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Fiscal estatal por 9 años propone Javier Duarte

El que ostente el cargo cuando entre en vigencia la ley, podrá permanecer nueve años.

Xalapa, Ver.- La iniciativa de Reforma político-electoral enviada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa al Congreso Local, será designado por el Congreso del Estado propone la modificación de la Procuraduría de Justicia del Estado a una Fiscalía General, con la finalidad de darle mayor autonomía al organismo.

De acuerdo con la propuesta, “quien ejerza de procurador del estado al momento de entrar el vigor la reformas a la constitución estatal, se considere designado como fiscal general por el mismo decreto para continuar en la función por un periodo de nueve años”.

Y que a partir de que el cargo quede vacante, será el congreso local, quien tenga atribuciones para nombrar al fiscal. El procedimiento establecido para realizar dicho procedimiento contempla que “el Congreso contará con veinte días naturales para integrar una lista de diez candidatos aprobada por las dos terceras partes de sus miembros presentes. Lista será remitida al Gobernador del Estado.

Se establece que si el Gobernador no recibe esta lista dentro del plazo señalado, enviará libremente al Congreso una terna y designará provisionalmente al Fiscal General hasta en tanto el Congreso haga la designación definitiva. Y el Fiscal así designado podrá formar parte de la terna.

Si la lista es enviada al Gobernador, a partir de esta formará una terna que pondrá a consideración del Congreso dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha recepción. La terna no podrá ser rechazada ni devuelta al Gobernador.

El Congreso, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles contados a partir de la recepción de la terna.

En caso de que el Gobernador no envíe la terna dentro del plazo previsto en el punto tres de este inciso, el Congreso dispondrá de diez días hábiles para designar al Fiscal General de entre los miembros de la lista mencionada en el punto uno de este inciso. La designación deberá ser aprobada por las dos terceras partes de los diputados presentes.

Si el Congreso no hace la designación dentro de los plazos establecidos en las disposiciones anteriores, el Gobernador designará al Fiscal de entre los candidatos que integren la lista enviada por el Congreso o, en su caso, la terna respectiva. Si por cualquier causa, no se configuran ni la lista, ni la terna, el Gobernador podrá designar libremente al Fiscal General.

En la ley se establece que el Fiscal General presentará anualmente un informe de actividades ante los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado y deberá comparecer ante el Congreso cuando este así lo requiera, para informar sobre un asunto de su competencia.

En este caso, la comparecencia se efectuará ante una Comisión del Congreso y la sesión no será pública, debiendo los asistentes guardar reserva sobre cualquier asunto abordado en relación con una investigación o proceso.

Para ser Fiscal General del Estado, la iniciativa del gobernador establece: ser ciudadano mexicano por nacimiento en ejercicio de sus derechos y no tener otra nacionalidad; tener, cuando menos, treinta años cumplidos al día de su designación; poseer, al día de su designación, el título de Licenciado en Derecho, con antigüedad mínima de cinco años, expedido por autoridad o institución mexicana legalmente facultada para ello.

Así como no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación o abuso de confianza, lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.

La iniciativa exige no pertenecer al estado eclesiástico, no ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe conforme a lo establecido en la Constitución federal y la ley de la materia.

Según esta propuesta, el Fiscal General durará en su encargo nueve años.

Reforma político-electoral de Javier Duarte de Ochoa