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¿Qué hacer si aún no te depositan tu aguinaldo?

  • La Silla Rota
Aquí te decimos qué puedes hacer en caso de que aún no hayas recibido esta prestación de fin de año

Con información de La Silla Rota

El pago del aguinaldo es una de las prestaciones que los trabajadores mexicanos más esperan durante el año, pues implica que en diciembre no solo reciban su pago quincenal, sino también un monto extra: el famoso aguinaldo para poder solventar los gastos que trae la época navideña, como la cena de Navidad, de Año Nuevo, las posadas y los regalos

Sin embargo, no todas las empresas cumplen a tiempo con esta prestación de fin de año para todos sus empleados y por ello, aquí te decimos qué puedes hacer en caso de que aún no hayas recibido tu aguinaldo 2022.

Recuerda que, el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo indica que el aguinaldo se debe entregar antes del 20 de diciembre, por lo que muchos que están en la situación de aún no recibir esta prestación se preguntan qué pueden hacer al respecto.

 

¿QUÉ PUEDO HACER SI TODAVÍA NO RECIBO MI AGUINALDO?

“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”, dice el Artículo 10 del Ley Federal del Trabajo.

Por ello, a partir del 21 de diciembre y hasta un año después, si no recibiste tu aguinaldo, todo trabajador tendrá derecho de interponer su denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), quien se encargará de tomar tu caso y te orientará para realizar el proceso de reclamo de este derecho laboral, en donde te brindarán el servicio de un abogado de manera gratuita.

Finalmente, tendrás que enviar un mensaje [email protected] para exigir el pago de esta prestación que indica la ley.

 

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A RECIBIR AGUINALDO y QUIÉNES NO?

Todos los trabajadores cuya relación se rija por la Ley Federal del Trabajo, incluso si son empleados eventuales o de confianza, tienen derecho a recibir aguinaldo.

Además, si los trabajadores solicitaron incapacidad por maternidad, incapacidad temporal o permiso de paternidad, tienen derecho a recibir su prestación completa.

Si el trabajador renuncia, es despedido o muere, también deberá recibir la parte proporcional a su aguinaldo o su familia en caso de defunción.

Por el contrario, los trabajadores contratados por honorarios no tienen derecho a recibir aguinaldo, a menos que exista subordinación y se cubra un horario máximo de ocho horas.

Lo mismo ocurre con los trabajadores independientes que puedan comprobar una relación de subordinación.