• Nación

IMDHD saluda al nuevo sistema acusatorio penal

  • Juan Eduardo Flores Mateos
Edgar Cortés, miembro del Instituto, destaca los cambios en los procesos de acusación y enjuiciamiento.

La reforma constitucional en materia de Justicia Penal que se hizo en 2008, según el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD) advierte un cambio de un sistema autoritario enfocado en el castigo a un sistema de reparo de daño, protección de víctimas y esclarecimiento de hechos.

La reforma implica cambios cruciales en los procesos de acusación y enjuiciamiento los cuales se separarán, además de que los ministerios públicos pierden la fe pública; entrará en vigor a más tardar de enero en 2016 en todos los estados del país.

Esta reforma se acompaña de la reforma constitucional y de amparo, realizada en 2010 y 2011, la cual incorpora a la altura de las leyes nacionales, los derechos humanos garantizados en la constitución y en los tratados internacionales de los que el país forma parte.

“Pasamos de un modelo piramidal donde la última palabra la decía la constitución a un sistema circular, en teoría que engloba leyes nacionales, instrumentos de derechos humanos; los jueces recitaban leyes al igual que los abogados y ahora se podrán debatir”, explicó Édgar Cortés, miembro del IMDHD.

Por ejemplo, en el artículo primero de la constitución la palabra "garantías individuales" se cambió por "derechos humanos" previstos en la constitución mexicana y en los tratados internacionales de los que son parte el país.

Esto, según Edgar Cortés va a significar una salida de la zona de confort de los jueces quienes antes no se involucraban en los casos.

Principales cambios

Actualmente el Ministerio Público es una especie de Dios que decide quién era culpable y quién no, es decir, él investigaba y juzgaba a la vez.

“El nuevo sistema penal hace una clara separación, hace un cambio total en la forma de hacer las cosas por parte de policías,  Ministerio Público, defensores y jueces. Deberá existir una clara separación de la función de investigar y juzgar tareas que actualmente concentra el MP”, aclaró Cortés.

“La acusación con esta reforma deberá estar sustentada con pruebas científicas y objetivas, las partes (acusación y defensa) tendrán las mismas posibilidades jurídicas para defender sus posturas” agregó.

“El Ministerio público integra un expediente con pruebas, testimonios y declaraciones lo que significa que lo que no esté ahí no existe, ahora defensor y MP deberán probar lo que dicen ante un juez de manera verbal”, explicó.

“Las acciones del MP son secretas, sólo las partes pueden tener acceso a ellas, ahora después de que se inicie la acción penal serán públicas, salvo con mínimas excepciones de protección de víctimas o testigos”, comentó.

Es decir, en el caso de menores de edad los juicios al menos para los medios de comunicación y público en general serán privados.

El eje rector de este nuevo sistema de justicia es que antes toda persona detenida es culpable hasta que se demuestre la inocencia, hecho que cambiará pues ahora todo mundo es inocente hasta que se demuestre lo contrario.

“Por ello las medidas cautelares serán diferentes. Actualmente la detención preventiva es el único recurso empleado, con la nueva reforma será el último, habrán otras medidas como rastreadores o restricciones para abandonar países o zonas territoriales”.

“Además la confesión es la madre de todas las pruebas, lo que fomentaba la tortura para lograrla, ahora las pruebas podrán ser verificadas por el juez y refutadas por la defensa”, agregó el especialista en la materia.

En el caso de los jueces, la novedad resulta en que podrán estar frente a los implicados y podrá escucharlos en un juicio oral. Antiguamente los juicios estaban condicionados al lenguaje abogadil y al expediente del MP, lo que cambiará.

"Lo que no estaba en la investigación del MP no existe, por la famosa fe pública, eso cambiará. Ahora la defensa podrá refutar lo que dice el MP y el MP tendrá que sustentarlo todo científicamente", explicó.

El juicio oral es una de las partes finales del nuevo sistema acusatorio penal y se decidirá en una o varias audiencias el parte para la ejecución de la sentencia o de impugnación.

“Habrá una etapa intermedia donde el juez determinará si puede haber un juicio o se puede llegar a un acuerdo entre ambas partes”, dijo Cortés.

El nuevo sistema funciona en cinco partes: etapa de investigación o preliminar, etapa intermedia o de preparación de juicio oral, etapa de juicio oral, etapa de impugnación y etapa de ejecución de sentencia.

“Lo importante es que antes no existía un plazo para que se determine el desenlace de un juicio, y ahora habrá un plazo de dos a 6 meses para que los distintos jueces determinen cuál será el desenlace del mismo”, explicó.

Además los jueces podrán estar implicados de lleno en todos los casos, lo que no pasaba pues eran los secretarios los que siempre atendían a los implicados.