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Estos son los 14 puntos del acuerdo de paz de 60 días de Irán y EUA
El memorando de entendimiento entre Estados Unidos y la República Islámica de Irán quedó firmado por ambas partes y por el presidente de Pakistán que medió las conversaciones desde abril de 2026; el texto con 14 puntos señala entre otras cosas la reapertura del estrecho de Ormuz y entregar al país de Oriente Medio 300 mil millones de dólares americanos para su reconstrucción.
Donald Trump, presidente estadunidense, signó el memorando de entendimiento ayer antes de la cena posterior a la Cumbre del Grupo de los Siete (G7) que se celebró en el Palacio de Versalles, en Francia. La firma quedó graba en video por asistentes a la reunión y la confirmó el presidente francés Emmanuel Macrón.
Just prior to this evenings dinner at Versailles in France, hosted by President @EmmanuelMacron—President @realDonaldTrump signed the Iran Memorandum of Understanding, once Secretary Rubio received it…
— Dan Scavino (@Scavino47) June 17, 2026
“A pretty key moment in history we are sharing together…” @SecRubio pic.twitter.com/sLYi6G9TM3
Aunque no existió evidencia de la firma del presidente iraní Masud Pezeshkian, el portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán, Esmaïl Baghaï, aseguró que sí sucedió. La firma que ocurrió este jueves fue electrónica y sin ceremonia, ya que en palabras del funcionario “no tiene sentido”.
Con la firma de los jefes de Estado en el memorando de entendimiento —originalmente pactada para el 19 de junio— todos los acuerdos que plantea comenzaron de forma inmediata este mismo día. El medio no se difundió de forma oficial, sino que un funcionario lo facilitó a medios como CNN, Bloomberg News, y lo citaron agencias como Reuters y APF.
NEW: Bloomberg publishes text of the draft MoU between the U.S. and Iran pic.twitter.com/FXhw57jMKV
— Insider Paper (@TheInsiderPaper) June 17, 2026
Los 14 puntos del memorando de entendimiento
1-La República Islámica de Irán y los Estados Unidos, junto con sus aliados en la guerra actual, declaran, al firmar este Memorando de Entendimiento, el fin inmediato y permanente de la guerra en todos los frentes, incluido el Líbano, y se comprometen a no emprender ninguna acción hostil entre sí y a abstenerse de amenazar o usar la fuerza mutuamente. El acuerdo final confirmará las disposiciones de este Artículo y de los Artículos restantes.
2-La República Islámica de Irán y los Estados Unidos se comprometen a respetar la soberanía e integridad territorial de cada uno y a abstenerse de interferir en sus asuntos internos.
3-La República Islámica de Irán y los Estados Unidos se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable por mutuo acuerdo.
4-Inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento, los Estados Unidos levantarán el bloqueo naval y evitarán cualquier interferencia u obstrucción contra la República Islámica de Irán, y restablecerán el tráfico marítimo a su plena capacidad en un plazo máximo de 30 días. El tráfico marítimo será proporcional al volumen de tráfico previo a la guerra de la República Islámica de Irán. Estados Unidos se compromete asimismo a retirar sus fuerzas de las zonas circundantes en un plazo de 30 días tras la firma del acuerdo final.
5-Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, la República Islámica de Irán adoptará de inmediato medidas para garantizar que el movimiento de buques mercantes entre el golfo Pérsico y el mar de Omán, y viceversa, se reanude en un plazo de 30 días hasta alcanzar el volumen previo a la guerra, teniendo en cuenta la necesidad de eliminar los obstáculos técnicos y neutralizar las minas por parte de Irán.
6-Estados Unidos se compromete, junto con sus socios regionales, a elaborar un plan integral, consensuado por ambas partes, para la rehabilitación y el desarrollo económico de la República Islámica de Irán, garantizando una financiación de al menos 300.000 millones de dólares. El mecanismo de implementación de este plan, como parte del acuerdo final, se formulará en un plazo de 60 días.
7-Estados Unidos se compromete a levantar, en un calendario que se acordará como parte del acuerdo final, todo tipo de sanciones actualmente impuestas a la República Islámica de Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), así como todas las sanciones unilaterales estadounidenses, tanto primarias como secundarias.
8-La República Islámica de Irán reitera que jamás producirá armas nucleares. La República Islámica de Irán y Estados Unidos han acordado que el destino del material enriquecido y el de todas las demás cuestiones nucleares mutuamente acordadas, incluidas las necesidades nucleares de Irán, se abordarán adecuadamente en un acuerdo final; dicho acuerdo confirmará las disposiciones de este artículo.
9-La República Islámica de Irán y Estados Unidos acuerdan que, en espera de un acuerdo final, mantendrán el statu quo: Irán mantendrá el statu quo en su programa nuclear y Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones a Irán ni reforzará sus fuerzas en la región.
10-Estados Unidos se compromete a que, inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento y hasta la fecha del levantamiento de las sanciones, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos eximirá de restricciones a las exportaciones de petróleo crudo iraní, productos petroquímicos y sus derivados, así como a todos los servicios conexos, incluidos los bancarios, de seguros, de transporte y similares.
11-Estados Unidos se compromete a que, en vista del progreso de las negociaciones para un acuerdo final, los fondos y activos congelados o restringidos de la República Islámica de Irán serán liberados y estarán plenamente disponibles. Estos fondos, ya sea que se encuentren en la cuenta principal o hayan sido transferidos, se utilizarán para el pago final al beneficiario que determine el Banco Central de la República Islámica de Irán y estarán plenamente disponibles para su uso. Estados Unidos se compromete a expedir todos los permisos y licencias necesarios sobre esta base.
12-La República Islámica de Irán y Estados Unidos acuerdan que se establecerá un mecanismo de implementación para supervisar la correcta aplicación y el cumplimiento futuro del Acuerdo Final.
13-Tras la firma de este Memorando de Entendimiento y una vez recibidas las garantías relativas al inicio de la aplicación de los artículos 4, 5, 10 y 11 del mismo, y a la continuidad de dicha aplicación, la República Islámica de Irán y Estados Unidos entablarán negociaciones para un Acuerdo Final, exclusivamente en lo que respecta a los artículos restantes.
14-El acuerdo final será aprobado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Con información de The Objetive, France 24 y DW (JRLM)
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