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¿A partir de cuándo pueden salir los detenidos por ultrajes en Veracruz?
Aquellos ciudadanos detenidos desde el 12 de marzo de 2021 únicamente por el delito de ultrajes a la autoridad pueden quedar libres en Veracruz al recibir el beneficio de la retroactividad de la Ley.
Ello luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad el tipo penal ayer lunes y determinó los efectos de esta medida en su sesión de este martes.
Los ministros declararon formalmente la inconstitucionalidad del tipo penal establecido en el artículo 331 del Código Penal para el Estado y uno de los efectos inmediatos es la retroactividad de la Ley penal en beneficio de los detenidos.
Los efectos surtirán efectos una vez que la Suprema notifique al Congreso del Estado, al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, a los Tribunales Colegiados en Materia Penal del Séptimo Circuito.
También debe notificarse a los Tribunales Unitarios, Juzgados de Distrito y al Centro de Justicia Penal Federal, así como a la Fiscalía General del Estado (FGE).
“En consecuencia a la declaratoria de invalidez se propone que surta efecto retroactivo al 12 de marzo de 2021, fecha en que ese ordenamiento legal entró en vigor”, explicó el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, autor de la sentencia.
En la sesión de este primero de marzo añadió que este lunes la Suprema Corte determinó que los artículos 331, fracciones I, II y IV, así como el 371 fracción II del Código Penal de Veracruz “por resultar violatorios de los derechos analizados”.
Además, por extensión también propuso declarar la invalidez de la fracción III del 331 que establece una agravante al delito de ultrajes, y aunque no fue impugnada inicialmente, no puede subsistir de manera autónoma o independiente a la declaración de invalidez general.
“Su validez depende de la del tipo penal de ultrajes que fue declarado inconstitucional”, refirió y los puntos resolutivos de la sentencia fueron avalados por unanimidad del Pleno.