Urgente legislar en Veracruz para evitar discriminación contra médicos y enfermeras

  • Victor Flores Hernández
Hemos visto a diario en publicaciones un brote discriminatorio contra personal de Salud

Señor Gobernador, Ing. Cuitláhuac García Jimenéz, Diputados y Diputadas de la LXV Legislatura del Estado de Veracruz, por este medio me permito presentarles, con Fundamento en el artículo 34 fracción VII de la Constitución Política del  Estado de Veracruz

La Iniciativa con Proyecto de Decreto de Adición del Artículo 196 Bis. del Código Penal vigente para el Estado de Veracruz.


 Bajo los siguientes:

  •     Considerandos.

Que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación ha definido que la discriminación es una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, cuyos efectos tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos.
 
Así mismo cabe señalar puntualmente que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación es un Órgano Descentralizado de la Secretaria de Gobernación y que tiene como función fundamental recibir las quejas por presuntos actos de discriminación de personas.

Ahora bien, hemos visto a diario publicaciones en redes sociales y medios de comunicación un brote discriminatorio contra del personal de Salud en todo el país durante esta Declaración de Emergencia Sanitaria emitida por el Consejo General de Salubridad, este 29 de Marzo del 2020, convirtiéndose esta Discriminación en una Enfermedad Social.

Desde luego que también estos actos  conllevan la violación de Derechos Humanos y Principios Fundamentales.

Señor Gobernador, diputadas y diputados, hay testimonios de personal de Salud, con la necesidad de trasladarse a sus centros de trabajo o a sus domicilios y mediante el transporte público en cualquiera de sus modalidades, a quienes se en ocasiones los conductores cuando le hacen la parada no se detienen por el simple hecho de ver el distintivo de enfermera o enfermero y cuando lo hacen les indican que no se pueden sentar. Les piden que se vayan de pie, aunado a los gestos de desprecio de los pasajeros que ya van en el transporte.

Pero lo más grave que estos actos de discriminación contra el personal de Salud se ha llegado a la agresión física y verbal.

Se debe reflexionar que lo único que hacen, médicos, enfermeras y enfermeros, es cuidar en estos momentos de emergencia sanitaria a las personas que se encuentran enfermos del virus COVID-19, además de pacientes en investigación, arriesgando sus vidas por los que estamos afuera aún, es por eso que en lugar de agredirlos de manera física y verbal, antes debemos cuidarlos y darles las gracias por estar ahí en sus hospitales y clínicas.

Todos estos actos de discriminación al personal de Salud, son verdaderamente vergonzosos y como ya se dijo anteriormente son dirigidos
a quienes solo tratan de salvar vidas en hospitales arriesgando la suya.

Me permito transcribir el punto 3 inciso b de la Resolución 1 /2020 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El deber de garantía de los Derechos Humanos requiere, que los Estados protejan los derechos humanos, atendiendo a las particulares necesidades y protección de las personas y que está obligación involucra el deber de los Estados de organizar todo el aparato gubernamental y, en general todas las estructuras profesionales de la salud.


Por otra parte el código penal vigente para el Estado de Veracruz,si bien es cierto en su artículo 196 establece la Discriminación como Delito, No menos cierto es que no contempla ninguna hipótesis que los actos que se cometen contra el Personal de Salud ,sean considerados como delito de Discriminación.

Es por lo que se hace necesario y urgente la Reforma que adiciona el Artículo 196 bis al código penal vigente para el Estado de Veracruz, la reforma tiene como sentido proteger al personal de Salud, pero sobre todo sancionar de manera ejemplar a quien cometa actos de discriminación contra estos, durante el periodo que dure una declaración de emergencia Sanitaria.
  
Por lo que presento la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Adiciona el Artículo 196 Bis, del Código Penal vigente para el Estado de Veracruz, para que de considerarla Viable y Pertinente, sea presentada por ustedes al Pleno de la Honorable Legislatura del Estado de Veracruz, para su estudio y aprobación en beneficio de los que hoy son lastimados por la Sociedad.

La iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona el artículo 196 bis del código penal vigente para el Estado de Veracruz.
 
Es en los siguientes términos.


Artículo 196 Bis. Se impondrán de 1 a 8 años de prisión, hasta cien días de servicio en favor de la comunidad y hasta 200 Unidades de Medida de Actualización de Multa.

Al que cometa Actos, Omisión o Prácticas Sociales Discriminatorias , Contra Médicos, Enfermeras, Enfermeros y Personal relacionado con la Práctica de la Medicina, durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia Sanitaria o por cualquier otra disposición de la Autoridad Sanitaria .

Realizando las siguientes actividades.

I. Agredir Fisica o Verbal

II. Niegue o Restrinja el Servicio Publico en cualquiera de su modalidad.

III.Niegue o Restrinja un Servicio o Prestación a la que tenga Derecho.

IV. Cualquier otra causa que atente contra la dignidad Humana.

Al Servidor Público que en ejercicio de su funncion, incurra en las conductas de las fracciones I, III y IV además de las Sanciones previstas se le impondrán destitución en inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión publicos,hasta por el mismo lapso de la prisión impuesta.


Invito a los Gobiernos de las Entidades Federativas del País, a legislar está Discriminación en contra del Personal de Salud.  


Sin otro en particular les reitero mi atenta y distiguida consideración.

Lic. Victor Manuel Flores Hernández.