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Delito de ultrajes pone en riesgo a ciudadanos y opositores: abogados

  • Miguel León y Víctor Toriz
Tres especialistas opinan que fue un error de los diputados locales de la legislatura pasada haber aprobado reformas al Código Penal

Abogados penalistas y una académica coincidieron en que el delito de ultrajes a la autoridad atenta contra los derechos humanos, por lo que en Veracruz en vez de reformarlo para ampliar sus agravantes se debió derogar como sugirió desde 2016 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Tres especialistas opinan que fue un error de los diputados locales de la legislatura pasada haber aprobado reformas al Código Penal del Estado, por lo que esperan que la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) sea aprobada por los ministros de la Corte.

 

 

El 11 de marzo del 2021 fueron aprobadas diversas modificaciones al Código Penal de Veracruz que se publicaron en el secreto 848, entre las que se incluye ampliar las agravantes del delito de ultrajes a la autoridad para enfurecer sus penas y posibilidades de justificar la solicitud de prisión preventiva en contra de los sujetos vinculados a proceso por este delito.

Desde entonces y hasta la fecha, la Fiscalía General del Estado ha utilizado este tipo penal para vincular a proceso a políticos de oposición, manifestantes, litigantes e incluso periodistas.

La catedrática de la facultad de derecho de la Universidad Veracruzana (UV), Rosa Hilda Rojas Pérez, criticó que la Fiscalía General del Estado (FGE) utiliza el delito de ultrajes a la autoridad como un instrumento violatorio de los derechos humanos, mientras que el Poder Judicial del Estado es cómplice por tolerar las detenciones en contra de los ciudadanos y además fijar medidas cautelares que van desde el pago de garantías económicas hasta la prisión preventiva.

 

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“El delito de ultrajes se ha tomado como un instrumento represor en contra de toda la ciudadanía sobre todo porque se han efectuado detenciones y se han vinculado a proceso a personas que hoy no deberían estar sufriendo prisión preventiva, porque existe una acción de inconstitucionalidad presentada por la CEDH y que sigue sin resolverse”, declaró.

 

Rosa Hilda Rojas dijo que en caso de que la Suprema Corte declare inconstitucional la reforma al código penal de Veracruz, el gobierno deberá reparar el daño a las personas que fueron imputadas por el delito de ultrajes a la autoridad, desde 11 de marzo de 2021.

 

“Esta reforma viola el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, por ser un delito en el que no está definida de manera clara y precisa sus especificaciones. ¿Cómo responderá el Poder Judicial cuando se les encuentre inocentes? Deberá de reparar daños de manera integral. El privar de la libertad a una persona así sea un minuto es bastante grave.”

 

Ultrajes se debió derogar en vez de ampliar penas y agravantes

El abogado penalista Celestino Espinoza Rivera coincidió en que la reforma que hicieron legisladores locales al Código Penal del Estado de Veracruz debió derogar el delito de ultrajes a la autoridad en lugar de aumentar la punibilidad, como se hizo.

 

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El litigante dijo que dentro del sistema de justicia penal acusatorio la prisión preventiva se considera como un último recurso dentro de las medidas cautelares que se imponen a personas vinculadas a proceso, ya que se utiliza únicamente para delitos considerados graves y en casos en los que se justifica.

Sin embargo, las modificaciones en la ley de Veracruz permitieron que autoridades actúen amparadas por el mismo sistema para que se utilice la prisión preventiva justificada en el delito de ultrajes a la autoridad, con los argumentos probatorios mínimos para vincular a proceso a los acusados, dijo el abogado.

De acuerdo con las modificaciones que hicieron diputados en la pasada legislatura, los agravantes del delito de ultrajes a la autoridad fueron fortalecidos para que en casos con ciertas características se aumenten las penas privativas de la libertad desde la primera etapa del proceso.

Las agravantes hablan de personas que porten armas o instrumentos peligrosos en caso de agredir a una autoridad; la agresión utilice cualquier tipo de violencia contra la víctima; que el acusado manifieste ser miembro de una pandilla, asociación delictuosa o delincuencia organizada; o que ponga en riesgo y desventaja a la víctima.

 

“Pareciera que tienen la oportunidad de detener a alguien y utilizan el delito de ultrajes a la autoridad y ya después aparece una orden de aprehensión, que hacen a las carreras, si fiscales y policías investigadoras se capacitan en hacer una investigación científica, objetiva, con las herramientas periciales que tienen a su disposición, va a ser más fácil sostener su teoría del juicio en el caso”, dijo el abogado.

 

Instrumento de venganza que alcanza a ciudadanos de a pie

El director de la Facultad de Derecho de la Universidad Cristóbal Colón, Luis Alberto Martín Capistrán, dijo que el uso que ha dado la Fiscalía General del Estado al delito de ultrajes a la autoridad desde que se aprobó la reforma al Código Penal de Veracruz el 11 de marzo del 2021, muestras que se trata de un “instrumento de venganza”.

 

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“Aquí el legislador de la legislatura pasada se equivocó gravemente, y en lugar de adecuar el delito de ultrajes a la autoridad al criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cometieron el grave error de crear un delito que se ha convertido hoy en un objeto de venganza, en donde los cuerpos policiales, donde todos aquellos cuerpos que tienen que ver con la seguridad pública están utilizando como un instrumento de venganza”.

 

El abogado penalista señaló que las agravantes que se impusieron dejaron a los ciudadanos comunes vulnerables al momento de defender sus derechos frente a cualquier autoridad encargada de la seguridad pública y la procuración de justicia.

De acuerdo con el especialista cualquier ciudadano puede ser detenido y encarcelado en caso de apelar a sus derechos, en caso de que la autoridad a la que enfrenta sienta que es agredida verbal o físicamente.

Si bien consideró que la intención en un inicio buscaba que se dieran facultades a los cuerpos policíacos al momento de realizar procedimientos, terminó por convertirse en una ley que viola las libertades de los acusados.

 

“El sistema penal que estamos viviendo, que es la reforma constitucional del 2008, y que estamos los abogados y los operadores políticos implementando, estamos buscando adecuarlo, genera trabas legales como esta que le dan a la autoridad erróneamente metafacultades para poder actuar sin incurrir en abuso de autoridad y le limitan a los particulares la facultad de inconformarse”.