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Revisarán fallo del IFT sobre empresas preponderantes
Los juicios contra los dictámenes de preponderancia emitidos por el Instituto Federal en Telecomunicaciones (IFT) siguen adelante, pero de forma parcial. Ayer fueron aceptadas parcialmente para su análisis dos demandas interpuestas por América Móvil y Radiomovil Dipsa (Telcel), respectivamente.
Según una nota del diario 24 Horas, la juez segunda Especializada en Competencia, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Silvia Cerón, estableció en su notificación que las demandas fueron rechazadas en lo que se refiere a las reformas decretadas el seis de marzo, porque no hay amparo alguno que proceda en contra de las modificaciones constitucionales.
Sin embargo, el juzgado sí aceptó analizar una de las partes de las demandas, la que se refiere a la impugnación del dictamen emitido por el pleno del IFT, que incluye la calificación como preponderantes a varias empresas y sus filiales que concentran el mercado de las telecomunicaciones.
Las empresas Móvil y Dipsa fueron notificadas sobre las demandas 41/2014 y 42/2014, respectivamente y se les fijó como fecha de audiencia el 13 de mayo, a partir de las 09:30.
“…se desecha por notoriamente improcedente la demanda de amparo, únicamente por lo que hace al acto que se indica. No obstante lo anterior, se admite a trámite la demanda de amparo, en contra de actos del Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones y de otras autoridades. Sin que deba tramitarse el incidente de suspensión”, se informó sobre los amparos.
Móvil y Dipsa se ampararon por las reformas y adiciones de ocho artículos de la Constitución Mexicana en materia de telecomunicaciones, particularmente el artículo Octavo transitorio, que fijó las reglas para la declaración de preponderancia; así como otras normas del estatuto orgánico del Ifetel, emitido el seis de marzo del 2014, a través del acuerdo P/IFT/EXT/060314/77.
A través de la listas de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal resaltan otros dos juicios de amparo, con los números el 34/2014 y 36/2014, en contra del Pleno del Ifetel y 19 artículos; sin embargo, los quejosos se reservaron sus datos personales, por lo que no se puede identificar de qué empresas se trata.
En este caso, los juicios se promovieron el pasado 28 de marzo, y ayer se les notificó una resolución similar a las de Móvil y Dipsa, porque se aceptó parcialmente la demanda: sólo por las determinaciones del Pleno del IFT, pero no sobre las reformas constitucionales.
La denominación de preponderancia, forma parte de la Reforma Constitucional en telecomunicaciones y radiodifusión, y en este caso se pretende acotar el dominio en el mercado de las empresas que conforman América Móvil para mejorar el acceso y servicios que ofrecen las compañías, y bajar los precios a través de la competencia.
América Móvil, tiene presencia en 18 países del continente, con 200 millones de usuarios y controla cerca del 70 por ciento de la telefonía móvil en México.
“Éste no es un título, es una condición que fue basada en un proceso de comportamiento de mercado, la cual no puede negar contando con 67% de la telefonía móvil en el país”, dijo al diario 24 Horas un analista que pidió no ser identificado para este caso.
Para el analista, esta declaración de preponderancia, junto con el eventual rechazo de los recursos presentados por la empresa de Carlos Slim, forman parte de unan serie de medidas para reducir el monopolio en este mercado:
“No hay cómo decir no lo soy”, dijo el especialista.
Dos de las solicitudes de amparo presentadas ante los tribunales por parte de América Móvil, fueron catalogados como “notoriamente improcedentes” por un juez especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, debido a que el IFT está obligado a determinar como agentes preponderantes en los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión a los participantes que cuenten con una cuota mayor a 50 por ciento del mercado.
No obstante, el juez especializado admitió dos amparos en contra de actos relacionados con el IFT, sin declarar suspensión en los efectos de la declaratoria de preponderancia, ni en América Móvil, ni en su filial operatoria, que es Radio Móvil Dipsa, Telcel.
Siguen atoradas las reformas secundarias en el Senado
A tan sólo ocho días de que termine el periodo ordinario de sesiones, las bancadas del PAN y del PRD endurecieron sus posturas, y bloquearon el avance de las leyes secundarias que se discuten en el Senado, relacionadas con la reforma político-electoral y de telecomunicaciones.
Al respecto, senadores del PRI confiaron en que en las próximas horas se tendrán acuerdos, sobre todo en materia de reforma político-electoral, tema en que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) tiene avance de casi 100%, y define la ruta para que el Instituto Nacional de Elecciones (INE) atraiga elecciones locales y los requisitos para las candidaturas independientes.
La reforma energética en su fase secundaria también se inscribe como un pendiente, pues al momento no hay presentación por el Ejecutivo federal.
De acuerdo con otra nota del periódico El Universal, Roberto Gil (PAN), reconoció que están “atorados” en la reforma política. En las últimas horas han analizado diversas iniciativas y del gobierno federal —como el Legipe y la Ley General de Partidos— pero hay posiciones que no comparten por ser inconstitucionales.
“Estamos muy atorados con las leyes secundarias en materia político-electoral, hasta el momento no hemos llegado a un consenso”, reconoció Gil Zuarth.
Su compañero, Javier Corral, coincidió en que el proyecto “es un absurdo frente a la reforma constitucional electoral, nosotros en el PAN lo estamos discutiendo y no nos reconocemos en ese proyecto”.
Dijo que no están de acuerdo con el planteamiento de Legipe, sobre todo, en lo relacionado con la fiscalización de los recursos públicos.
Alejandro Encinas (PRD), negociador en las mesas, explicó que en caso de que se no se aprueben estas regulaciones podría darse un periodo extraordinario de sesiones o en el “caso hipotético” de que no hubiera acuerdo, la reforma constitucional tendría plena vigencia.
Denunció que el PAN persiste en querer introducir por “la puerta trasera” de la ley, modificaciones a la reforma tratando de retomar el viejo proyecto que quedó superado, de federalizar la organización de los comicios en menoscabo de la autonomía y soberanía de los estados.
El proyecto de dictamen de Legipe señala el camino para que el Instituto Nacional Electoral (INE) pueda atraer una elección local por dos causales: factores sociales que impidan la organización pacífica de una elección o injerencia comprobada de alguno de los poderes públicos en el proceso.
Para ello, cuatro consejeros del INE tendrán que presentar una solicitud ante el pleno, el cual, a su vez, deberá dar su aval por ocho votos de 11 para su aprobación.
Habrá dos modalidades de atracción, total o parcial de comicios (capacitación, ubicación de casillas, fiscalización o reglas para encuestas u observación electoral, por ejemplo), y no se podrán ejercer una vez empezados los comicios.
El aval al Legipe, que sustituye al Cofipe, sería el primero de un paquete de seis leyes que conforman la reforma político-electoral, y permitirá al INE comenzar sus actividades de manera formal.
Con el aval al Legipe, que sustituye al Cofipe, se podrá abrir la llave para que transiten otras reformas, como la energética, al ser una condición del PAN para avanzar en este último tema.
El proyecto señala también que en el año 2018, el primer candidato independiente a la Presidencia deberá acreditar el respaldo de 1% de la lista nominal de electores, que equivale hoy a más de 887 mil ciudadanos.
Según el proyecto que estudian las comisiones unidas del Senado de la República, quienes aspiren a ser abanderados sin partido a la Presidencia de México, deberán acreditar el respaldo ciudadano distribuido en 17 entidades, según el padrón de agosto del año previo al proceso electoral.
A los aspirantes a diputados independientes se propone el requisito de acreditar, cuando menos, el respaldo de 2% de la lista nominal del distrito en competencia, y los senadores el 2% a nivel estatal.
Además, cada aspirante sin partido debe abrir una cuenta bancaria a su nombre, sujeta a fiscalización; contarán con acceso a financiamiento público y tiempos en radio y televisión, como si fueran una fuerza política nueva, pero no podrán recibir donaciones en especie.
De acuerdo con el régimen transitorio, se plantea acortar, de manera excepcional, la duración del proceso electoral 2015, por lo que el INE tendría sólo ocho meses para operar la reforma y organizar la elección para renovar la Cámara de Diputados, lapso en que también deberá organizar comicios estatales y designar a más de 220 funcionarios electorales locales de las 32 entidades del país.