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¿Cuándo y cuánto voy a recibir de mi aguinaldo? Aquí te decimos
Se acerca el fin de año y muchas personas lo esperan por razones como las vacaciones que se dan a muchos trabajadores esta temporada; pero además por el aguinaldo que se recibe.
El aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87.
Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo, se informa en el portal del gobierno federal.
La autoridad señala que bajo ningún pretexto y sin consideración a la condición de las o los trabajadores, todos, quienes tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo.
“Para su cálculo se debe considerar el salario base o lo que ordinariamente se percibe por día laborado. El salario base multiplicado por 15 es igual a Tu Aguinaldo.
“En el caso de las y los trabajadores que tenga un salario fijo, el cálculo debe hacerse con el salario cuota diaria, sin incluir ningún otro ingreso, respecto al sueldo que perciban al momento del pago del aguinaldo”, según la revista Expansión.
Para los trabajadores que laboraron el año completo en una empresa, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) refiere que lo primero que deben hacer es calcular su salario diario.
Para lograrlo, deben dividir su sueldo mensual entre 30, es decir, los días del mes. Una vez que tengan el resultado, lo deben multiplicar por 15, que son los días de salario que deberán recibir. El resultado es el mínimo que deberán depositarle de aguinaldo.
Los trabajadores eventuales deben recibir la parte proporcional del tiempo laborado, ya que la LFT no hace distinción alguna que excluya a un trabajador de esta prestación.
“Respecto a los trabajadores con menos de un año laborando, para obtener el aguinaldo que les corresponde, deben dividir entre el total de días del año, es decir, entre 365 días, y posteriormente multiplícalo por los días trabajados”, informa Milenio.
Los trabajadores que no laboraron el año completo deben dividir su salario mensual entre 30. La cifra que obtengan multiplicarla por 15. Después dividir el resultado entre 365 y el resultado multiplicarlo por los días laborados.