Exigir "renuncias" podría ser delito

  • Juan José Llanes
Aclaro: esta práctica no es un invento del actual gobierno en Veracruz; la prohijaron Duarte, Fidel

Me atreveré a formular una teoría, a propósito de la decisión que toman las administraciones públicas que, luego de su debut, ordenan a los funcionarios de primer nivel que exijan a todo el personal subordinado su "renuncia" al empleo.

Aclaro: esta práctica no es un invento del actual gobierno en Veracruz; la prohijaron Duarte, Fidel Herrera, y quienes los antecedieron. Se usa en el nivel estatal, pero también en el federal y municipal.

Veamos:

La renuncia a un empleo, es una forma de TERMINACIÓN del vínculo (administrativo, asimilado al laboral), entre un servidor público y una entidad pública asimilada a patrón. El Artículo 36 de la Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz (correspondiente al Capítulo V denominado, precisamente, "De la Terminación de los Efectos del Nombramiento"), indica que "Los nombramientos de los trabajadores sólo dejarán de surtir efectos en forma definitiva, sin responsabilidad para la Entidad Pública para la que prestan sus servicios, por las siguientes causas: I.- Renuncia;…"

Por ende, debe tenerse claro que una cosa es la renuncia y otra el cese (sucedáneo de la rescisión o despido). La primera, disuelve el vínculo laboral por decisión del trabajador; la segunda, por decisión del patrón.

En consecuencia, la renuncia es un acto que posee dos características esenciales: es UNILATERAL Y VOLUNTARIO. Puede expresarse por escrito, o de manera verbal; no amerita frases sacramentales. La Jurisprudencia admite la posibilidad de una forma de renuncia "tácita" que es el abandono del trabajo. En cualquier caso, es el trabajador quien decide que ya no continuará laborando.

La entonces Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, expresó en la Jurisprudencia 37/94 que "La renuncia a seguir prestando servicios representa el LIBRE EJERCICIO de un DERECHO del trabajador y es un acto UNILATERAL..." (el énfasis con mayúsculas, es propio). Dicho criterio no ha sido superado (por tanto, sigue vigente), y es con frecuencia citado como precedente y argumento ad esempio y a fortiori en otras sentencias del Poder Judicial Federal.

Renunciar a un empleo es, en consecuencia, UN DERECHO del trabajador, y no una obligación que le pueda ser impuesta.

Resulta contradictorio, en las prácticas burocráticas, algo que ocurre con frecuencia: si los trabajadores "de confianza" no gozan de estabilidad en el empleo, y no es necesario invocar una causa específica para separarlos de su empleo (o sea que pueden ser despedidos en cualquier momento, y carecen del derecho a ser reinstalados o indemnizados), por tanto, no hay nada más ocioso -por innecesaria- que la suscripción de una renuncia.

La alta burocracia suele presentar renuncias por escrito, más que nadad como un acto de cortesía. Se entiende, pues, que cuando ocurre un cambio de gobierno, los Secretarios, Subsecretarios, Directores, entregan su renuncia, no porque se necesite (jurídicamente hablando), sino como una forma de expresar disciplina, sobre todo, política. No sé si los secretarios, subsecretarios, etcétera, que culminaron su gestión el 30 de noviembre pasado lo hicieron; en cualquier caso, no se necesitaba, porque carecen de derecho a ser indemnizados o reinstalados por ser (ellos sí) trabajadores "de confianza”.

En los últimos días, a muchos burócratas se les ha "pedido" su renuncia. O sea, alguien (un superior jerárquico, obviamente), les ha ordenado que firmen un escrito en el que expresen que ellos mismos han decidido, de manera unilateral y voluntaria, dar por terminada la relación de trabajo. Les han dicho un completo sinsentido: "tienes que renunciar porque eres 'de confianza'". Pero, insisto: si alguien es un trabajador "de confianza" al servicio de un ente público, su renuncia es innecesaria. Se le pide, entonces, porque se tiene duda sobre su estatus (si es "de confianza" o no). Se le exige, quizás, porque se sabe que tendría -eventualmente- la posibilidad de reclamar con éxito que se le indemnice o reinstale. En cualquier caso, la petición de una renuncia es -como lo define la doctrina- un "despido indirecto”.

Luego, si mediante violencia física o moral se obliga a otro a hacer algo (suscribir una renuncia, verbigracia), se está en presencia de una conducta que el Código Penal tipifica como delito: coacción.

La confusión en la administración pública en relación con quiénes son trabajadores "de confianza" y quiénes no, subsiste. Y prevalece el mismo sentido autoritario que caracterizó a los gobiernos pasados, y que se tradujo en miles de despidos injustificados.

Se pasa por alto que los burócratas en Veracruz también fueron víctimas del duartismo. El grueso de los servidores públicos padeció escamoteo de prestaciones, falta de pago oportuno de sus emolumentos, inestabilidad laboral, despidos arbitrarios, ausencia de seguridad social. Si bien es cierto es imperativo deshacerse de cualquier resabio de duartismo (y de los duartistas), suponer que todos los burócratas fueron afines y cómplices del antiguo régimen es tan absurdo como injusto.