• Economía

¿Qué pasa si no haces tu declaración anual? Esto dice el SAT

  • Carlos Navarrete
Se preveen sanciones económicas para las personas que no cumplan con este trámite tributario, advirtió la institución

Veracruz, Ver.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer que la fecha límite para la presentación de la declaración anual de impuestos para personas morales, será el próximo 1 de abril, ya que el 31 de marzo es día inhábil.

Al respecto, Concepción Pastora Fernández del Río, administradora Encargada de Recaudación, informó que quien no presente su declaración en la fecha límite lo puede hacer al día siguiente, aunque eso implicaría una recarga.

En caso de que el contribuyente incumpla con su obligación, será acreedor a sanciones económicas previstas por la ley.

 

“Este es el plazo que legalmente tienen los contribuyentes personas morales para presentar su declaración anual sin que con ellos recaigan en una actualización o un recargo. Si la persona moral no presenta por alguna circunstancia su declaración anual en este periodo que señala la ley, que es hasta el 1 de abril, puede presentar el 2 de abril, de hecho, se conmina a que la presente, nada más que aquí va a llevar un recargo derivado de la presentación extemporánea”.

Insistió en que puede haber consecuencias en caso de incumplir con la presentación, por lo que invitó a los contribuyentes a no dejar pasar la fecha límite para la presentación de sus declaraciones. 

“Si no lo presentaran dentro de este plazo lo pueden presentar de una forma extemporánea y también voluntaria. Aquí si hay un costo porque de acuerdo con el Artículo 17 ya se hacen generadores a lo que son recargos y también a una actualización”.

En ese sentido, detalló, los días 22, 25,26, 27 de marzo y el día 1 de abril, el horario de atención en las oficinas del SAT que se localizan en la Torre 1519 (Paseo de la Niña Número 150 del fraccionamiento Las Américas de Boca del Río) se ampliará de 8:30 de la mañana a 6:00 de la tarde. El horario de atención extendido aplicará tanto para oficinas como para servicio en línea.

Recuerda que si vas a preparar hacer y presentar su declaración anual debes tener a la mano los siguientes documentos:

- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

- E-firma (firma electrónica).

- Contraseña generada en el portal del SAT.

- Datos bancarios como tu Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en caso tener saldo a favor.

- Y nombre del beneficiario para poder recibir tus recursos.

La declaración anual es básicamente el reporte detallado de todas sus operaciones contables y fiscales realizadas el año anterior, en este caso el 2023.