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Este viernes Del Río Virgen obtendría su libertad tras audiencia

  • Isabel Ortega
Magistrados federales determinaron que no hay elementos para vincularlo a proceso por el asesinato de Remigio Tovar

Este viernes 17 de junio, a las seis de la tarde, se realizará la audiencia donde José Manuel del Rio Virgen recobraría su libertad, luego de que magistrados federales del Tribunal Colegiado en Materia Penal determinaron que no hay elementos para vincularlo a proceso por el asesinato de Remigio Tovar, candidato a la alcaldía de Cazones de Herrera.

La audiencia en la que se acataría la determinación de los magistrados federales tendrá lugar en los juzgados del penal de Pacho Viejo, donde José Manuel del Río, secretario técnico de la Junta de Coordinación Política del Senado, está cercano a cumplir seis meses preso. 

Durante la audiencia se decretaría la libertad de Del Rio Virgen, y se ratificaría su inocencia, debido a falta de pruebas de la Fiscalía General del Estado (FGE) que presumieran su probable responsabilidad en el crimen del excandidato de Movimiento Ciudadano (MC). 

El 22 de diciembre de 2021 José Manuel del Río fue detenido, como presunto responsable del asesinato de Remigio Tovar, acribillado horas antes de la jornada electoral.

El senador Ricardo Monreal, que ha dado acompañamiento a todo el proceso de la detención de su colaborador, recordó que desde el 28 de diciembre un juez federal ya había determinado que no había elementos para la vinculación a proceso del político de Movimiento Ciudadano.

En su columna de este 17 de junio, Ricardo Monreal presentó una cronología del proceso judicial de José Manuel Del Río, donde reiteró que el juez decimoséptimo de distrito en el estado de Veracruz revocó tanto el auto de vinculación a proceso del 28 de diciembre de 2021 como la medida cautelar del 22 de diciembre de 2021, consistente en la prisión preventiva oficiosa con duración de un año.

Luego de varios amparos y recursos de revisión, que interpuso la propia Fiscalía General del Estado (FGE), este jueves 16 de junio el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito confirmó que no había elementos para vincularlo a proceso y pidió revocar la sentencia.

“En consecuencia, el asunto se convierte en cosa juzgada y, por tanto, en una resolución inatacable, así que se está en condiciones jurídicas de liberar a José Manuel, una vez que se celebre la audiencia para dictar el auto de no vinculación a proceso”, planteó Monreal. 

Dijo que, a partir de que el juez de distrito notifique a la autoridad responsable la sentencia dictada en la revisión del amparo, se contará con un plazo legal para cumplir la ejecutoria que según el senador obligaría a citar a una audiencia que fue convocada para este viernes 17 de junio a las seis de la tarde.

En ese momento, explicó, se deberá dejar insubsistente la resolución del 28 de diciembre de 2021 en la que se dictó auto de vinculación a proceso contra José Manuel del Río Virgen y tendrá que emitir una nueva determinación, en forma oral, en la que establezca la no vinculación

La cronología del proceso legal contra Del Río

1.- El 22 de diciembre de 2021 fue privado de su libertad José Manuel del Río Virgen, secretario técnico de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República.

2.- El día 28 del mismo mes y año, el juez de control con sede en Pacho Viejo, Veracruz, lo vinculó a proceso y dictó en su contra prisión preventiva oficiosa por el término de un año.

3.- El 17 de enero de 2022, José Manuel presentó una demanda de amparo mediante la cual impugnó el auto de vinculación a proceso por la presunta comisión del delito de homicidio doloso calificado. Así también, contra la prisión preventiva oficiosa por un año.

4.- Del amparo conoció el juez federal decimoséptimo de distrito en el estado de Veracruz, quien dictó sentencia, por la que se protege y ampara a José Manuel del Río en contra de las autoridades responsables (el juez de control y otros).

5.- La sentencia del juez de distrito ordena al juez de control local a:

A. dejar insubsistente la resolución del 28 de diciembre del 2021 en la que se dicta auto de vinculación a proceso contra José Manuel del Río.
B. emitir una nueva determinación en forma oral, que determine la no vinculación a proceso del quejoso, ordenándose su liberación como consecuencia de ello.

6.- Ante la concesión del amparo, los efectos se hacen extensivos a todas las autoridades locales de Veracruz, es decir, se deja sin efecto la prisión preventiva oficiosa de un año en contra de José Manuel del Río.

7.-Sin embargo, a pesar de la resolución del juez federal de distrito, la Fiscalía General del Estado de Veracruz interpuso un recurso de revisión, pidiendo revocar la sentencia de amparo, “utilizando tácticas dilatorias para imprimir tardanza y demorar así la impartición de justicia en favor de José Manuel”, expuso Monreal. 

8.- Así transcurrieron 99 días de la resolución del juez de distrito.

9.- Hasta ayer, 16 de junio de 2022, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal ratificó la sentencia de amparo, al considerar que no existen elementos que demuestren que José Manuel del Río sea responsable del homicidio que se le imputa, pero que sus derechos humanosfueron violentados y que se le privó de la libertad de manera ilegal y arbitraria.

La mayoría de magistrados señaló que el juez de control debe citar de inmediato a una nueva audiencia para dictar el auto de no vinculación a proceso, para que así que José Manuel obtenga su libertad.

10.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 192 de la Ley de Amparo, una vez que el juez de distrito en el estado de Veracruz reciba testimonio de la sentencia dictada en el recurso de revisión del 16 de junio, deberá notificarla sin demora a las partes, lo cual ocurrió ayer por la tarde.

A su vez, el juez de distrito notificó tal resolución al juez de control local, y éste ha convocado hoy a las 18:00 h a celebrar la audiencia oral para dar cumplimiento a la sentencia.

Para mayor claridad, la notificación que el juez federal hizo al juez local se realizó ayer, para requerirse que cumpla con la ejecutoria de amparo dentro del plazo, apercibido de que, de no hacerlo, se impondrá una multa y se remitirá el expediente al tribunal colegiado para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su cargo y con su consignación.

 

 

 

fm