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Fortalece Congreso la legislación para combatir el delito de abigeato
Xalapa, Ver., 02 de junio de 2026.- Por unanimidad, el Pleno de la LXVII Legislatura aprobó el dictamen que adiciona el título VII Bis, denominado Delitos contra la Producción Pecuaria, y deroga el capítulo II del título VII del Libro Segundo del Código Penal del estado, cuyo objetivo es inhibir la comisión del delito de abigeato, fortalecer su persecución penal y garantizar que las sanciones impuestas sean proporcionales al daño social que genera.
El dictamen, que registró 44 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra, resultado de la iniciativa autoría de la diputada Naomi Edith Gómez Santos y del diputado con licencia Roberto Francisco San Román Solana, refiere que la tipificación de los Delitos contra la Producción Pecuaria encuentra respaldo en el derecho comparado nacional, tomando como referencia exitosa el modelo de Tabasco y las reformas en Chihuahua y Sinaloa, que han migrado el abigeato hacia títulos especiales de protección al sector primario.
De esta manera, se establece que comete el delito de abigeato quien, por sí o por interpósita persona se apodere de ganado, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de aquél o darlo; disponga para sí o para otro de ganado del que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio; o sacrifique ganado sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo.
Al responsable de este delito se le impondrán de seis a doce años de prisión y multa de hasta trescientas Unidades de Medida y Actualización (UMAs); pero si el apoderamiento, disposición o sacrificio a que se hace referencia en las fracciones anteriores fuere de ganado bovino o caballar, se impondrán de seis a quince años de prisión y multa hasta de cuatrocientas UMAs.
De igual forma, se precisa que comete el delito de tráfico ilegal de ganado quien, con el propósito de obtener un beneficio indebido, encubrir el origen ilícito de animales o evadir los controles sanitarios o de movilización establecidos en la legislación aplicable, realice cualquiera de las siguientes conductas, sin cumplir los requisitos previstos en la legislación federal o estatal en materia de sanidad animal, movilización pecuaria o identificación individual del ganado.
Introduzca al territorio del Estado ganado mayor o menor, o cualquier especie pecuaria, sin contar con la documentación sanitaria, de movilización o de propiedad exigida por las disposiciones legales aplicables. Movilice, comercialice, enajene o transporte especies pecuarias, sus productos o subproductos, teniendo conocimiento de que carecen de la autorización sanitaria o guía de tránsito o documentación legal requerida, entre otras.
Se impondrá pena de tres a ocho años de prisión y multa de hasta mil quinientas UMAs, a quien cometa este delito. Cuando la conducta tenga por objeto encubrir el origen ilícito del ganado, facilitar su comercialización ilegal o eludir los controles sanitarios o de movilización establecidos por la autoridad, la pena se aumentará hasta en una mitad.
El documento, emitido por las Comisiones Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Desarrollo Agropecuario, Rural y Forestal, refiere que el endurecimiento aplicable a servidores públicos constituye una innovación de relevancia políticocriminal, al imponer la destitución e inhabilitación hasta por diez años a quienes, teniendo el deber de garante institucional en puntos de inspección o certificación, participen en la cadena delictiva del tráfico ilegal de semovientes.
POSICIONAMIENTOS
Por el Grupo Legislativo de Morena, la diputada Dulce María Hernández Tepole puntualizó que cuando alguien se roba una cabeza de ganado, no solo se lleva un animal, sino el esfuerzo de mujeres y hombres del campo que dedican su vida y trabajo. Asimismo, agregó que con la presente reforma se envía un mensaje claro contra el abigeato.
De igual forma, externó que este dictamen recoge el sentir de asociaciones ganaderas y productores, de quienes durante muchos años han exigido herramientas eficaces para combatir el delito de abigeato en Veracruz.
El coordinador del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), diputado Carlos Marcelo Ruiz Sánchez, externó el respaldo a la reforma y precisó que de esta manera se reubica al abigeato con el tráfico ilegal de ganado en un nuevo título, Delitos contra la Producción Pecuaria, lo que redefine el bien jurídico tutelado.
De igual forma, el legislador avaló la incorporación de penas más severas para servidores públicos que, debiendo estar del lado institucional, deciden unirse en conductas delictivas relacionadas con ganado.
La diputada Indira de Jesús Rosales San Román, del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), indicó que el abigeato es un delito que no es nuevo, pero que las formas mediante las cuales se comete sí, por lo que consideró necesaria la reforma para resolver una problemática real del sector rural.
Del Partido del Trabajo (PT), la diputada Elizabeth Morales García subrayó que Veracruz tiene vocación ganadera y que proteger la actividad pecuaria significa resguardar los empleos y patrimonio social del campo.
Por Movimiento Ciudadano (MC), la diputada María Elena Córdova Molina se pronunció por endurecer las penas por el delito de abigeato, pero también para que las autoridades demuestren que están dispuestas a detener y sancionar a responsables.
La legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Ana Rosa Valdés Salazar adelantó su respaldo al dictamen y añadió que es importante trabajar en equipo para combatir el abigeato y garantizar el resarcimiento del daño a ganaderos.
JRG
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