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Llevan Ley Monse al Congreso; Brujas del Mar no dejará que se enfríe

  • Carlos Caiceros
La portavoz del colectivo Las Brujas del Mar, Arussi Unda Garza, afirmó que confían en que no se quede “en la congeladora”

La Ley Monse, que plantea sancionar a quienes encubran a presuntos feminicidas o que los ayuden a huir, fue presentada al pleno del Congreso local durante la sesión ordinaria de este jueves y turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.

Al respecto, la portavoz del colectivo Las Brujas del Mar, Arussi Unda Garza, afirmó que confían en que no se quede “en la congeladora”, aunque advierte que van a estar “fregando” para que sea aprobada cuanto antes.

 

 

“Vamos a estar fregando, la verdad, para que sea rápido (…); pero yo creo que no va a hacer falta estar fregando, yo creo que va a fluir bien, al menos yo me siento con esa seguridad”, declaró en entrevista.

 

Y es que, a la propuesta presentada por la legisladora del PRI, Anilú Ingram Vallines, se adhirieron las diputadas de la oposición Tania María Cruz Mejía (PVEM), Maribel Ramírez Topete (MC) y Citlali Medellín Careaga (PVEM), así como los diputados Ramón Díaz Ávila (PT) y Othón Hernández Candanedo (PAN).

Por parte de Morena, el partido mayoritario en la LXVI Legislatura, aún no hay una postura definida sobre la iniciativa que está pensada en eliminar las redes de complicidad de un presunto feminicida.

Arussi Unda Garza subrayó que la propuesta ha sido elaborada con distintos expertos y funcionarios de instituciones estatales con el objetivo de que no sea declarada anticonstitucional. 

“Justamente, en un inicio, lo que se estuvo cuidando era eso, que no atropellara los derechos humanos de nadie por tener relación con algún tipo de delincuente; el que no llegar a ser anticonstitucional; el que no abonara persecución, a criminalización. 

 

“Pero también que no dejara tan abierta la puerta a la impunidad y a las redes de apoyo a delincuentes y tal; por eso estuvimos trabajando muchos meses y Sobre todo tomando recomendaciones”, observó.

 

La feminista refirió que en la elaboración participó la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), de la Fiscalía General del Estado, de juristas, así como catedráticos de la Universidad de Xalapa.

 

“Vaya, fueron muchísimas personas que estuvieron checándolo justo para eso, para que quedara sin ningún vacío, sin ningún hueco, que quedara claro y me parece que se logró”, añadió Arussi Unda Garza.

 

REFORMA COMPLEJA

Durante la sesión, se explicó que la reforma modificaría disposiciones del Código Penal estatal teniendo como principal objetivo sancionar a quienes encubran a presuntos feminicidas o que los ayuden a huir, aunque con ciertas atenuantes para no contravenir leyes superiores.

Ingram Vallines refirió que se prevé modificar el artículo 345, párrafo primero y la fracción II, para establecer que no se sancionará a quien oculte al responsable de un delito cuando se haga por un interés legítimo y no se emplee algún medio delictuoso.

Esto únicamente aplicará si se trata del cónyuge, concubina o concubinario, parientes colaterales por consanguinidad hasta el segundo grado y la pareja de hecho.

Igualmente, se reformaría la fracción II del artículo 26 para señalar que son causas de inculpabilidad que el agente actúe por miedo o temor fundado e irresistible de un mal inminente o grave en su persona, o de alguien ligado a él por vínculos de parentesco: ascendientes y descendientes consanguíneos, sin limitación de grado, o colaterales hasta el segundo grado; o por adopción; o el cónyuge, concubina o concubinario; o su pareja de hecho.

Un aspecto importante de la propuesta es que busca la fracción III del artículo 345, el cual permite la inculpabilidad a quien argumente amor, respeto o amistad para no actuar contra un presunto feminicida.

De acuerdo con el proyecto, dicha fracción es tan genérica que cualquier persona podría argumentar el sentir amor, respeto o amistad, sin que esto existiera en la realidad y quedarían estos supuestos sentimientos a interpretación, no existiendo una lógica jurídica, lo que genera redes muy amplias de apoyo a presuntos delincuentes:

 

“Como sucede en los casos de violencia contra las mujeres y feminicidios, delitos que son poco denunciados y por lo tanto, como se ha venido argumentando, las víctimas no tienen acceso a una justicia pronta y expedita”.

 

Hay que recordar que la Ley está bautizada en alusión al feminicidio de Montserrat Bendimes, perpetrado en 2021 en el puerto de Veracruz. Por este caso existe orden de aprehensión contra Marlon “N”, quien continúa evadido.

Ingram Vallines abundó que el artículo 345 y sobre las excepciones en las causas de no incriminación, en especial, el encubrimiento por parientes o personas allegadas.

 

“Se reforma el párrafo primero del Artículo 345 a fin de homologarlo con el Artículo 400 del Código Penal Federal y quitar una posible contradicción con el Artículo 347 referente a las sanciones para aquellas personas que destruyan o modifiquen la escena de un crimen, ocultando efectos, objetos o instrumentos del delito”, indicó.

 

Actualmente, el Código Penal veracruzano contempla en su artículo 345, excepciones en las causas de no incriminación, en especial al encubrimiento por parientes o personas allegadas.

Con la modificación, el artículo 26, fracción II, quedaría de la siguiente manera:

“Artículo 26: Son causas de inculpabilidad:

II.- Que el agente actúe por miedo o temor fundado e irresistible de un mal inminente o grave en su persona, o de  alguien ligado a él por vínculos  de parentesco: ascendientes y descendientes consanguíneos, sin limitación de grado, o colaterales hasta  el segundo grado; o por adopción; o el cónyuge, concubina o concubinario; o su pareja de hecho”.

Y el 345, quedaría así:

“No se sancionará a quien oculte al responsable de un delito o los efectos, objetos o instrumentos del mismo o impida que se averigüe, cuando se haga por un interés legítimo y no se emplee algún medio delictuoso, siempre que se trate de:

II.- El cónyuge, concubina o concubinario, parientes colaterales por consanguinidad hasta el segundo grado y la pareja de hecho.”

 

 

FP