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Uso recreativo de la marihuana está a tres amparos de "legalizarse"

  • La Silla Rota
La SCJN declara de nuevo inconstitucionales 5 artículos de la Ley General de Salud que prohíben la marihuana.

De concederse tras amparos más y ninguno en contra sobre el uso recreativo de la mariguana, se activaría un proceso de declaratoria general de inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben de manera absoluta el consumo de esta droga.

"Perdamos el miedo. Hay suficientes evidencias en el mundo del enorme valor que tiene el cannabis", dijo el expresidente Vicente Fox al destacar el alto potencial para los sectores de salud, legal, cultural, social y economía, durante la presentación de Canna México World Summit, a celebrarse el 30 y 31 de mayo.

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El primer fallo de 2015 abrió la puerta para que la Suprema Corte analizara proyectos similares y, a su vez, crear jurisprudencia. La jurisprudencia se crea tras cinco ejecutorias (sentencias) en el mismo sentido y ninguno en contra. La jurisprudencia hace las veces de ley.

Con 8 votos de los 11 integrantes del Pleno de la Corte estarían en posibilidad de invalidar los artículos que prohíben el uso de la marihuana con fines lúdicos y crear la jurisprudencia.

EL NUEVO AMPARO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió este miércoles el segundo amparo en favor del uso recreativo de la marihuana.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la SCJN aprobó un proyecto que reitera la inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben de manera absoluta el consumo de esta droga.

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El nuevo amparo fue otorgado al litigante Ulrich Richter, quien tendrá permiso para cultivar y consumir su propia marihuana, sin que pueda hacerlo con fines comerciales. El primer amparo que concedió la sala fue en noviembre de 2015 a un grupo de cuatro personas.

La Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) será la autoridad responsable de otorgar el permiso a Richter, luego de que se lo negó días después de que la Corte falló el primer caso.

Ante este nuevo amparo, la presidenta de la Primera Sala, Norma Piña, tendrá que notificar al Congreso de la Unión sobre la existencia de estos precedentes, y con tres más, se activaría el proceso de declaratoria general de inconstitucionalidad.

Estos amparos no despenalizan los actos relacionados con la marihuana, y la Corte fue enfática en aclarar que no ha hecho pronunciamiento alguno sobre tipos penales ni conductas criminales, ya que los quejosos solo pidieron un permiso administrativo.

La posesión de drogas para fines de consumo "personal e inmediato" fue despenalizada por el Congreso en 2009, aunque eso no quiere decir que fue legalizada, sino solo que el Estado renunció a sancionar una conducta ilegal por la vía penal.

Con información de La Silla Rota

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