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Recomendación a la Fiscalía Gral. de Veracruz por no aceptar caso de una mujer
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 51/2016, dirigida a Luis Ángel Bravo Contreras, Fiscal General del Estado de Veracruz, luego de resolver el recurso de impugnación de una víctima contra la no aceptación de la recomendación emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz.
La CNDH inició el expediente CNDH/2/2014/235/RI, en el que acreditó violaciones a los derechos humanos a la libertad, la integridad y seguridad personales de una mujer por hechos consistentes en detención arbitraria, retención ilegal e incomunicación atribuibles a tres agentes policiales de la Agencia Veracruzana de Investigaciones (AVI), así como al debido proceso, por servidores públicos de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz (PGJ), actual Fiscalía General del Estado, debido a diversas irregularidades advertidas en la integración de la averiguación previa.
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El 30 de enero de 2013 una visitadora auxiliar de la Comisión Estatal recibió la llamada telefónica de una persona, quien dijo que el 11 de diciembre de 2012 su hermana había sido detenida en las instalaciones de la Secretaría de Finanzas y Planeación de Veracruz (SEFIPLAN), por lo que solicitó la presencia de personal de dicha Comisión en el CERESO de Pacho Viejo en dicha entidad, para que recabara la queja de la víctima.
La agraviada refirió que el 11 de diciembre de 2012, policías de la AVI le indicaron que “se la llevarían detenida” sin contar con orden de aprehensión o detención, que la sujetaron fuertemente de los brazos y la sacaron del SEFIPLAN “haciendo uso de la fuerza” ya que “se resistió a que la esposaran” a la vista de los demás trabajadores. Posteriormente, la trasladaron a las instalaciones de la AVI donde le infligieron golpes y toques eléctricos “en los senos, tórax y abdomen”.
En palabras de la víctima, después fue llevada a las instalaciones de la PGJ sin ser presentada de inmediato ante el Ministerio Público, sino que la regresaron a la AVI para después llevarla de nuevo a la PGJ, donde recabaron su declaración ministerial en calidad de inculpada, habiendo existido una dilación injustificada en su presentación ante el Ministerio Público.
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Con motivo de los hechos, el 31 de enero de 2013 la Comisión Estatal inició el expediente de queja respectivo y un año después, el 31 de enero de 2014, notificó la Recomendación 1/2014 a la entonces Procuraduría General de Justicia de Veracruz, dependencia que el 13 de febrero de ese año manifestó la no aceptación de la misma. La CNDH admitió el Recurso de Impugnación de la víctima e inició el expediente CNDH/2/2014/235/RI, en el que determinó que la negativa de la Procuraduría no fue debidamente fundada al haberse evidenciado violaciones a los derechos humanos a la libertad, integridad y seguridad personales de la víctima, así como al debido proceso.
La CNDH recomienda a la Fiscalía General del Estado de Veracruz reparar el daño a la víctima de forma integral mediante atención médica y psicológica, así como la compensación que corresponda en términos de la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz; colaborar con el Organismo Nacional en la denuncia de hechos que formulará ante la Fiscalía General contra los servidores públicos de la AVI y quien resulte responsable, y en la queja que promoverá ante la Visitaduría General de dicha institución.
También, se solicita se capacite a los servidores públicos de esa Fiscalía General en materia de derechos humanos, en el respeto de la libertad e integridad personales, así como en la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
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Finalmente, se inscriba a la agraviada en el Registro Estatal de Víctimas para que tenga acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral previsto en la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz.
Esta Recomendación ya fue debidamente notificada a su destinatario, y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx