Retiro anticipado: todos los requisitos para solicitarlo
El retiro anticipado es una prestación económica contemplada dentro de la Ley del Seguro Social (LSS) y es una de las formas de pensiones con las que cuenta el sistema nacional.
Esta pensión busca proteger a los empleados que sufran algún tipo de accidente de trabajo o no laboral, o que le sea diagnosticada una enfermedad; o bien, brinda apoyo a la familia o beneficiarios, en caso de fallecimiento del trabajador, publica El Financiero.
La LSS prevé en su numeral 158 la posibilidad de que las personas trabajadoras accedan a una pensión antes de cumplir los 60 años de edad. Para ello se necesita carecer de un trabajo remunerado pero haber cumplido con el mínimo de mil 250 semanas de cotización ante el IMSS.
Esta condición podría reformarse de ser aprobada la iniciativa enviada por el gobierno federal a la Cámara de Diputados para hacer cambios al sistema de pensiones, con lo que bajarían a 750 las semanas de cotización requeridas para la jubilación.
También es necesario tener recursos suficientes en la cuenta individual en una afore para garantizar una renta vitalicia equivalente a dicho valor; más una cantidad superior al 30% para cubrir la prima del seguro de sobrevivencia de los beneficiarios.
La principal desventaja del retiro anticipado es que no equivaldrá al 100 por ciento del último salario percibido.
LOS REQUISITOS
-Obtener del Seguro Social una resolución de pensión respectiva
-Solicitar el otorgamiento de la pensión ante la Ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad Medicina Familiar correspondiente al domicilio particular.
-Presentar original de: identificación oficial con fotografía y firma (puede ser la credencial para votar, cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte, cédula profesional o credencial ADIMSS); y copia certificada por el Registro Civil del acta de nacimiento, de adopción o reconocimiento, el original se queda en el expediente .
-Comprobante de domicilio, de no más de tres meses atrás (agua, luz, teléfono, recibo de gas, boleta predial bimestral o anual del ejercicio vigente).
-Avalar número de seguridad social, o presentar credencial ADIMSS, constancia de su Clave Única de Registro de Población (CURP), y un estado de cuenta de la Administradora de Fondos para el Retiro que maneja su cuenta individual con una antigüedad no mayor a seis meses.
Para Beneficiarios: Pueden ser: esposa o concubina, hijos menores de 16 o de hasta 25 años si cursan algún grado de estudios o no pueden mantenerse por sí mismos a causa de una enfermedad.
-Presentar original y copia de:
-Acta de matrimonio o declaratoria de concubinato
-Menores de 16 años: Copia certificada expedida por el Registro Civil del acta de nacimiento, de adopción o reconocimiento, que avale paternidad del titular sobre el beneficiario; el original se queda en el expediente.
-Mayores de 16 y hasta 25 años: constancia de estudios del año en curso, expedida por una escuela del Sistema Educativo Nacional con validez oficial o por el centro educativo particular; o Dictamen de Invalidez de beneficiario expedido por los Servicios de Salud en el Trabajo de la UMF correspondiente.
-En todos los casos; identificación oficial con fotografía y firma. En caso de ser menor de nueve años, la credencial escolar con fotografía vigente expedida por una institución educativa con registro del Sistema Educativo Nacional o documento y constancia CURP y comprobante de domicilio.
Con información de La Silla Rota



