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Estas son las impugnaciones que suma la Ley de Seguridad Interior

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La Corte notificó ayer miércoles la recepción de dos acciones de inconstitucionalidad y dos controversias constitucionales más

La Ley de Seguridad Interior, que regula la actuación de las Fuerzas Armadas en el combate a la delincuencia, ya suma nueve demandas ante la Suprema Corte de Justicia.

La Corte notificó ayer miércoles la recepción de dos acciones de inconstitucionalidad y dos controversias constitucionales, que se suman a cinco presentadas la semana pasada.

Las acciones fueron promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro, mientras que las controversias las formularon la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y el Municipio de Parral, Chihuahua.

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Previamente, la Corte recibió acciones presentadas por minorías de las cámaras de Diputados y Senadores, y por el Instituto Nacional de Acceso a la Información, así como por el partido Movimiento Ciudadano, aunque ésta última fue desechada por notoria improcedencia por el Ministro Jorge Pardo Rebolledo.

Pardo ya admitió a trámite la acción de los diputados de Oposición, así como otra controversia del Ayuntamiento de San Pedro Cholula, Puebla.

En 2017, la Constitución de la Ciudad de México se convirtió en la norma más impugnada ante la Corte, pues fue objeto de 12 acciones y controversias, varias de las cuales aún no han sido resueltas.

En los litigios contra la Ley de Seguridad Interior, el punto central será determinar si el Congreso tenía facultad Constitucional para legislar en la materia de seguridad interior, en particular para regular la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.

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Si la Corte considera que el Congreso sí podía legislar, analizará casi todos los artículos de la ley, que los inconformes impugnan por considerarlos contrarios a la Constitución y tratados internacionales sobre derechos humanos, así como por invadir atribuciones municipales.

La Corte no tiene plazo para resolver, y para cualquier invalidez será necesario el voto de ocho de los once ministros, candado que en casos relevantes recientes ha sido muy difícil de superar para el Pleno del máximo tribunal.

La Constitución prevé que el Ejecutivo o alguna cámara del Congreso pueden solicitar a la Corte el trámite prioritario de las acciones, lo que hasta ahora no ha sucedido.

Con información de Reforma | Con información de La Silla Rota

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