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Los abusos de Fiscalía en el caso Diana Patricia

  • Miguel Ángel León Carmona
María de la Luz Estrada detalla una serie de irregularidades en el caso de Diana, joven que paso 3 meses en prisión por abortar

“A Diana Patricia se le demostró su inimputabilidad, por eso el juicio fue sobreseído y quedó en libertad”, dijo la Fiscal de Veracruz ante medios. Pero esa técnica explicación ocultaba un dato revelador: La joven fue enviada a prisión durante tres meses, a pesar de que padecía una discapacidad mental.

 

“Diana nunca debió pisar la cárcel ni ser imputada por homicidio doloso; detrás de su aborto hay años de violencia sicológica y física de sus dos últimas parejas y eso nunca se incluyó en un dictamen de contexto por parte de la Fiscalía”, contó María de la Luz Estrada, acompañante del juicio de la joven originaria de Acayucan, Veracruz.

 

De la Luz Estrada, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio en México, agregó que la abogada independiente Susana Semein recabó información con vecinos de Diana, quienes refirieron que desde tiempo atrás padecía una discapacidad mental, condición que por ley la exime de cualquier juicio en su contra; mismo criterio que aplica para menores de edad.

Diana fue detenida el 28 de mayo de 2021 luego de perder a su bebé de siete meses de gestación en un baño de Soriana, en el municipio de Oluta. En una actuación exprés, al ministerio público de Acayucan en cinco días solicitó una orden de aprehensión contra la joven y la señaló ante un juez por el delito de homicidio doloso en grado de parentesco y no por aborto, lo que para entonces no ameritaba la medida cautelar de prisión preventiva.

Pero no solo eso -sostuvo De la Luz Estrada en entrevista con E-Consulta- la fiscal llegó a declarar a la madre de Diana Patricia como testigo, aunque en favor de su yerno, quien terminó por escapar con un hijo que procreó con Diana.

María de la Luz Estrada explicó que hace aproximadamente dos semanas su grupo tuvo una reunión para discutir el caso de Diana Patricia con la Fiscalía de Veracruz y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia (Conavim). “Allí expusimos una serie de irregularidades que se deben contar”, aseguró. 

 

“Se generó una mesa con Fiscalía, con la M.P. que lleva el caso y la CONAVIM, instancia que ve cómo se judicializan los casos de mujeres encarceladas por aborto u homicidio en razón de parentesco, donde siempre hay una criminalización y los peritajes van en contra de las mujeres”, añadió.

 

La activista dijo que obtuvieron una copia de la carpeta de investigación por el caso de Diana, donde reprocharon una falta de perspectiva de género durante la investigación. Además, cuestionó por qué un caso tan mediático como este necesitó tres meses y 20 días para reconocer la inimputabilidad de Diana, debido a su discapacidad mental.

La Fiscalía de Veracruz tampoco contempló un procedimiento especial para personas inimputables, el cual está considerado en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

“Ella tiene una discapacidad, pero eso lo sabía la Fiscalía. El ministerio público minimiza eso y pone a la mamá de Diana a declarar como testigo de la otra parte, su pareja. Nosotros siempre estamos con las víctimas y para nosotros ella era una víctima. FGE estaba obligada a investigar si Diana era víctima de violencia con su anterior pareja y la actual.

“Eso es un factor que pudo haber provocado el hecho del aborto o como quieran llamarlo (homicidio) y por el otro lado, su problema de discapacidad mental. A Diana le tienen que reparar el daño, son tres meses de prisión”, remató María de la Luz Estrada. 

 

Por este caso, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) tiene una queja abierta, además, junto a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) solicitaron a los jueces del poder judicial permitir a la mujer llevar su proceso en libertad. Esto, aun cuando en Veracruz el aborto seguía siendo penalizado