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Sólo a contribuyentes cumplidos se aplicará subsidio de tenencia

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Este primero de enero entra en vigor el decreto 316, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, en su número extraordinario 520.

Xalapa, Ver.- (AVC) Este primero de enero entra en vigor el decreto 316, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, en su número extraordinario 520, que permite el subsidio al 100 por ciento del pago del impuesto de la Tenencia Vehicular o Uso de Vehículos.

Sin embargo, la Sefiplan no tiene disponible en su portal de internet, http://www.veracruz.gob.mx/finanzas/seccion/servicios/ datos básicos cómo los requisitos para el pago del derecho vehicular, o el listado de centros de verificación que cuentan con engomados vigentes, para poder acceder al beneficio fiscal, pues se está en proceso de cambio del sistema para revisar la emisión de gases.

Los requisitos mínimos para obtener el subsidio son:

I. Que al momento de aplicar el beneficio, el vehículo se encuentre dado de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes;

II. Que el propietario del vehículo realice oportunamente y en el ejercicio respectivo, el pago de los derechos de control vehicular a su cargo, en términos de lo señalado por las leyes de la materia, que tiene un costo de 10 salarios mínimos, es decir, 700 pesos.

III. Que el propietario se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales estatales y federales coordinadas al momento de recibir el beneficio, en relación al vehículo en cuestión; y

IV. Que el propietario del vehículo cuente con los valores de tránsito vigentes y actualizados al momento de aplicar el beneficio.

Lo anterior, implica estar dado de alta ante hacienda estatal, no tener adeudos de otros ejercicios fiscales de impuestos o derechos, haber reemplacado la unidad en el 2010 y contar con la verificación vehicular.

Apenas el pasado 30 de diciembre entró en vigor la modificación al código de derechos que obliga al cobro de un certificado de no adeudo, que tendrá un costo de 700 pesos.

El pasado viernes 26 de diciembre se publicó un decreto en la Gaceta Oficial del Estado, en el número extraordinario 516 que permite que la verificación vehicular -con nuevo equipo tecnológico- entre en vigor en junio del 2015.

Y establece en su artículo Tercero: que durante el periodo de transición objeto del presente Decreto, continuará vigente la obligatoriedad de la verificación vehicular en el estado de Veracruz, aplicándose únicamente la prueba denominada "Estática”.

Eso obliga a acudir a los centros de verificación que aún están en funciones, aunque en muchos ya no hay engomados que deben ser proporcionados por la Sefiplan o están sin operar, pues estaban obligados a su desaparición al no cumplir con los nuevos requisitos de ley.