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CEDH emite recomendación por desaparición forzada de policías de Úrsulo Galván

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Se ordena a la SSP indemnizar a las familias e investigar y determinar la responsabilidad por las acciones y omisiones en las que incurriero

Xalapa. Ver.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), emitió la recomendación 03/2017 a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) por la desaparición forzada de ocho policías en el municipio de Úrsulo Galván en 2013, cuando se encontraba al frente de la dependencia, Arturo Bermúdez Zurita.

En una de las primeras recomendaciones en el estado por desaparición forzada, la comisión ordenó a la SSP indemnizar a las familias, para que les sean pagados a las madres y esposas, los gastos de traslado, médicos, y los demás que hayan realizado para localizar a los desaparecidos, además el pago de una justa indemnización.

También pidió investigar y determinar la responsabilidad administrativa, a través del correspondiente procedimiento administrativo y disciplinario, por las acciones y omisiones en las que incurrieron los servidores públicos involucrados en el caso.

Además se pide coadyuvar con el Agente del Ministerio Público Investigador de Cardel, en la integración de la investigación ministerial número, iniciada con motivo de la denuncia interpuesta por las peticionarias.

De acuerdo al testimonio de familiares, el 11 de enero del 2013, los ocho policías salieron a realizar rondines de rutina, sin embargo en la comunidad de “El Arenal”, fueron detenidos por elementos de la Policía Estatal del Grupo Tajín, y la patrulla en la que iban fue encontrada quemada al día siguiente.

Aun cuando hubo una denuncia por estos hechos, luego de la investigación de la CEDH, se determinó que la Secretaría de Seguridad Pública, nunca realizó las acciones de investigación internas correspondientes, encaminadas al esclarecimiento de los hechos con relación a la participación de elementos de esa dependencia en la desaparición forzada.

“Se concluye la responsabilidad institucional de esa Secretaría por cuanto hace a un compromiso serio de respetar el derecho de las personas a no sufrir desaparición forzada, incluyendo la investigación de los hechos, así como la coadyuvancia con las demás autoridades competentes para conocer de los mismos”, señala la recomendación.

El organismo también observó la negativa de la institución en el esclarecimiento de los hechos, ya que a lo largo de los requerimientos, ha negado en su totalidad que elementos de esa policía estatal hayan participado en la desaparición forzada de los policías.

“Únicamente se limitó a negar los hechos pese a tener conocimiento de que personal que en su momento prestó sus servicios a esa dependencia, incluso el día 11 de enero del 2013, se encuentran sometidos a procesos judiciales por la presunta comisión del delito de desaparición forzada, así como de la existencia de la investigación ministerial”, revela la recomendación.

La recomendación va dirigida al actual titular de SSP, pero la responsabilidad corresponde al entonces secretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita, hoy preso en el Penal de Pacho Viejo por tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito, y pide investigar a los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, quienes deberán ser identificados e investigados por parte de esa dependencia, con el objetivo de que respondan por las responsabilidades administrativas y penales que les resulten.

La reparación del daño

De acuerdo a los testimonios de los familiares, como consecuencia de la desaparición forzada de los esposos e hijo, no solo han perdido a sus seres queridos, quienes aportaban el sustento económico familiar, sino también han realizado múltiples gastos de traslado, médicos, y los demás que implican la búsqueda de un desaparecido.

Ante ello, la CEDH señala que la autoridad responsable está obligada a reparar esos gastos, incluyendo una justa indemnización.

También la SSP deberá realizar los trámites necesarios ante la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas del Delito, para que las familias sean incorporadas al Registro Estatal de Víctimas y reciban los apoyos que les concede la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Ésta debe incluir la atención médica y psicológica, de acuerdo a las necesidades actuales de las víctimas.

También la Fiscalía General del Estado de Veracruz, deberá brindar todo el apoyo necesario para que el quejoso y sus familiares reciban atención especializada de manera inmediata y gratuita.

La dependencia tendrá 15 días para aceptar la recomendación e iniciar con los procedimientos que se exhortan en el tema.

Avc

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