Prevé Constitución mecanismos para remover al fiscal y titulares de organismos autónomos

Jair García

Dentro de la Constitución Política de Veracruz existen los mecanismos necesarios para la remoción del titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), como de cualquier otro presidente de un organismo autónomo, aseguró la magistrada Concepción Flores Saviaga.

Dijo que no es necesaria alguna modificación a la Constitución o alguna otra ley, simplemente con hacer una evaluación del desempeño del actual fiscal Luis Ángel Bravo Contreras, los diputados locales tendrían el poder decisión de determinar si en verdad dicho servidor ha cumplido con su trabajo.

En caso de que los resultados sean deficientes o se advierte el incumplimiento de alguna ley por parte del fiscal, entonces se le puede retirar del cargo y nombrar a uno nuevo, que sí cumpla con la encomienda.

Explicó que existen la vía administrativa y constitucional para revisar el desempeño tanto del fiscal como de cualquier otro titular de organismo autónomo y. conforme a ello. poder sustituirlos, "imagínense en qué clase de lugar viviríamos si tuviéramos que forzosamente aguantar a malos funcionarios en sus cargos", refirió.

Concepción Flores Saviaga precisó que si sólo se hiciera la remoción del actual fiscal, sin seguir los mecanismos legales correspondientes, entonces éste si podría ampararse y permanecer en el cargo, pero si al contario se cumplen con todos los aspectos para evaluar su trabajo y éste resulta insatisfactorio o que no ha cumplido con las leyes, pues entonces existirían los elementos para su cambio.

La magistrada aseguró que se trata de un asunto que puede resolverse en el Congreso local, o incluso en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, pues todos los servidores públicos están obligados a cumplir con la Constitución Política de Veracruz y las leyes que de ella emanan, y cuando no es así les surge de inmediato una responsabilidad administrativa que deriva en su remoción.

De esta forma, insistió que ningún funcionario puede escudarse en que debe cumplir con todos los años por los que fueron nombrados en su cargo y que no existe forma de quitarlos, porque sí hay leyes y la propia Constitución local lo establece.