• Xalapa

Ley no prohíbe servicio de Uber; conductor detenido puede denunciar

  • Carlos Caiceros
Abogado expone que en Veracruz no existe causal alguna que justifique que chofer de la aplicación móvil haya sido privado de la libertad

El conductor de la aplicación Uber que fue detenido hoy en Xalapa podría denunciar a las autoridades por abuso, al no existir causal alguna ni actualizarse tipo penal que justifique que haya sido privado de la libertad, señaló el abogado Amilcar Hamal Reyes Guerrero. 

Al respecto, sentenció que tras ser detenido por brindar el servicio y su vehículo trasladado a un corralón, la autoridad debe aportar datos que sustenten la detención, pero en realidad no hay delito qué perseguir. 

Cabe recordar que este lunes fue detenido un conductor del servicio de transporte junto a su vehículo, que fue igualmente consignado por las autoridades de Transporte Público. 

En ese sentido, señaló que sería muy difícil acreditar que el conductor haya cometido un delito, cuando no hay como tal un permiso para que la empresa privada pueda operar en la entidad.

Reyes Guerrero señaló que está de acuerdo con colegas que han destacado que de acuerdo a como está estructurado el marco jurídico actual en el estado no hay prohibición para llevar a cabo la actividad de la firma, aunque si bien es cierto se tendrían que cumplir algunos requisitos en materia de transporte, eso sería cuando se reforme la ley, incluyendo en alguna modalidad al servicio ofrecido por Uber. 

Para ello, indicó, se debe tomar en cuenta que este  no sólo se limita al transporte de personas, sino es un complejo integral de servicios de logística para redes de transporte, incluyendo el de alimentación. 

Recordó que por ello la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) exhorta a no equipararlo con el servicio público de transporte. 

Reiteró que la conducta no reviste ningún tipo penal pues Uber es una empresa privada que presta un servicio en esos mismos términos, privado. 

"No se actualiza la hipótesis del artículo 272 -contra los medios de transporte- en cuanto hace al servicio de transporte público. Esta persona no estaba ofreciendo un servicio público, estaba ofreciendo un servicio de transporte particular", sentenció. 

El abogado enfatizó que si la detención estuvo a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública, esta debió ser a través de la Dirección de Transporte Público, estableciendo el motivo de la misma, máxime que si no fue así "puede presentar una queja a la entidad donde los funcionarios trabajan por abuso de autoridad para que se inicie un procedimiento de responsabilidad administrativa", señaló. 

Finalmente señaló que para poder detener a las personas que laboran para dicha empresa, es necesario reformar el código penal de Veracruz e incluir expresamente cuál es la hipótesis delictiva en torno a Uber.