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Municipios pueden sancionar maltrato a los animales: legisladores
Xalapa, Ver.- El Congreso del Estado legislará para que la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Veracruz contemple el actual vacío legal en el sentido de que no especifica lugares donde está y no permitida la celebración de peleas de gallos y corridas de toros, informó el diputado local Jesús Vázquez González, quien propone un trabajo legislativo que responda a esta necesidad.
El Presidente de la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua recordó que, de acuerdo con el Artículo 2, de la Ley numero 876 capítulo I de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, quedan excluidos de la aplicación de este ordenamiento diversos espectáculos.
Entre éstos se mencionan la tauromaquia, circenses, peleas de gallos, faenas camperas, las carreras de animales, actividades relacionadas con el deporte de la charrería, jaripeos, pamplonadas, granjas cinegéticas, unidades de manejo ambiental (UMAS) y demás permitidas por la Ley. Añadió que el Congreso del Estado, a través de la comisión dictaminadora que encabeza, busca ampliar la protección de los animales.
El legislador advirtió dicho vacío legal, ya que no existe ordenamiento alguno en el estado que especifique dónde pueden llevarse a cabo peleas de gallos y corridas de toros y dónde no. Vacío que puede derivar en situaciones que generan confusión o controversia.
Por su parte, el diputado Jesús Alberto Velázquez Flores dijo que la facultad del Congreso estatal es lograr un esquema de protección que prohíba los espectáculos violentos en el ámbito estatal y buscar armonizar los reglamentos municipales con la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Veracruz.
En materia de protección animal –señaló–, los municipios tienen la facultad de crear y aplicar sus propios reglamentos, y en el caso específico de Boca del Río, el ayuntamiento procede conforme a Derecho para aplicar las sanciones correspondientes, luego de que en la tienda Walmart se realizara una pelea de gallos, en días pasados.
Ambos legisladores reconocieron la necesidad de una reforma, ya que la ley estatal permite algunas prácticas, pero los ayuntamientos, en virtud de esta facultad, pueden prohibir ciertos espectáculos, y pusieron como ejemplo el caso del municipio de Xalapa, donde se prohíbe el maltrato de animales en circos, mas no su participación en éstos.
En el caso suscitado en el centro comercial de Boca del Río, se debe aplicar lo que señala el Código Penal y el reglamento municipal. Con las acciones que dicho ayuntamiento ya realiza –expusieron–, puede prohibir estas acciones y la empresa sería acreedora a una sanción administrativa y de tipo penal por maltrato animal.
El 2 de abril de este año, el diputado Velázquez Flores presentó una Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal del Estado, para tipificar como delito los actos de maltrato o crueldad hacia los animales e imponer de dos a cinco años de prisión y multas de 200 a 400 días de salario mínimo a quien incurra en este ilícito.
La propuesta adiciona un párrafo al artículo 78, el título XXIII, que contiene los “delitos contra la protección a la fauna”, y los artículos 374, 375 y 376 del Código Penal para el Estado, busca proteger a los animales y estipular las sanciones correspondientes para quienes incurran en este delito.