• Veracruz

Trabajadora del IMSS es obligada a trabajar en puerperio

  • Carlos Caiceros
Pese al riesgo por pandemia, la trabajadora de la Unidad Médica 14 del IMSS en Veracruz regresó a laborar tras sufrir un aborto espontáneo

Xalapa, Ver. - Una trabajadora, madre de dos menores de edad, asignada al área de Enfermería de la Unidad Médica de Alta Especialidad 14 del IMSS en el Puerto de Veracruz, tuvo que regresar a laborar pese a que había sufrido un aborto espontáneo.

Su sistema estaba inmunocomprometido y la situación representaba un riesgo para ella y para sus hijos menores de edad.

La mujer tramitó vía administrativa la suspensión de labores desde marzo pasado y el Seguro Social no dio respuesta a la petición, sin importar que su centro de trabajo es de una alta probabilidad de contagio del coronavirus.

La afectada presenta un estado puerperal agravado, sumado a un diagnóstico médico de un sistema inmunológico comprometido.

Con todo lo anterior, el Seguro Social requirió a la demandante reanudar actividades en el centro de trabajo de modo presencial.

Con la asesoría del despacho Cámpoli Abogados la empleada logró que un juez federal determinara que la quejosa suspenda labores, gozando de su sueldo y demás prestaciones, al estar protegida por ser población de riesgo al covid-19.

Este no es el único caso en el que recientemente jueces federales determinaron que el IMSS y la Secretaría de Salud de Veracruz deben dar a los empleados el derecho de conservar el confinamiento domiciliario, dada su condición y riesgo ante la enfermedad según los términos del acuerdo con fecha 23 de marzo del Consejo de Salubridad General.

Con fecha 28 de junio, el Juzgado Quinto de Distrito con domicilio en Boca del Río concedió el beneficio de la suspensión de labores a favor de una madre trabajadora de la Unidad de Medicina Familiar 57 del IMSS en Veracruz.

Sin embargo, el Instituto no dio respuesta al trámite, aunque la solicitante es madre de un menor de 2 años y labora en un centro de trabajo con alta probabilidad de contagio del virus, vulnerando los derechos a la salud y el derecho a la niñez del menor.

Por lo anterior, en su resolución el Juzgado Quinto de Distrito requirió al subdelegado en Veracruz del Instituto Mexicano del Seguro Social; el director de la UMF 57 de Veracruz, y a la delegada del Seguro Social Veracruz-Norte para notificar la suspensión de plano.

Un segundo caso es el de una empleada con obesidad e hipertensión arterial, igualmente considerada dentro de la población de riesgo y asignada a la Unidad de Medicina Familiar 57.

La afectada tramitó la suspensión de labores ante la Delegación Veracruz-Norte para iniciar el confinamiento domiciliario; el IMSS tampoco dio respuesta a su solicitud.

Por lo anterior, el Juzgado Quinto de Distrito falló a favor y la benefició con la suspensión de labores presenciales en la UMF.

Finalmente se encuentra otro caso concerniente a la Secretaría de Salud de Veracruz, dependencia que obligó a trabajar a una enfermera con hipertensión arterial e inmunodeficiencia en el hospital de Tarimoya.

La trabajadora, al igual que en casos anteriores, pertenece al grupo de riesgo ante la pandemia de covid-19, y aunque tramitó la suspensión de labores, la Secretaría de Salud no dio respuesta a su caso.

Por lo anterior el Juzgado Quinto de Distrito igual concedió la suspensión de labores a favor de la empleada, y le benefició con el pago de sus remuneraciones y prestaciones.