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Intervendrá INE cuentas del PT y Partido Humanista
El Instituto Nacional Electoral (INE) inició el procedimiento de “precaución” para los partidos políticos que posiblemente pierdan el registro, en el que nombrará interventores que controlen los activos, pasivos y cuentas bancarias del PT y Partido Humanista.
El pasado domingo se notificó al Partido Humanista que este lunes tenía que presentarse su representante para sortear, de una lista de cinco posibles interventores, al liquidador que se hará cargo de las cuentas, en tanto el Tribunal Electoral concluye la resolución de quejas.
Sin embargo, ningún representante del partido se presentó por lo que el instituto apercibió al partido para que, a más tardar este martes, se lleve a cabo la reunión para sortear en su presencia el nombre del interventor.
De no acudir a la cita, el INE informó al partido que realizará el sorteo y le notificará el nombre de quien se hará cargo de las finanzas del partido.
En tanto, ayer por la mañana se notificó al PT que la reunión con la Comisión de Fiscalización se realizará el martes por la tarde.
De acuerdo con una nota del periódico Excélsior, el consejero Benito Nacif explicó que el proceso de liquidación dará inicio una vez que el Tribunal Electoral haya desahogado las impugnaciones y dé a conocer oficialmente la votación válida emitida que resulte después de desahogar las quejas.
Hay que recordar que al Partido del Trabajo le faltan poco más de tres mil votos para alcanzar 3% de la votación, lo cual lo salvaría de perder el registro como partido político.
Si al desahogar las quejas el tribunal anula casillas que indirectamente beneficien la votación para el PT, podría alcanzar 3% de la votación válida emitida y con esto mantener su registro.
El artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos establece que si un partido no obtuvo 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones federales (diputados, senadores, Presidente) pierde su registro.
Será la Junta General Ejecutiva del INE la que tiene que emitir la declaratoria de pérdida de registro, basándose en los resultados del cómputo de los votos realizados por el instituto, y las resoluciones del Tribunal Electoral. Esta declaratoria tiene que publicarse en el Diario Oficial de la Federación (artículo 95).
Una vez que los cómputos del INE arrojan que un partido está en posibilidad de perder el registro, se inicia un procedimiento precautorio que está establecido en el artículo 97.
Este procedimiento consiste en sortear de una lista de cinco interventores certificados por la Secretaría de Hacienda, un encargado de intervenir las cuentas del partido en cuestión.
La Comisión de Fiscalización es la encargada de hacer el sorteo y de notificar al partido el nombre del interventor.
A partir de ese momento el interventor tendrá que autorizar al partido cada gasto que realice hasta que se declare si perdió o no el registro.
Cuando la junta haga la declaratoria de pérdida del registro, el interventor emitirá la notificación al Diario Oficial de la Federación y se encargará de determinar las obligaciones, laborales, fiscales, proveedores y acreedores que tenga el partido en liquidación.
También determinará el valor de los bienes del partido y procederá a la venta de los mismos para contar con el efectivo necesario para liquidar en primer lugar a los empleados, en segundo lugar las obligaciones fiscales y en tercer lugar lo que se deba a proveedores y acreedores.
Si existieran recursos remanentes una vez liquidados los rubros anteriores, el dinero se regresará a la Federación.
Piden al INE resolver queja sobre uso indebido de datos personales
El Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Inai) se declaró incompetente para resolver las quejas sobre el presunto uso indebido de datos personales por parte del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y las turnó al Instituto Nacional Electoral (INE) para que se haga cargo.
En cuatro expedientes, cuya copia posee este diario, diversos ciudadanos piden al Inai (antes Ifai) su intervención para investigar el tráfico de datos personales del Verde Ecologista, quien les envío propaganda y tarjetas hasta su domicilio y los catalogó como militantes de ese partido sin su consentimiento.
Sin embargo, el Inai, encargado de la protección de datos personales a nivel nacional, manifestó que no era de su competencia investigar si un partido viola la legislación en la materia o utiliza los datos de los ciudadanos para otros fines.
Según otra nota del diario 24 Horas, al declararse incompetente el Inai, las denuncias fueron enviadas a la Unidad Técnica de la Contencioso Electoral, que abrió los siguientes procesos: INE/DJ/625/2015; INE/DJ/626/2015; INE/DJ/627/2015; INE/DJ/662/2015 y INE/DJ/663/2015.
De acuerdo con la solicitud de información UE/15/02313, el Inai abrió cuatro procedimientos contra el Verde Ecologista y los canalizó al INE con el argumento de que no tiene atribuciones para investigarlo o sancionarlo.
Los asuntos que el Inai pidió investigar al Instituto Nacional Electoral fueron enviados a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, la cual se encargará de elaborar un dictamen y presentarlo al Consejo General para su Votación.
Para el INE, “el desarrollo de las actividades de los partidos políticos deben realizarse respetando los derechos de los ciudadanos, entre otros, el derecho que toda persona tiene a la protección de sus datos personales, lo que implica implementar mecanismos para garantizar el debido cuidado y tratamiento de la información que recaban, ya sea de sus militantes, simpatizantes o adherentes, o bien, derivado de la celebración de un acto jurídico o en general de cualquier vínculo por el que obtengan dichos datos”.
De acuerdo con el órgano electoral, en caso de ser necesario pedirán la colaboración de la Fiscalía para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) debido a que el mal uso de datos personales del Padrón se considera delito electoral.
“Respecto a qué procede si el Partido Verde está haciendo mal uso de datos personales, se le remite a La Ley General en materia de Delitos Electorales, la cual señala que se impondrá́ de sesenta a doscientos días multa y prisión de tres a siete años a quien altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal archivos o datos de cualquier naturaleza, relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores” (LGIPE), a la normatividad aplicable en materia de transparencia y datos personales, así́ como el Reglamento Interior de este Instituto, se estima que el órgano garante no es competente para conocer de la misma, razón por la cual se remite a fin de que se analice su contenido y, en su caso, se inicie el procedimiento sancionador”.