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'El Gato' pierde diputación; quería rendir protesta por Zoom desde el penal

  • La Silla Rota
El diputado oaxaqueño fue detenido en Veracruz; es señalado por ultrajes a las autoridades, portación de arma y posesión de drogas

OAXACA.- Gustavo Díaz Sánchez  pretendía rendir protesta vía zoom como diputado de la 65 legislatura de Oaxaca; finalmente el Congreso Local determinó declarar vacante la curul que ocuparía  el legislador detenido el 4 de noviembre en Veracruz y encarcelado un penal de Michoacán.

El político priista es señalado por el delito de ultrajes las autoridades, portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército y posesión de estupefacientes.

Vencido el plazo legal, con 28 votos a favor, la legislatura aprobó el decreto por el cual declaró vacante el puesto y convocar a elecciones extraordinarias para la diputación en el distrito I con cabecera en Acatlán de Pérez Figueroa.

Díaz Sánchez se encuentra recluido en el Centro de Readaptación Social número 17 de Michoacán por los delitos antes mencionados, en tanto, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca mantiene activas dos órdenes de aprehensión por el presunto delito de homicidio.

No obstante, lo anterior, quien fuera diputado en la 62 legislatura de Oaxaca pretendió rendir protesta a través de videoconferencia desde el penal. Para ello presentó un oficio a la presidenta de la Mesa Directiva, Mariana Benítez Tiburcio.

La petición fue archivada e ignorada por la Junta de Coordinación Política y en consecuencia por la Mesa Directiva.

En un posicionamiento el hoy procesado apeló al respeto a sus derechos humanos, a los políticos electorales, así como al principio del Derecho Procesal Penal de presunción de inocencia.

Argumentó que, de acuerdo al marco normativo nacional y tres casos específicos resueltos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que de no haber sentencia condenatoria, subsisten las prerrogativas electorales y derechos ciudadanos.

 "Me presento ante esta honorable legislatura para efecto de que se me tome protesta al cargo como diputado del que fui electo democráticamente, por las vías electrónicas de video comunicación existentes, en especial por video conferencia en la plataforma digital Zoom, por ser el método idóneo acordado previamente por la legislatura para tales efectos", expuso en un documento.

En sesión ordinaria de congreso realizada el pasado 8 de diciembre, Benítez Tiburcio, sometió al pleno el acuerdo de la celebración de elección extraordinaria en el Distrito I de Acatlán de Pérez Figueroa.

El artículo 36 constitucional, establece que ningún ciudadano podrá rehusarse a desempeñar el cargo de Diputado, si no es por causa justa calificada por la Legislatura, ante la cual se presentará la excusa.

El artículo 41, establece que los diputados electos que cuenten con su constancia de mayoría y validez expedida por el Instituto Estatal Electoral o resolución a su favor del Tribunal Estatal Electoral, concurrirán a la instalación de la Legislatura del Estado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de esta Constitución y la Ley Orgánica del propio Congreso.

Para tal efecto, deberán presentar dentro de los días 7 a 9 de noviembre del año de la elección, ante el Oficial Mayor del Congreso del Estado, la constancia o resolución de referencia para su registro, toma de razón y entrega de la credencial de acceso a la sesión de instalación y toma de protesta, que tendrá verificativo el día 13 de noviembre del año de la elección, en cuya fecha se hará la elección de los integrantes de la Mesa Directiva en los términos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento, empezando a fungir a partir del día 15 de Noviembre.

 Y es el artículo 47 constitucional, el que establece que la Legislatura no podrá abrir sus sesiones ni ejercer su cometido, sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes, deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler a los ausentes propietarios y suplentes a que concurran dentro de un plazo que no excederá de diez días, apercibiendo a los propietarios de que si no lo hacen, se entenderá no aceptado el cargo; y si tampoco asistieren los suplentes, se declarará vacante el puesto y se convocará a nuevas elecciones.