4 de marzo de 2022 que se realizó una audiencia de revisión de medida cautelar, se llevó a cabo una sesión en el Congreso del Estado, donde la Permanente “se dio por enterada”, del mandato del máximo tribunal judicial del país, que con el oficio 1972/2022 enviado en fecha 2 de marzo, cerró oficialmente la determinación.
Pero eso de nada sirvió, pues al término de la audiencia la jueza Segovia Jácome determinó que Adriana Vichi Cruz, exjefa de la Unidad de Género de la Fiscalía, debería pasar un año más en la cárcel. Dicha determinación podría dar pie a una denuncia en su contra “por abuso de autoridad”.
Posteriormente y pese a la comunicación oficial de la Suprema Corte al Congreso y de este haberse dado por enterado, la jueza nuevamente pasó por alto la declaratoria general de invalidez, pues en una nueva audiencia de fecha 15 de marzo se negó a sobreseer el proceso, argumentando que el decreto que invalida al delito no ha sido publicado en la Gaceta Oficial del Estado.
“Hasta este momento, todavía el artículo no se encuentra derogado en su totalidad; hasta en tanto no se notifique al Tribunal Superior de Justicia y a nuestra Legislatura veracruzana para que se hagan las modificaciones y la derogación de dicho artículo, entonces se realizarán las prevenciones”, dijo la autoridad jurisdiccional.
A la fecha, en Veracruz todas las personas que han conseguido salir de prisión ha sido gracias a los amparos conseguidos ante la justicia federal, pero no porque el delito violente derechos humanos de los detenidos como determinó el máximo tribunal del país.
Al respecto, el abogado Arturo Nicolás Baltazar afirmó que el Congreso de Veracruz demora en hacer la publicación en la Gaceta para “dar tiempo” a la Fiscalía de encontrar elementos contra los detenidos por ultrajes y proceder en su contra con nuevos delitos.
ACUSAN CONTUBERNIO ILEGAL
El defensor acusó en una entrevista un contubernio entre el Congreso, la Fiscalía y el Poder Judicial del Estado para abrir la posibilidad de que el organismo de procuración de justicia ejecute nuevas órdenes de aprehensión contra los acusados por el delito de ultrajes a la autoridad.
Propiamente, como defensor de Adriana Vichi, quien ahora ya está fuera del penal de Tuxpan, relató que el 4 de marzo se venció la temporalidad de la medida cautelar de prisión preventiva justificada para su clienta, por lo que sus abogados solicitaron una revisión a la jueza.
A la extitular de la Unidad de Género de la FGE le dictaron la prisión preventiva argumentando que, al no tener un único domicilio, sino dos, había posibilidades de que se evadiera de la acción de la justicia.
Y aunque trabajaba en Xalapa y vive desde hace 9 años en Alvarado, la trasladaron hasta Tuxpan a pasar su proceso, en la zona norte de la entidad, medida que imposibilitó que la detenida viera a sus tres hijos menores.
Al respecto, su defensor indicó que en esa audiencia demostrarían que su domicilio en esta capital se debía únicamente a que este era el sitio donde trabajaba, por lo que pidió presentar testigos que declararan a su favor y así poder cambiar las medidas.
Sin embargo, como quedó grabado en los audios y videos de esa audiencia, la Fiscalía afirmó que no habían variado los elementos para permitir su salida del penal, por lo que era necesario ampliar su estadía hasta que el proceso concluyera.
De esta manera y sin titubeos, la jueza Mónica Segovia determinó que Adriana Vichi permaneciera un año más en la cárcel, a pesar de que entre los argumentos se hizo mención del fallo sobre la acción de inconstitucionalidad que días antes había resuelto la Suprema.
“Vemos un actuar completamente parcial, tendencioso, violatorio de derechos humanos de una jueza que únicamente tiene la intención de mantener el mayor tiempo posible privadas de su libertad a las personas sin importarle que se vulneren sus derechos y estén recluidas en un cereso distante y siendo inocente”, dice el abogado.
Nicolás Baltazar afirmó que Mónica Segovia actúa como “comparsa” de la Fiscalía para evitar que los procesados salgan, lo que podría implicar incluso una responsabilidad penal pues está incurriendo en un abuso de autoridad.
Advirtió que, si se respetara el estado de derecho en Veracruz, la jueza debería estar en prisión por hechos de corrupción, aunque no sabe si su clienta procederá.
LIBERTAD SÓLO CON AMPAROS
El caso de Adriana Vichi no es el único donde se ha negado la salida a partir de la declaratoria de inconstitucionalidad del tipo establecido en el 331 del Código Penal. De hecho, hasta el momento no se sabe de un solo caso donde hayan salido por otra vía que no sea el amparo.
Propiamente, la mujer salió en cumplimiento a una suspensión otorgada por un juez federal para cambiar la medida cautelar, con el fin de no violentar más sus derechos humanos.
“Se le varía la medida aun a pesar de que la jueza quería mantener a Adriana privada de su libertad; el juez de distrito ordena variarle la medida y la jueza de control no tiene más opción”, y agregó que hay otro amparo a su favor que la Fiscalía atacó con tal de evitar que saliera libre.
“Solamente a través de la justicia federal es como se está respetando la libertad de los ciudadanos veracruzanos. Por parte del Poder Judicial del estado de Veracruz no existe disposición para que recuperen su libertad a pesar de que es inminente la derogación del artículo”, sentenció el defensor.
En palabras de la propia Adriana, su caso fue un montaje de la Fiscalía General, el mismo sitio donde hasta el pasado diciembre se había desempeñado, pasando incluso por ser secretaria particular de la fiscal Verónica Hernández Giadáns.
Sus declaraciones, grabadas en una de las audiencias, exhiben que los policías ministeriales que la detuvieron presuntamente por querer evitar que apresaran a Fabián “N”, exalcalde electo de Lerdo de Tejada, en realidad la mantuvieron retenida por algunas horas y asentaron información distinta a como en realidad ocurrieron los hechos.
En el informe, se asentó que la extrabajadora, al intentar impedir el cumplimiento de la orden de aprehensión por secuestro agravado, insultó a los policías ministeriales y luego les aventó un celular para agredirlos.
“Esto fue armado, a mí nadie me detuvo. Hay constancias en el expediente de que yo pedí ayuda, cuando ellos dicen que me detuvieron a las 02:05 de la mañana y yo pedí ayuda a las 6 de la mañana”, destaca.
De manera específica, para desvirtuar ese punto, hay constancias de que Adriana pidió ayuda vía mensaje de texto a su esposo a las 6 de la mañana cuando supo de qué se trataba el asunto, mientras que, en el informe, los policías dicen que su teléfono fue asegurado a las 2.
“No he visto a mis hijos por un delito que me fabricó la Fiscalía. A través de engaños me citaron en un lugar y ahí me dijeron que eran instrucciones. Fiscalía sabe que esta medida que he tenido por tres meses, no me ha permitido ver a mis hijos. Se empeña en tenerme detenida por un delito que jamás cometí”, dijo.
En la audiencia del 4 de marzo, también invocó la determinación de la Corte respecto a la inconstitucionalidad del tipo penal, pero nada fue suficiente para evitar que la FGE y la jueza de control confabularan en su contra.
A raíz de eso, la ex servidora pública perdió su empleo de manera inmediata, pues mientras era procesada, en la Fiscalía se firmó el acuerdo para dejarla sin trabajo.
Finalmente, el pasado 15 de marzo Adriana quedó en libertad, pero su proceso no se ha extinguido, pues, aunque la propia Fiscalía ya solicitó también el sobreseimiento del caso, la jueza continúa en la negativa de dejar sin efecto el proceso penal en tanto el acuerdo no se publique.
“Que el Congreso ya cumpla con su obligación y publiquen en la Gaceta Oficial del Estado la derogación del artículo 331 y una vez que esté publicado podamos solicitar el sobreseimiento. De esta manera se dará cumplimiento a la resolución de la Suprema Corte que ya ha declarado inconstitucional este artículo y por ende la invalidez de este”, destaca.
CH