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¿Aceptar o no llamado de CNDH?, reto de Cuitláhuac en derechos humanos

  • Carlos Caiceros
La recomendación de la CNDH por el caso de los 6 jóvenes acusados de ultrajes plantea 3 escenarios de la mayor relevancia política

La recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por la detención arbitraria de seis jóvenes en Xalapa acusados de ultrajes a la autoridad plantea tres posibles escenarios de la mayor relevancia política para el gobierno de Cuitláhuac García Jiménez.

 

 

El primero es que el Ejecutivo estatal tiene como fecha límite hasta el 12 de enero para acatar el llamado del órgano y, entre otras acciones, implementar el proceso en el Congreso de Veracruz, donde cuenta con la mayoría de su partido, para derogar el delito de ultrajes a la autoridad; de aceptar la recomendación, el mandatario tiene otro plazo de 15 días adicionales para presentar las pruebas de que está cumpliendo.

Sin embargo, de acuerdo con la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, si el mandatario rechaza la recomendación puede ser llamado por el Senado para “fundar, motivar y hacer pública su negativa”. Posteriormente, la CNDH determinará, previa consulta al Senado, si la fundamentación es suficiente para rechazar el exhorto.

Si la fundamentación es insuficiente el mandatario deberá informar en otros 15 días si persiste o no en la posición de no aceptar o no cumplir con la recomendación. Si persiste la negativa, la CNDH podrá denunciar ante el ministerio público o ante la autoridad administrativa que corresponda, tanto al Ejecutivo, así como a los servidores públicos señalados en la recomendación como responsables de la violación de los derechos humanos.

De acuerdo con el artículo 46 de la mencionada Ley, en caso de que exista un cumplimiento parcial, la CNDH puede exhortar al gobernador para que atienda la recomendación y también puede requerir al Senado que lo cite, iniciando el mismo proceso que el segundo escenario señalado ante la posible negativa del mandatario estatal para atender la recomendación 146/2021.

Consultado al respecto, el abogado penalista, Tomás Mundo Arriasa, explicó que no hay forma de que García Jiménez, pueda justificar ante el Senado y la CNDH, una negativa a derogar el delito de ultrajes a la autoridad, de ahí que es inminente que se derogue el tipo penal.

Por su parte, la defensora de los derechos humanos, Anaís Palacios Pérez, lamentó que a 3 años del inicio de la actual administración el mandatario haya cambiado su discurso respecto a la protección de las víctimas, pese a que públicamente señala que es una prioridad de su gobierno.

“La postura debe ser en respetar los Derechos Humanos; el gobierno actual ha hecho esfuerzos en ese sentido, sin embargo, en figuras como el delito de ultrajes a la autoridad se ha señalado en múltiples ocasiones de violentar los derechos”, expone la activista, quien se encuentra de acuerdo con la derogación.

 

DISCURSO EN DUDA

“Nuestro gobierno acepta y reconoce que a las víctimas no se les ha hecho justicia y que lo más importante y urgente es brindar a las personas justicia, verdad y reparación”, fueron las primeras palabras de García Jiménez, minutos después de haber tomado protesta como gobernador de Veracruz, el 1 de diciembre de 2018.

Aunque en esa fecha hacía referencia a las víctimas de desaparición en la entidad, al grado de que su primer acto fue declarar emergencia humanitaria por esa problemática, desde su etapa como candidato y hasta la fecha ha insistido en que las víctimas tienen que ser prioridad.

A la fecha hay una veintena de recomendaciones dirigidas a instituciones establecidas en Veracruz desde el inicio de la administración morenista en 2018 emitidas por la CNDH.  Gran parte de esa cifra incluye actuaciones ilegales de parte de la Fiscalía General del Estado a cargo de Verónica Hernández Giadáns, quien llegó al cargo desde el 3 de septiembre de 2019, órgano que está incluido en el llamado de la comisión en el caso de los 6 jóvenes acusados de ultrajes.

 

 

Particularmente, al gobernador García se le ha llamado la atención en cuatro ocasiones, donde la CEDH ha reprochado violaciones a derechos humanos contra mujeres, contra migrantes y contra ciudadanos de a pie.

La última de estas es la citada recomendación 146/2021, emitida hacia finales de diciembre de 2021 donde se hace evidente que la Secretaría de Seguridad Pública fabricó pruebas, vía la Fiscalía, para mantener por más de tres meses encerrados a 6 jóvenes acusados de ultrajes a la autoridad, delito reformado por el Congreso en marzo de 2021, desde cuyo momento presuntamente ha sido utilizado de manera indiscriminada contra la población.

Aunque a inicios del año García Jiménez negaba que fuera una recomendación como tal, lo cierto es que la CNDH advirtió al gobierno que encabeza que deberá derogar el tipo penal y castigar a los involucrados; de lo contrario, enfrentar las consecuencias. A la Fiscalía requirió proceder contra los responsables y apoyar a las víctimas en la reparación del daño.

Otras de las recomendaciones que se han emitido al actual gobierno de Veracruz son la 78/2019 y la 54/2018 y la 89/2018, siendo esta la primera tras la llegada de García Jiménez al poder.

En el caso de la 89/2021, se le llamó la atención debido a que, durante ese año, elementos de la Policía Auxiliar (IPAX) dispararon contra un menor de edad que iba sobre los vagones del tren, hiriéndolo en la espalda y causándole paraplejia, lo que a la postre, impidió por completo su movilidad.

El asunto precisa que el IPAX recibió en 2019 -ya con servidores públicos nombrados por esta administración- una recomendación de parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) misma que rechazó completamente, instando al gobernador para que, entre otras cosas, reparara el daño a la víctima, tanto médica como económicamente, facilitara y coadyuvara en las indagatorias para las sanciones de los responsables y se evitara la repetición de actos similares.

Se encuentra también la recomendación 78/2019 donde se le reprocha al mandatario la brutalidad de agentes de la policía estatal quienes en coordinación con el Instituto Nacional de Migración (INM), durante un operativo de contención de migrantes en Juan Rodríguez Clara, cuando lesionaron a 130 personas en esa condición.

Igualmente, se precisa que la recomendación 54/2019 fue dirigida al gobierno que encabeza por las pésimas condiciones en las que mantiene operando los centros penitenciarios del estado, particularmente en las zonas donde están concentradas las mujeres privadas de la libertad.

Se indica que las prisiones de Veracruz no reúnen las adecuadas condiciones de habitabilidad, ya que su infraestructura, organización y funcionamiento gira alrededor de las necesidades de los varones, lo que contraviene el artículo 18 Constitucional, referente a que las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los hombres.

La CNDH reclamó que las mujeres privadas de su libertad carecen de personal médico y de seguridad, alimentación especializada para las personas menores de edad que viven con ellas, tienen deficiencias en infraestructura, les faltan talleres, aulas, áreas médicas, comedores, cocinas, áreas deportivas, ludotecas y espacios de visita conyugal adecuados, además de casi nula actividad cultural y recreativa, entre otros pendientes.

 

VERACRUZ NO PUEDE SER EXCEPCIÓN

El abogado Tomás Mundo Arriasa explicó que, si bien las recomendaciones de la Comisión no son vinculantes, es decir, no exigen que las dependencias o gobiernos las acaten y reparen el daño, por lo que el gobernador puede no aceptar la última, referente a la fabricación de pruebas contra los jóvenes.

Recordó que la autoridad dispone de 15 días hábiles a partir del momento en el que fue emitida la recomendación, 21 de diciembre de 2021, para informar si la acepta o no, plazo que fenece el 12 de enero. En el caso de la Fiscalía, el órgano tendría hasta el 21 de enero para dar cumplimiento.

Entre otras cosas, en la última recomendación se pide que se derogue el delito de ultrajes a la autoridad y se sancione a los servidores públicos involucrados en los hechos, es decir, a los elementos aprehensores y fiscales que llevaron el caso.

Al respecto, el abogado precisó que en términos de la Ley que rige a la CNDH, si García Jiménez determina no aceptar la recomendación, la Comisión tiene la facultad de acudir ante el Senado y éste, a su vez, tiene la facultad de citar a una comparecencia al gobernador de Veracruz y que ante ellos explique sus motivos, fundados y motivados, del por qué no aceptó las recomendaciones emitidas por la CNDH.

De aceptarla, deberá iniciar de manera inmediata el cumplimiento; si lo hace parcialmente, también tendría que explicar los motivos que lo llevaron a aceptar unas recomendaciones sí y otras no.

En todos los casos, el abogado dijo que queda a salvo la posibilidad de acudir ante el Senado si el mandatario no da cumplimiento en tiempo y forma a la recomendación.

Advirtió que la petición de la Comisión, acerca de derogar el delito de ultrajes a la autoridad no puede sustituirse por la intención de hacerle modificaciones al tipo penal, pues de hacerlo, no se estaría dando cumplimiento a lo expresamente solicitado.

 

“Derogar significa quitar el artículo del Código Penal, no hacer unas adecuaciones nuevas al delito, eso no es cumplir la recomendación. Si lo adecúa, lo modifica o le hace lo que le hace, no está cumpliendo la recomendación.

“Tiene que sancionar a los servidores públicos y tiene que iniciarse un procedimiento e informar a la Comisión cuando se haya cumplido, hasta sus últimas consecuencias en contra de los servidores públicos”, dijo.

 

Mundo Arriasa acotó que en un escenario donde el gobernador decida no derogar el artículo, sería interesante conocer sus argumentos ante el Senado del por qué no quiere eliminar del Código Penal de Veracruz un delito que ya ha sido declarado inconstitucional por la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Lo anterior, máxime que el artículo vulnera el principio de taxatividad, no es suficientemente claro, lo que a su vez deja abierta la puerta a la arbitrariedad y termina violando el 14 Constitucional, que mandata la exacta aplicación de la ley penal.

Es decir, el no conocer el alcance del tipo coloca al ciudadano o la persona acusada de incurrir en este, en desventaja sobre el servidor público que lo acusa.

Por su parte, Anaís Palacios Pérez señala que además del caso de los jóvenes acusados de ultrajes hay múltiples denuncias de ciudadanos que no han resultado mediáticas sobre presuntos abusos y agresiones de elementos policiales, quienes terminan acusándolos de ultrajes a la autoridad.

 

“El año pasado la Comisión Estatal de Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad contra este tipo penal; sin embargo, sólo hasta que es ventilado ante la opinión pública es que se está ventilado esta figura que ya ha sido declarada como inconstitucional.

“Parece contradictoria la postura del gobierno de no cambiar un delito que podría estar atentando contra los Derechos Humanos (…), Veracruz no puede ser la excepción”, opina la activista.