Sobre Duarte y su posible procedimiento abreviado

  • Jorge Yunis Manzanares
La PGR como la defensa negociará la reparación del daño y los años de sentencia

Vamos a transcribir una nota en un medio nacional y posteriormente daremos un comentario jurídico

PGR VA POR PROCESO ABREVIADO DE JAVIER DUARTE DE OCHOA

PEDIRÁ UN PROCEDIMIENTO ABREVIADO, ELLO REDUCIRÁ LA PENA DE CÁRCEL AL ACUSADO

La Procuraduría General de la República (PGR) solicitará procedimiento abreviado para acelerar la sentencia condenatoria en contra del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, acusado de lavado de dinero y asociación delictuosa.

El ex funcionario tendría que declararse culpable para lograr obtener el beneficio de reducción de pena, informaron fuentes del gobierno federal.

La PGR reclasificó el delito de delincuencia organizada por el de asociación delictuosa, que se suma al de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido como lavado de dinero y por los que pide 25 años de prisión para el ex funcionario.

Este miércoles, el ex funcionario comparecerá ante un juez del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte a las 16:00 horas.

COMENTARIO JURIDICO:

AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Es considerado como una forma de terminación anticipada del proceso, creado con la finalidad de lograr sentencias en un lapso razonable, que se basa en la negociación entre el Ministerio Publico y el Imputado, con base en la pena y al reconocimiento de su responsabilidad.

Dichos requisitos se hacen consistir en que la víctima u ofendido no presente oposición fundada en cuanto a la reparación del daño que el Ministerio Público solicite el procedimiento abreviado formulando acusación o, en su caso, modificando la misma en cuanto a la pena, si es que ya existiere, la cual debe contener la enunciación de los hechos que se atribuyen al acusado, su clasificación jurídica y grado de intervención, así como las penas y el monto de reparación del daño, exponiendo los datos de prueba que sustenten la misma y, finalmente, que el imputado renuncie expresamente al juicio oral, reconozca estar debidamente informado de su derecho a un juicio oral y de los alcances del procedimiento abreviado, que consienta la aplicación del mismo, que admita su responsabilidad por el delito que se le imputa y que acepte ser sentenciado con base en los medios de convicción que exponga el Ministerio Publico al formular la acusación.

Con respecto a la pena, el Juez, el Juez no podrá imponer una distinta o mayor a la que sea solicitada por el Ministerio Público y aceptada por el acusado, y esta debe ser en términos de lo que establece el artículo 202 párrafo tercero del CNPP.

BREVEMENTE ASÍ SE LLEVA A CABO UN PROCEDIMIENTO ABREVIADO en el cual tanto la PGR como la defensa negociará la reparación del daño y los años de sentencia en el cual considero que de ninguna manera serían los veinticinco años que solicita la PGR es más cabe el caso que sea negociable unos años para que salga en libertad.

Este mismo procedimiento recordarán que aquí en Veracruz la señora Xóchitl Tress estuvo detenida por que la acusaban que el gobernador Javier Duarte le había dado dos departamentos y una camioneta Land Rover, la Fiscalía del Estado y el abogado de la detenida pactaron un PROCEDIMIENTO ABREVIADO entregó como reparación de daño los dos departamentos y la camioneta negociando una sentencia mínima la cual la conmutó, pago y quedo libre.

Esperaremos a ver qué pasa.