- Sociedad
¿Eres trabajadora del hogar? A esto tienes derecho, según Ley del Trabajo
Las personas trabajadoras del hogar que cumplan al menos un año de servicio tienen derecho a 12 días hábiles de vacaciones pagadas, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Esta disposición forma parte de las reformas laborales que desde 2019 reconocen plenamente sus derechos laborales.
La legislación vigente garantiza a las trabajadoras del hogar las mismas prestaciones que cualquier persona con relación formal de empleo, como vacaciones, aguinaldo, prima vacacional, seguridad social y días de descanso. Además, deben contar con una constancia anual de antigüedad que indique el periodo vacacional correspondiente, conforme al Artículo 81 de la LFT.
Según la ley, el periodo vacacional aumenta dos días hábiles por cada año subsecuente de servicio, hasta llegar a 20 días en el quinto año. A partir del sexto año, el incremento se otorga cada cinco años de antigüedad, también en bloques de dos días. Estos días se consideran hábiles, por lo que no incluyen descansos semanales ni días festivos oficiales.
Por ejemplo, una trabajadora con tres años de antigüedad tiene derecho a 16 días hábiles de vacaciones. Si alcanza los diez años en su empleo, podrá disfrutar de 22 días hábiles, lo que representa un avance significativo en la protección de sus derechos.
El salario mínimo diario de las trabajadoras del hogar en 2025 es de 419.88 pesos en la Zona Libre de la Frontera Norte y de 303.07 pesos en el resto del país, según datos de la Conasami. El monto no puede ser inferior al mínimo legal y debe acordarse entre empleador y trabajadora.
No cumplir con estas disposiciones puede derivar en sanciones ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Por ello, autoridades federales insisten en la formalización del empleo doméstico y en la inscripción al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Con estos cambios, la LFT avanza en el reconocimiento de un sector históricamente excluido y promueve condiciones laborales equitativas para quienes realizan actividades esenciales en los hogares. (LV)
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