• Estado

Winckler tramita amparo buscando enfrentar juicios políticos

  • Carlos Caiceros
El fiscal general tramitó una suspensión en contra de una reforma que da la atribución al Congreso de removerlo del puesto

Xalapa, Ver.-Mediante un amparo el fiscal general del Estado, Jorge Winckler Ortiz, busca enfrentar los juicios políticos que los diputados locales de Morena están impulsando en el Congreso del Estado en su contra al señalar de inconstitucional una reforma a la carta magna local que permite al Poder Legislativo removerlo del cargo como parte de sus atribuciones.

El titular de la Fiscalía General del Estado tramitó la suspensión en contra del Decreto Número 749 mediante el cual la pasada LXIV Legislatura en Veracruz, que tuvo mayoría panista, modificó la Constitución.

Dicha modificación estableció en el artículo 67 que el titular de la Fiscalía General “podrá ser removido por el Congreso por las causas graves que establezca la Ley, y por el mismo procedimiento de votación establecido para su designación”.

Es decir que el Poder Legislativo podrá remover al titular del organismo con mayoría calificada del pleno de la Legislatura, sin necesidad de implementar un juicio político, acción que prefiere encarar Winckler Ortiz.

Hay que recordar que hasta el momento se han registrado públicamente 4 denuncias de juicio político en contra del fiscal general.

[relativa1]

En su solicitud de amparo el fiscal señala que se le busca aplicar la Ley retroactivamente, pues al sumir la titularidad de la Fiscalía el 30 de noviembre de 2016 solo podía ser quitado del puesto según lo que establece la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia del Estado.

Expuso que hasta antes de la reforma de la Constitución Política que impugnó el único mecanismo para removerlo era Bi-instancial, es decir que participa el Congreso local como Jurado de acusación y el Tribunal Superior de Justicia como Jurado de Sentencia.

“A diferencia del procedimiento de juicio político en el cual si puedo ser oído y vencido en ambas instancias y en donde el que sanciona es el Poder Judicial del Estado la reforma al artículo 67 (…) me deja en un estado de indefensión e inseguridad jurídica total”.

Así, para el fiscal la reforma al artículo 67 viola sus garantías de “legalidad y seguridad jurídica” transgrediendo su derecho al debido proceso y defensa adecuada, violentando además la Constitución Federal; “aunado a que se pretende su aplicación retroactiva”.

Reforma fue aprobada por panistas

Cabe recordar que el decreto fue publicado el pasado 29 de noviembre en la Gaceta Oficial del Estado, el penúltimo día en el que estuvo al frente del Poder Ejecutivo el gobernador, Miguel Ángel Yunes Linares.

La suspensión de Winckler Ortiz fue tramitada ante el Juzgado de Distrito Décimo Quinto con sede en Xalapa, en la que el fiscal establece la inconstitucionalidad de la reforma avalada por diputados del PAN, quienes tenían mayoría en el Congreso anterior.

Este recurso no es en contra de las recientes modificaciones a la Constitución hechas por la actual LXV Legislatura, ahora con mayoría de Morena, quienes hicieron cambios al artículo 33 para dejar clara la facultad del Congreso para remover al Fiscal entre sus atribuciones, de acuerdo a lo señalado en el artículo 67, reformado por el PAN hace unos meses, ahora llamada Ley “Anti-Winckler”.

[relativa2]

Con las modificaciones al artículo 33 se estableció que el Congreso del Estado podrá “Designar y remover al Fiscal General del Estado de conformidad con lo previsto en el artículo 67 fracción I inciso d) de esta Constitución”, es decir con la mayoría calificada.

De proceder el amparo de Winckler Ortiz la modificación a la Constitución aprobada por Morena no podría tener efecto legal, sin importar si es avalada por la mitad más uno de los 212 ayuntamientos veracruzanos.

Aparte del decreto 749 aprobado por el Congreso del Estado el fiscal general se amparó en contra del Gobernador de Veracruz y el encargado de la Gaceta Oficial por la publicación del 29 de noviembre que contiene la reforma del artículo 67.

En su argumentación concretamente Winckler Ortiz establece que al asumir el cargo, a partir del 30 de noviembre de 2016, el Congreso del Estado no tenía como atribución la remoción del fiscal general, pues dicha acción solo se podía realizar mediante un juicio político.

Argumentó que la posibilidad de removerlo del cargo tiene que ser forzosamente mediante el Congreso del Estado constituido como jurado de acusación y del Poder Judicial del Estado, erigido como jurado de sentencia.

Es decir que con la modificación a la Constitución sería atribución exclusiva del Congreso poner y remover del cargo al Fiscal, sin necesidad del juicio político.

Winckler Ortiz aseveró que esto va en menoscabo de sus derechos, al soslayar la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia vigente al ser designado en el cargo de fiscal general, cuando el Legislativo no tenía la facultad de remover al titular de la Fiscalía.

[relativa3]