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Imponen cinco frenos a la comida chatarra
Antimio Cruz / La Silla Rota
Botanas, refrescos, chocolates y confitería son los alimentos y bebidas que más controles o frenos recibieron en México como parte de la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes, publicada por el gobierno de de la República en octubre de 2013 y que comenzó a aplicarse por fases entre enero de 2014 y julio de 2015.
A esos productos procesados se les han asignado cinco tipos de control: elevación de impuestos, prohibición de su venta en escuelas, prohibición para anunciarse en TV y Cine en horarios infantiles, uso obligatorio de etiquetas que informen su contenido calórico, negativa a otorgarles el Sello Nutrimental que distinguirá a los alimentos procesados más nutritivos.
Conocidos popularmente como “comida chatarra”, las golosinas y botanas son identificadas por la Secretaría de Salud como “alimentos de alto contenido calórico” y “alimentos de bajo aporte nutrimental”. El gobierno de la República intervino por primera vez en el control de su venta después de muchos años en que era la industria de alimentos la que se autorregulaba, pero de una manera que no ayudó a prevenir la actual epidemia de sobrepeso y obesidad que afecta al país.
Según la Encuesta Nacional de Nutrición 2012, elaborada por la Secretaría de Salud, el 70% de los adultos mexicanos tiene sobrepeso u obesidad, al igual que el 60% de los niños, además de que 9% de la población tiene el trastorno metabólico más grave que es la Diabetes.
La misma Encuesta Nacional de Nutrición de 2012 calcula que existen 10 millones 800 mil mexicanos con diabetes, que requieren gastar aproximadamente 9 mil 400 pesos anuales en medicamentos, en promedio. Pero además, entre ese grupo de personas con diabetes hay un número cercano a los 100 mil que ya presenta daño en los riñones y debe ser sometido a diálisis varias veces a la semana, lo que implica un gasto de 117 mil 833 pesos anuales, en promedio, según cifras de la Secretaría de Salud.
Ante esta epidemia, que representa un gasto en salud superior a 50 mil millones de pesos anuales, se han establecido fuertes medidas de regulación sanitaria y fiscal, que se comenzaron a aplicar de manera gradual.
IMPUESTOS
1 de enero de 2014. Fue la fecha en que entró en vigor un nuevo marco de impuestos para los alimentos de alto contenido en grasas, sales y azúcares.
El cambio fiscal contempla aplicar un Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de 5% a nueve categorías de alimentos con alta densidad calórica. Además estableció un gravamen con una tasa del 10% a la enajenación e importación de determinados productos cuya ingesta se encuentra asociada al sobrepeso y obesidad, con el fin de desalentar su consumo, detalla el documento.
El gravamen de 5% se aplica a los alimentos que aporten 275 kilocalorías o más por cada 100 gramos, entre los que se contemplan frituras, productos de confitería como los dulces y gelatinas, chocolates y productos derivados del cacao, flanes y pudines, y cremas de cacahuate, entre otras.
Este cambio fue criticado por la industria de alimentos procesados, aunque finalmente tuvo que acatarlo.
"Se trata de una iniciativa regresiva que afecta sensiblemente el bolsillo de todos los mexicanos; en especial a las clases menos favorecidas", dijo la directora general de Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo (ConMéxico), Lorena Cerdán, quien afirmó que en el caso de aplicar IEPS a estos productos se incluyó al 25% del Catálogo de Productos para la Alimentación y Nutrición del Programa de Abasto Rural de Diconsa, según la directiva.
VENTA EN ESCUELAS
1 de marzo de 2014. Aunque desde el año 2010 la Secretaría de Salud intentó adoptar nuevas reglas o lineamientos para frenar la venta de productos de alto contenido calórico en escuelas, fue hasta marzo de 2014 cuando esto se volvió un mandato constitucional, como parte de la Reforma Educativa. Después de desprendieron lineamiento o reglas que han comenzado a aplicarse en las escuelas y que deberán estar totalmente en vigor en el próximo ciclo escolar 2014-2015.
La aplicación se esta medida ha sido difícil no sólo por la enorme presencia que tenían las botanas, refrescos, chocolates y confitería en las escuelas, sino porque hay baja disponibilidad de alimentos limpios y sanos en muchos planteles educativos del país, como señaló en su momento el doctor Juan Rivera Donmarco, investigador del Instituto Nacional de Salud Pública.
A la poca disponibilidad de alimentos saludables para las escuelas se unió también la falta de capacitación a profesores, directivos y padres de familias sobre los alimentos qu mejor contribuyen a la salud de sus hijos.
Con la reforma legal de marzo de 2014 se otorga una responsabilidad a los Consejos Escolares de Participación Social, presentes en cada escuela, para capacitarse y poder ofrecer un paquete de alimentos saludables, así como regular la venta indiscriminada en las escuelas.
La Secretaría de Salud afirma que en un trabajo conjunto con la Secretaría de Educación Pública, se envió a Cofemer los nuevos lineamientos para refrigerios, desayunos y comidas que se vendan en las escuelas, los cuales ya están sujetos a consulta pública durante 20 días y posteriormente se publicarán en el Diario Oficial en marzo.
Dichos lineamientos para el expendio de alimentos y bebidas establecen sanciones económicas hasta cinco mil veces el salario mínimo vigente, y son aplicables a escuelas públicas y privadas que no ofrezcan alimentación adecuada. Además establecen los niveles nutrimentales, lista de alimentos para que se lleve a cabo una alimentación correcta.
SELLO NUTRIMENTAL
16 de abril de 2014. El gobierno mexicano creó una nueva medida para distinguir a los alimentos que tienen mejores aportes de nutrición para los ciudadanos: el Sello Nutrimental, que es un círculo de color verde que se coloca en la parte frontal de los productos procesados para informar que su preparación e ingredientes pueden ser un apoyo para la salud de los consumidores.
El sello se puede otorgar a aquellos productos alimenticios que han demostrado en laboratorio tener alto valor nutrimental. Hasta el día de ayer se habían presentado ante la Secretaría de Salud 97 solicitudes de alimentos y bebidas procesadas para recibir este sello de calidad. De ese conjunto de solicitudes se habían aprobado 9, rechazado 11 y continúan en análisis 77.
El Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Arriola, informó en conferencia de prensa que ese sello no será otorgado el Sello Nutrimental, “en ningún caso y bajo ninguna circunstancia a refrescos, chocolates, confituras ni botanas, toda vez que son productos de alta densidad calórica”.
En esa misma conferencia se presentó un video de la Secretaría de Salud que indica que si no se controla el avance de la obesidad, el sobrepeso y la diabetes, la esperanza de vida promedio de los mexicanos se reducirá de los actuales 75 años a sólo 68 años.
PUBLICIDAD
15 de junio de 2014. A partir de ese martes dejaron de transmitirse en televisión y cine comerciales de refrescos, chocolates, botanas y confitería. Esta restricción se limita a los horarios de mayor audiencia infantil: de lunes a viernes entre las 14:30 y las 19:30 horas, que son los de mayor audiencia infantil. Y los días sábados y domingos, cuando los niños tienen mayor acceso a la televisión, la restricción será en horarios desde las 7:00 de la mañana, hasta las 19:30 de la noche.
Hubo muchas razones para imponer ese control, pero una de las más fuertes fue comprobar que la industria de alimentos se había comprometido a tener una auto-regulación en su publicidad dirigida a niños y no lo hizo. De hecho, al estudiar otros países se vio que los mismos industriales tenían fuertes reglas para no anunciarse ante niños en Europa, pero las mismas empresa no adoptaban controles similares en México, donde en realidad eran muy laxos o flojos.
“Hay que recordar que la Estrategia Nacional contra la Obesidad es un documento que contiene acciones en tres grandes áreas o pilares: Salud pública, atención médica y regulacióin sanitaria y política fiscal. La regulación de la publicidad dirigida a niños tiene que ver con el tercer pilar”, indicó el titular de COFEPRIS, Mikel Arriola, el día que entraron en vigor esta medidas.
Hasta el 15 de julio no existía en México ningún tipo de regulación del gobierno a la publicidad de alimentos y bebidas procesadas, todo se basaba en la auto-regulación de las empresas.
Según el responsable de COFEPRIS, la nueva regulación que prohíbe la publicidad de comida chatarra a niños evita la transmisión de poco más de 10 mil spots de alimentos ricos en grasas, azúcares y sales, lo cual es aproximadamente el 40% de los 25 mil 559 comerciales o pautas publicitarias de alimentos procesados y bebidas que se transmiten cada día.
ETIQUETAS
1 de julio de 2015. Este es el campo más complejo de acción y se le ha dado un tiempo más grande de aplicación para que las empresas puedan retirar de los anaqueles sus inventarios con el anterior etiquetado.
Las nuevas etiquetas que el gobierno ordena poner a todos los alimentos son obligatorias y no voluntarias, como ocurría anteriormente. Tienen que ir en la parte frontal del producto y no atrás, como ocurría hasta ahora.
Por último, no usarán la anterior barra de ingredientes y proporciones, que era muy confusa y se adoptó un modelo más simple de globos o glifos informativos que informan el contenido en grasas, azúcares, sales y kilocalorías que tiene el producto en ese envase que se está comprando y no en la porción teórica que cada uno debería consumir. Dicho de otro modo, la información de un refresco de tamaño familiar informará del contenido de azúcar de todo el refresco familiar y no de una porción teórica de un vaso, la cual no siempre se sirve del mismo tamaño.
Sobre este tema del etiquetado han existido críticas de organismos de la sociedad civil que han obligado al gobierno a hacer cambios sobre su proyecto original, publicado en marzo de 2014.
La Secretaría de Salud de México informó que hará una corrección a los nuevos lineamientos o reglas para etiquetar alimentos y bebidas procesados, los cuales deben ser incluidos en los productos de toda la industria de alimentos en el primer semestre de 2015.
La corrección consiste en eliminar la palabra “recomendada” en el renglón donde se informa la cantidad de azúcar que pude consumir cada día una persona sin causar daños a su salud. Esta palabra puede provocar confusión entre los consumidores, según explicó el Comisionado Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios, Mikel Arriola Peñalosa, en conferencia de prensa en el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMyNSZ).
“Ha habido muchas inquietudes sobre esta reforma en los últimos meses. Se dice que la COFEPRIS, en materia de etiquetado emitió una recomendación sobre ingesta de azúcar. Hay que aclarar hoy que la política pública en materia de etiquetado no es una recomendación. El objetivo de un etiquetado es establecer el contenido total del producto y el porcentaje que representa ese producto en una dieta diaria”, indicó Arriola Peñalosa.
“En los lineamientos que se emitieron en el primer trimestre de 2014 para detallar las obligaciones que acompañaban al decreto se incluyó una frase que decía ‘porcentaje de los nutrimentos diarios recomendado’. Esa palabra, sin duda, ha generado confusión y por eso, el día de hoy 15 de julio de 2014, se inició el proceso de modificación de los lineamientos para eliminar la palabra ‘recomendados’ y dejar atrás ese debate de que la Secretaría de Salud o la COFEPRIS estén recomendando la ingesta de determinado porcentaje de un producto. Se elimina esa palabra y seguimos adelante”, dijo el Comisionado Federal.
Más adelante, el comisionado explicó que el proceso de modificación de los lineamientos de etiquetado para eliminar la palabra “recomendado”.
“¿Cómo funciona la modificación que se envió hoy? El reglamento que se modificó en el mes de febrero por un decreto presidencial faculta a la COFEPRIS para emitir lineamientos respecto a la implementación de las medidas de etiquetado. En ese sentido la COFEPRIS emite una modificación a la palabra o al enunciado, quitando la palabra ‘recomendado’ y haciendo énfasis en que la Comisión no emite recomendaciones, ni el gobierno y eso se envía a consulta pública. El encargado de la consulta pública. En encargado de la consulta pública, conforme a la Ley Federal de Proceso Administrativo es la COFEMER, que emitirá el dictamen de no impacto o de impacto regulatorio y una vez que eso suceda, el cambio se publica en el Diario Oficial de la Federación”, informó Mikel Arriola.
Ante este cambio la reacción de los organismos de la sociedad civil fue mixta.
La Alianza por la Salud Alimentaria había denunciado en diferentes foros y conferencias que la manera como había quedado el etiquetado frontal obligatorio para alimentos y bebidas representa un riesgo para la salud pública de los mexicanos al establecer una “recomendación” de consumo diario de azúcar equivalente a 90 gramos (18 cucharadas cafeteras) cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) no recomienda el consumo de este ingrediente y establece un máximo tolerable de 50 gramos (10 cucharadas) y ha puesto a consulta reducirlo a 25 gramos (5 cucharadas).
“La decisión de retirar la palabra recomendación para la ingesta de azúcar en el etiquetado frontal es un paso importante y un reconocimiento por parte de la Secretaría de Salud de que era insostenible mantener ese criterio. La propia COFEPRIS, ante nuestras críticas, señaló que sus criterios estaban de acuerdo con los de la OMS. Con la ratificación se reconocen las mentiras de COFEPRIS presentes en boletines de esta dependencia”, señaló Xaviera Cabada, coordinadora del Área de Salud Alimentaria de El Poder del Consumidor (EPC).
También se hizo una referencia a la declaración de la Secretaría de Salud de que ningún producto alto en calorías podrá ostentar el distintivo o sello nutrimental. Esta declaración responde también a las observaciones realizadas por la Alianza por la Salud Alimentaria respecto a los criterios establecidos para que los productos puedan portar este sello nutrimental, en especial al hecho de que alimentos y bebidas que han sido gravadas con un impuesto por contribuir al sobrepeso y la obesidad cumplían con estos criterios.
“Aunque la Secretaría de Salud no ha sido específica al respecto, esta rectificación debe significar que, al menos, los productos gravados por el impuesto no podrán ostentar el sello nutrimental ni publicitarse en horarios infantiles. Una incongruencia que era también insostenible”, afirmó Katia García, investigadora en Salud Alimentaria de EPC.
“Las rectificaciones presentadas por la Secretaría de Salud en relación a los criterios de etiquetado frontal y sello nutrimental son bienvenidas, sin embargo, es necesario señalar que el tipo de etiquetado frontal elegido no es entendible por los consumidores mexicanos y que los criterios para el sello nutrimental y la publicidad dirigida a la infancia son extremadamente débiles. Lo que tenemos es una rectificación de criterios absurdos e insostenibles que veníamos denunciando, pero si realmente queremos combatir el ambiente obesigénico necesitamos replantear el etiquetado frontal y los criterios del sello nutrimental y la publicidad dirigida a la infancia. Es urgente contar con criterios elaborados libres de conflicto de interés en procesos abiertos con la participación de los expertos no por las grandes empresas de alimentos como ha ocurrido con COFEPRIS”, señaló Alejandro Calvillo, director de EPC.
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