• Estado

Ignorancia legislativa criminaliza a personas con VIH en Veracruz

Organizaciones internacionales ponen los ojos en Veracruz e instan a la SCJN declarar inconstitucional reforma aprobada en Congreso Local.

La organización internacional Red Justicia por VIH en Todo el Mundo ha puesto sus ojos en Veracruz, y junto con otras organizaciones, busca echar abajo una reforma al Código Penal aprobada por el Congreso Local, e impulsada por la diputada del PVEM, Mónica Robles Barajas.

El 4 de agosto de 2015, los diputados locales aprobaron una reforma al Código Penal de la entidad, en donde se establece que personas que contagien el virus del VIH puedan ser detenidos, consignados y encarcelados.

La propuesta fue impulsada por la diputada del PVEM, Mónica Robles Barajas, bajo el argumento de que la iniciativa aprobada busca dar respaldo a las mujeres que frecuentemente se contagian por culpa de sus esposos, los cuales continúan teniendo relaciones con ellas pese a estar contagiados.

“Una mujer difícilmente le puede pedir a su marido que se ponga un condón”, ha señalado la legisladora.

Red Justicia por VIH en Todo el Mundo, Proyecto Sero, Red Mundial de Personas Viviendo con VIH de Canadá y Estados Unidos, no piensan igual. Y han presentado una carta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que exhortan al máximo tribunal del país a que declare inconstitucional dicha reforma que sólo contribuyen a criminalizan a los portadores.

Mexico Supreme Court Letter Sept 2016 by informacion-5 on Scribd

Ignorancia legislativa criminaliza a personas con VIH

Para Patricia Ponce, profesora y especialista del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS-Golfo) la reforma impulsada por Mónica Robles vulnera derechos fundamentales como la no discriminación.

"Las leyes que criminalizan a portadores de VIH no erradican el crecimiento del problema ni protegen a las mujeres de contraer el virus", plantea la investigadora, y enseguida, presenta el siguiente escenario:

"El marido le transmite el VIH a la mujer,  luego apoyado con esta reforma va ante las autoridades y dice que es su esposa la que se le transmitió el VIH (¿Cómo determina la justicia quien lo transmitió a quién?) No hay manera de comprobar quién lo transmitió”.

Ponce, integrante del Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS del estado de Veracruz, añadió que esta clase de leyes además de incrementar la discriminación y la criminalización  de las personas con VIH, también socavan las medidas preventivas para evitar nuevos contagios.

Las personas se cuestionan: “¿Para qué me hago una prueba rápida? si me detectan me pueden meter a la cárcel”.

Para la investigadora una propuesta como la de Mónica Robles -quien es originaria de Coatzacoalcos, uno de los municipios con mayor número de casos de VIH en el estado- sólo puede entenderse desde la ignorancia, porque no contribuye a detener el crecimiento de la epidemia, contraviene normas mexicanas, y promueve la discriminación

"Antes de haber esa reforma debieron leer las normas internacionales, ahí está muy claro: no hay que criminalizar, lo que hay que hacer es crear condiciones con presupuestos para que la gente se prevenga, se proteja".

Criticó que en un estado que tiene el tercer lugar nacional en Sida y segundo en mortalidad, además de que tiene la tasa más alta en mujeres y niños con VIH, tenga diputados que criminalicen a la población con VIH.

“Los diputados  locales (fue propuesta por Mónica Robles pero recibió el consenso del pleno) con corresponsables de que la epidemia esté en las dimensiones en que se encuentra en Veracruz".

Veracruz es uno de los estados de al República Mexicana con el mayor número de casos de VIH, con la segunda tasa de mortandad más alta, y donde los nuevos casos de contagio son más frecuentes.

"Los legisladores no solo no respetan la ley 306 que mandata que se generen políticas públicas sino que cada año se niegan a dar presupuesto etiquetado para generar prevención,  y tampoco supervisan que el dinero que llega de la federación salga de las arcas y se aplique. Entonces, un poco de vergüenza deberían tener".

“Congelado” recurso de inconstitucionalidad de la CNDH

El 4 de agosto de 2015, el Congreso Local aprobó una modificación al artículo 158 del Código Penal de la entidad, a partir de la cual se adicionó el término ITS -que no estaba considerado originalmente en el documento- y se estipularon sanciones –las más severas de todo el país- para quien contagie la enfermedad de manera intencional.

“Artículo 158. A quien padezca infecciones de transmisión sexual u otras enfermedades graves y dolosamente ponga en peligro de contagio a otra persona, se le impondrán de seis meses a cinco años de prisión y multa hasta de cincuenta días de salario. El juez dispondrá lo necesario para la protección de la salud pública”, cita la Gaceta Oficial.

En respuesta, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la reforma al Artículo 158 del Código Penal de Veracruz, bajo el argumento de que contraviene derechos humanos fundamentales contemplados en la constitución Mexicana.

En el recursos de inconstitucionalidad se argumenta que el 14 de agosto de 2001 fue reconocido como derecho constitucional, el derecho a la no discriminación, a partir de una reforma al artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En esa reforma, se adicionó un nuevo párrafo que dispuso la prohibición de cualquier acto que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Y se expone que “en contraste el artículo 158 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, dispone que a quien padezca infecciones de transmisión sexual y dolosamente ponga en peligro de contagio a otro, se le impondrán pena de prisión y multa.

“Por tanto dicha norma se estima violatoria del derecho a la no discriminación, específicamente de la discriminación por condiciones de salud, ya que la tipificación de la conducta descrita diferencia a las infecciones de transmisión sexual (ITS) de otras enfermedades graves, por tanto acentúa la conducta típica para el grupo de la población que padezca alguna ITS, sin que para esta diferenciación exista justificación”, considera como uno de sus argumentos primordiales la CNDH.

A un año de presentar aquel recurso de inconstitucionalidad, Ponce junto con organizaciones internaciones promovieron un exhorto a la SCJN, pues el fallo sobre el tema todavía no llega.

“Nosotros apelamos a la máxima autoridad federal y son ellos los que tienen que analizar la situación y otorgar la inconstitucionalidad, buscamos que con ello queda derogada la reforma del Congreso”.

Las organizaciones confían que la presión internacional pueda agilizar el fallo de la SCJN a favor de los derechos de los portadores del virus.

Gaceta Legislativa Veracruz by informacion-5 on Scribd