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Fallo de Corte por ultrajes servirá a detenidos en otros estados

  • Ángel Cortés Romero
La ley de ultrajes se encuentra en 17 estados entre ellos Tabasco, Campeche, Chiapas, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala, Guerrero y Edo. de México

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad en el estado de Veracruz, marcó un precedente judicial para el resto de entidades federativas de la República mexicana.

De acuerdo con Luis Alberto Martín Capistrán, director de la Facultad de Derecho de la Universidad Cristóbal Colón, el precedente judicial puede ser usado por cualquier persona del país que enfrente un proceso penal por delitos similares al de ultrajes a la autoridad en cualquier otro estado.

El tipo penal de ultrajes a la autoridad u otros similares, como delitos cometidos contra servidores públicos, están contenidos en los códigos penales de otros 17 estados del país, entre ellos Tabasco, Campeche, Chiapas, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala, Guerrero, Colima, Jalisco, Estado de México e Hidalgo.

Según el abogado, el fallo de la Suprema Corte no obliga al Congreso de Veracruz ni a las legislaturas de los otros 17 estados que contemplan el tipo penal de ultrajes a las autoridades u otros similares a derogar el o los delitos

El delito de ultrajes a la autoridad seguirá contemplado en al artículo 331 del Código Penal del estado hasta que la legislatura veracruzana decida derogarlo, sin embargo, el tipo penal no podrá ser utilizado para detener o imputar a ninguna persona, explicó.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 331 del Código Penal del estado de Veracruz la tarde del pasado 28 de febrero, con lo que las personas detenidas por ultrajes a la autoridad quedarán libres una vez que la acción surta efecto retroactivo.

 

Acción de inconstitucionalidad tendrá efectos en el resto del país

La acción de inconstitucionalidad del delito de ultrajes a la autoridad en el estado de Veracruz surtirá efectos en el resto de los estados del país debido a que la Suprema Corte de Justicia emitió una sentencia a través de una mayoría calificada.

Debido a que la sentencia se realizó por mayoría calificada, la acción de inconstitucionalidad sobre el delito de ultrajes cobró un principio de generalidad, contemplado en las fracciones uno y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Según lo que establece la constitución, las acciones de inconstitucionalidad que la Suprema Corte resuelva tendrán un efecto general cuando sean aprobadas por una mayoría de por lo menos ocho votos, de lo contrario, sólo podrán hacer uso de ellas las partes involucradas en la controversia.

Lo anterior significa que debido a que la inconstitucionalidad del delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz fue aprobada con 10 votos, cualquier persona en el país que se sienta afectada por delitos similares o el mismo puede usar la sentencia de la Suprema Corte a su favor, aseguró Luis Alberto Martín Capistrán.

"La idea es que, si los elementos del tipo penal coinciden, entonces pueden ser usados en sus beneficios por aquellos que están sufriendo los embates de una ley similar", dijo.

El abogado insistió en que la acción de inconstitucionalidad aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación solo invalida el artículo 331 del Código Penal del estado de Veracruz.

 

Así se puede usar acción de inconstitucionalidad en el resto del país

Luis Alberto Martín Capistrán explicó que la Corte deberá ordenar el engrose de la sentencia en el expediente de acción de la inconstitucionalidad del delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz y, posteriormente, su publicación en el Semanario Judicial de la Federación y el Diario Oficial de la Federación.

"Esta publicación tanto el semanario como en el diario es lo que los que están sujetos a proceso pueden invocar los que están sujetos a proceso en otras entidades federativas", mencionó.

De acuerdo con el director de la Facultad de Derecho de la Universidad Cristóbal Colón, las personas que se consideren afectadas por el delito de ultrajes a la autoridad o similares en otras entidades federativas pueden solicitar que su proceso sea sobreseído o la recuperación de su libertad.

También pueden solicitar enfrentar su proceso en libertad aquellas personas que estén imputadas por tipos penales similares que contemplen la prisión preventiva oficiosa como la contempla el delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz, ya invalidado por la SCJN.

Los imputados por ultrajes a la autoridad o delitos parecidos deberán exhibir la sentencia de la acción de inconstitucionalidad a los jueces para que analicen la aplicación de la inconstitucionalidad del tipo penal, comentó Martín Capistrán.

"Si el juez de primera instancia, el juez de fuero común, el juez del estado, decide no aplicarla, entonces procedería, según sea el caso, el juicio de amparo indirecto, en el cual se solicita el amparo y protección de la justicia federal", expresó.

Así las personas que se consideran afectadas por esta especie de delitos recobrarían su libertad o lograrían el sobreseimiento de sus procesos, es decir, se darían por concluidos.

 

Nueva iniciativa de Cuitláhuac García violaría la ley, afirma abogado

Momentos después de que la Suprema Corte invalidó el artículo 331 del Código Penal del estado de Veracruz, el gobernador Cuitláhuac García aseguró que enviará una nueva iniciativa a la cámara de diputados para que se cree un nuevo tipo penal que sustituya al delito de ultrajes a la autoridad.

"Cuidando los tiempos y las formas se enviará la propuesta esta misma semana. Es importante que sea esta misma semana. Ya tomamos nota de qué palabras no se pueden usar, qué términos no se pueden hacer y qué tipos penales deben usarse, incluso, si caben en otra materia", afirmó.

De acuerdo con el gobernador, se busca que quienes agredan físicamente y con armas a los cuerpos de seguridad de Veracruz sean castigados, pese a que el artículo 371 Quinquies, que la Corte dejó intacto, ya protege a sus elementos.

Martín Capistrán aseveró que la iniciativa de reforma que el gobernador pretende enviar al Congreso de Veracruz violaría la sentencia de la Suprema Corte, que ya analizó los elementos del delito de ultrajes a la autoridad.

"Si se mandara una iniciativa y se aprobara alguna ley que sustituya o supla este delito que se está declarando inválido, en el propio juicio de la acción de inconstitucionalidad se puede promover el recurso de queja", declaró.

De ser necesario, el recurso de queja deberá ser promovido por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) que interpuso la acción de inconstitucionalidad 66/2021 para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación echara abajo el delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz

"El contenido del tipo penal ya fue puesto en análisis, digamos, ya fue cosa juzgada, y no es posible que al mismo tipo penal se le cambie de nombre", externó.

El senador morenista Ricardo Monreal declaró este martes 1 de marzo que Cuitláhuac García debería meditar sobre la nueva iniciativa que enviaría al Congreso de Veracruz para sustituir el delito de ultrajes a la autoridad.

"Vamos a volverla a impugnar ante la Corte, si es similar a la que acaba de invalidar el mismo Tribunal Superior de Justica en el país", señaló.

Ricardo Monreal fue el principal actor político que señaló desde septiembre de 2020 que el delito de ultrajes a la autoridad era violatorio de derechos humanos y era usado como herramienta de persecución política por el gobierno de Cuitláhuac García.