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Ley Nahle y momentos que mantienen humilde al Congreso de Veracruz

  • Alba Alemán
Una recopilación de los revés que ha dado la SCJN a la legislatura veracruzana.

Xalapa, Ver.- De nueva cuenta, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio revés al Congreso del Estado de Veracruz, tras la invalidación de la "Ley Nahle" que, como otras reformas, fue aprobada en 2022 por la mayoría de los diputados locales de MORENA.

La SCJN invalidó parcialmente la llamada “Ley Nahle” este martes 31 de enero. Con ocho votos a favor, las y los ministros determinaron eliminar el párrafo que establecía que podían ser candidatos a la gubernatura de Veracruz las personas no nacidas en el estado, pero “con hijos veracruzanos”.

Este no es el único revés que el máximo tribunal ha hecho al Congreso del Estado de Veracruz. Acá te contamos.

LEY PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El 6 de enero de este año, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF)  se publicó la sentencia de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó las reformas a la Ley para la Integración de las Personas con Discapacidad, realizada en mayo del 2020.

Las y los ministros concluyeron que la reforma era improcedente, debido a que no se consultó a ninguna persona con discapacidad, por lo que el actuar de los diputados locales de Veracruz va en contra del derecho, al incumplir con el mecanismo que se debe seguir para crear y dictaminar una ley, así como contra los propios derechos humanos que garantiza la Constitución Política de México.

ULTRAJES A LA AUTORIDAD

El 28 de febrero del 2022, la  SCJN declaró la invalidez del tipo penal de ultrajes, previsto en el artículo 331, fracciones I, II y IV del Código Penal del Estado de Veracruz.

Lo anterior, debido a que las y los ministros afirmaron que contiene una restricción al derecho de libertad de expresión.  Así como también dicha ley limitaba razonablemente el tipo de conductas que pueden realizar la ciudadanía, lo que genera incertidumbre y limitaba el ejercicio de la libertad de expresión.

Esta acción de inconstitucionalidad, 59/2021, y su acumulada, 66/2021, fueron promovidas por diversos diputados integrantes de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, ambos del estado de Veracruz.

MATRIMONIO IGUALITARIO

El 30 de mayo del 202,  la SCJN invalidó las disposiciones del Código Civil del Estado de Veracruz que excluían del matrimonio a las parejas del mismo sexo.

Se invalidó el artículo 47, en donde establecía “su madre o su padre”, pues, aunque dicha disposición se refiere a cómo se deberá nombrar a los hijos nacidos de matrimonio y no a la definición de matrimonio como tal, en ella se reafirmaba la exigencia de que el matrimonio debe ser celebrado únicamente entre un hombre y una mujer, excluyendo a las parejas homosexuales. 

Estas acciones de inconstitucionalidad,144/2020, y su acumulada, 185/2020, también fueron promovidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz y la Comisión Nacional de los Derechos Humano.

REFORMA ELECTORAL

El 23 de noviembre del 2020 la SCJN invalidó el Decreto 576, por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política del estado de Veracruz, por falta de consulta a las comunidades indígenas y afromexicanas de la entidad.

El decreto impugnado incidía directamente en los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del Estado, por lo que, conforme a los artículos 2° de la Constitución General y 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las autoridades locales se encontraban obligadas a realizar una consulta de forma previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe en la que participaran dichos grupos.