- Elecciones
Tribunal Electoral anuló la elección del distrito de Cosoleacaque
Xalapa, Ver. El Tribunal Electoral de Veracruz determinó la anulación de la elección en Cosoleacaque por falta de certeza en los resultados.
Al resolver como fundados los agravios que denunció el Partido Revolucionario Institucional y la candidata a diputada Carla Enríquez Merlín en la elección del distrito 26 de Cosoleacaque, el TEV acordó, con dos votos a favor, la anulación del proceso en ese distrito.
Por ello, se revoca la constancia de mayoría que se le dio a la candidata de Morena, Rocío Pérez Pérez.
Los agravios fueron asentados bajo los numerales
RIN 114/2016 y RIN 117/2016.
En base a ellos, el magistrado Javier Hernández Hernández puso a consideración el procedimiento, mismo que secundó el presidente del tribunal, Roberto Eduardo Sigala Aguilar; solamente el magistrado José Oliveros Ruíz votó en contra.
Debate
Los magistrados a favor consideraron que el manejo de paquetes electorales no da certeza de los resultados que aparecieron en la elección.
Entre ellos destaca la localización de paquetes en una bolsa, lo que genera incertidumbre del estado que guardaban, no permite esclarecer el manejo debido y por ende deriva en falta de certeza, "por lo que no se pudiera reflejar la voluntad de ciudadanos".
Además, indicaron que no hubo medidas de seguridad por parte del OPLE, pues se tiene por acreditadas varias irregularidades que inciden en el resultado de la elección y son determinantes para el recurso de nulidad.
Consideraron también que no existe certidumbre de resguardo de la paquetería electoral, ya que existe evidencia de que al menos un paquete electoral no estaba en la bodega sino en la oficina de una consejera.
La ponencia estuvo a cargo del magistrado Javier Hernández, quien expresó que a la fecha se han resuelto la mayoría de recursos de inconformidad pero la elección del distrito de Cosoleacaque fue la más compleja.
"La autoridad electoral debe garantizar lo externado por ciudadanos el día de la jornada electoral; en el caso concreto voy a partir de los hechos probados, esta probada la elección del cinco de junio.
"Esta probadó que conforme a los recibos de paquete electorales que la autoridad electoral no remitió, el consejo distrital sí recibió de parte de ciudadanos los 369 paquetes electorales",
Sin embargo, agregó, el problema aconteció después de la jornada electoral: en esto la autoridad tenía la obligación de resguardar los paquetes electorales para evitar sospecha e incertidumbre.
Enumeró hechos en el distrito de Cosoleacaque como ausencia de presidenta del consejo distrital y después de la presentación de la nueva presidenta se encontraran documentos electorales que no debían estar ahí.
Indicó que no hubo ningún acta circunstanciada de lo que aconteció después de la jornada electoral, por lo que las autoridades no actuaron en estricto apego a derecho.
"No encontramos actas circunstanciadas de lo que aconteció después del cinco de junio, lo que llama la atención el actuar de autoridades en este tema, actúan de manera discrecional, irracional e inobservando la normatividad".