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En controversia nuevo reglamento de Tránsito y Seguridad Vial
Xalapa, Ver.- El Reglamento de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz, publicado en días pasado en la Gaceta Oficial del Estado, genera controversia en varios sectores ciudadanos, que incluso amenazan con ampararse.
Los artículos donde se pretende regular el permiso de la vía pública informando hasta con seis horas de anticipación el uso de espacios, la reglamentación para peatones y a bicicletas, causa señalamientos.
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, cuestionó la propuesta y también lo hicieron miembros de La Liga Peatonal y del Colectivo Ciudad a Pie.
Es un retroceso a la libertad de expresión
En su pronunciamiento, Sofía de Robina, integrante del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, adheridos al Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social, reconoció que el reglamento de la ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz es un retroceso a la libertad de expresión.
En entrevista telefónica, aseguró que lo que promueve el Gobierno del Estado, a través de la Secretaria de Seguridad Pública (SSP), contraviene la constitución y podría derivar en amparos ciudadanos.
Incluso, dijo, la propia Comisión Estatal de los Derechos Humanos, debería promover una acción de Inconstitucionalidad porque el reglamento violenta los derechos a manifestar y transitar en la vía pública.
“A nosotros nos causa mucha preocupación esta tendencia en diferentes estados, para promover este tipo de leyes, en este caso reglamento (...) que limita el espacio público y el derecho a la libre protesta, lo que genera este tipo de reglamentos es una inhibición para participar en este tipo de actos”.
Comentó que les preocupa el hecho de que se para poder participar en una manifestación se debe dar aviso seis hora antes a las autoridades locales, ese tema, insistió, se podría interpretar como un acto restrictivo.
Y es que se establece la obligación de no transitar de manera invasiva en la vía pública, lo que podría derivar en el uso de la fuerza pública, “y esto se podría mal interpretar”.
El comunicado que emitió el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social, establece que otros artículos del reglamento que son violatorios de los derechos humanos son el artículo 273 que prohíbe a los peatones cruzar intempestivamente la vía pública, así como alterar el orden, la seguridad pública, el tránsito y la seguridad vial.
El artículo 277 del Reglamento que establece que todo peatón que transite en la vía pública deberá hacerlo por su extrema derecha, y tendrá además la obligación de portar una identificación con fotografía, en la cual se señale la dirección de su domicilio.
Dicho artículo es abiertamente violatorio al derecho a la movilidad o libre tránsito. La Constitución, en su artículo 11, prohíbe la necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes para transitar libremente por el país.
En el caso del artículo 333 del reglamento, se establece arrestos administrativos y otras sanciones por conductas como ofender e inferir ultrajes a la autoridad; alterar el orden, la seguridad pública, el tránsito y la seguridad; impedir que policía realice su trabajo; por “no transitar por la acera, banqueta, paso peatonal y en general por la vía pública por su extrema derecha, impidiendo u obstaculizando el paso de los demás usuarios”, así como por invadir vía publica de manera intempestiva, entre otras.
Se criminaliza al peatón: Colectivos ciclistas
Por su parte, la Liga Peatonal y el Colectivo Ciudad a Pie, señalaron que se criminaliza al peatón que no cruce por intersecciones o zonas marcadas para cruce de peatones, dando por hecho que la infraestructura peatonal se encuentra en las condiciones ideales para efectuarlo.
“Valdría la pena realizar un análisis a detalle sobre el estado de dicha infraestructura; sorprendería a muchos encontrar que a pesar de la existencia de cebras peatonales en la mayoría de las vialidades, varias se encuentran localizadas en condiciones irrisorias e incluso peligrosas”, dijo Anahí Yopihua de la Liga Peatonal.
Cuestionó que es contradictorio obligar al uso de los puentes peatonales y amonestar a quien no ayude a usarlos, y por otro lado estipular que la Dirección tiene la obligación de construir o reconstruir las condiciones para que senescentes y personas con discapacidad transiten de manera fácil y segura.
“Mejor nos vamos olvidando de los puentes peatonales y vamos construyendo condiciones universales para que cualquier persona pueda transitar de manera sencilla y sin correr peligro”, dijo.
Advirtió que entre las disposiciones más absurdas, se encuentran los capítulos de las obligaciones y prohibiciones a los peatones: “Se obliga a transitar siempre del lado derecho de las aceras para no entorpecer el paso de otros, y se prohíbe transitar con cargas que impidan el libre movimiento, así como el hecho de utilizar el espacio público para juegos. Estas imposiciones transgreden los derechos de las personas a la accesibilidad universal y en general el derecho a la ciudad”.
Señaló que el reglamento señala como obligatorio para los ciclistas circular únicamente por la superficie de rodamiento y se le prohíbe el tránsito sobre banquetas y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones.
Lo cual también es contradictorio, pues no existen aún ciclovías en ninguna ciudad del estado “el imponer ciertas obligaciones como ésta no favorece la elección de dicha opción, porque a la mayoría de las personas empieza practicando en plazas y áreas peatonales amplias mientras adquiere confianza en el dominio de su bici”, dijo.
Advirtió que mucho se presume el privilegio al peatón y la evolución hacia una mejor movilidad urbana, pero el ahora vigente Reglamento de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz, tampoco se ha trabajado en coordinación con otras dependencias del mismo Gobierno del Estado.
Avc