• Educación

Rector de la UV ya no podrá reelegirse y durará 6 años en cargo

  • Carlos Caiceros
Estos son 10 puntos claves de la nueva Ley Orgánica para la UV, aprobada este lunes por el Consejo Universitario General

Xalapa, Ver.-Este lunes el Consejo Universitario General (CUG) de la Universidad Veracruzana (UV) aprobó el Anteproyecto de Ley Orgánica de la casa de estudios con el 92 por ciento de votos a favor de los consejeros.

La sesión ordinaria se celebró en la Sala Anexa de Tlaqná, Centro Cultural, en la que se discutió la propuesta elaborada tras 38 sesiones de trabajo y la revisión de más de mil 500 aportaciones de la comunidad universitaria, durante un proceso que inició en marzo de 2018.

De acuerdo con el consejero José Lorenzo Álvarez Montero, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, se integraron las sugerencias emanadas de las 13 reuniones con los consejeros ex oficio.

Al ser aprobado deberá de enviarse a la Legislatura del Estado, “a fin de evitar cualquier intromisión externa en la vida de la Universidad”, es decir que todavía debe de someterse a votación del pleno de los diputados.

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Estos son los puntos más destacados del proyecto:

  1. De acuerdo con el documento los cargos de Rector, Vicerrector y titular de entidad académica, solo se mantendrán por periodo de ejercicio de seis años que en ningún caso podrá volver a desempeñar.
  2. La Comisión de Honor y Justicia se transformará en un órgano independiente denominado Tribunal Universitario y se establece que los bienes de dominio público de la UV son inembargables e imprescriptibles.
  3. La designación de los vicerrectores ahora será responsabilidad de la Junta de Gobierno (JG) a partir de una terna enviada por el Consejo Universitario Regional correspondiente.
  4. La autorización para integrar entidades académicas se transfirió al CUG; a través de la Comisión de Selección –recién propuesta– se le otorgó al CUG elegir las figuras del Coordinador Universitario de Transparencia, de Defensor de los Derechos Universitarios y de los integrantes de la JG.
  5. Las designaciones de los secretarios Académico y de Administración y Finanzas serán facultad del Rector.
  6. La Junta de Gobierno se centrará en dos procesos: la designación del Rector y la designación de los vicerrectores”.
  7. El Consejo Universitario General tendrá las comisiones de Legislación Universitaria, Comisión de Vigilancia Financiera y Control Patrimonial, la Comisión de Presupuestos, la Comisión de Glosa, que analizará los informes anuales del Rector y vicerrectores y la Comisión de Selección.
  8. La Comisión de selección emitirá la convocatoria y registrará los aspirantes para ser miembros de la JG, de Coordinador de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos, Defensor de los Derechos Universitarios y ser miembro del Tribunal Universitario, una transformación de lo que es la Comisión de Honor y Justicia, que será un órgano independiente.
  9. Los Consejos Universitarios Regionales también se fortalecen porque funcionarán, además del pleno, en comisiones permanentes, con ello tendrán atribuciones como la distribución financiera de las entidades académicas y elaboración de la terna propuesta para Vicerrector.
  10. Después de lo presentado y de escuchar las manifestaciones de algunos consejeros, se efectuó la votación para la aprobación de la Ley Orgánica: 336 votos a favor, nueve en contra y 19 abstenciones, con un quórum registrado de 364 sesionantes.

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